Beneficios fiscales
Conoce los beneficios fiscales previstos en la normativa del Impuesto sobre el plástico
Supuestos de devolución
Los supuestos de devolución se refieren a la importación y a la adquisición en territorio español de productos objeto del impuesto y tienen en consideración las características del producto o su destino.
En concreto, si eres importador, mediante la presentación del modelo previsto al efecto, podrás solicitar la devolución del impuesto pagado con ocasión de la importación cuando los productos importados:
- Se envían fuera del territorio español, por el importador o por un tercero en su nombre o por su cuenta.
- Se destruyen o resultan inadecuados para su utilización si destrucción o inadecuación es anterior a la primera entrega o puesta a disposición de los productos en territorio español.
- Se devuelven, tras su entrega o puesta a disposición en el territorio español, previo reintegro del impuesto al adquirente en territorio español.
Por otra parte, si eres adquirente en territorio español de productos objeto del impuesto y no ostentas la condición de contribuyente, mediante la presentación del modelo previsto al efecto, podrás solicitar la devolución del impuesto pagado en la adquisición cuando los productos adquiridos:
- Se envían fuera del territorio español.
- Son envases de plástico de un solo uso y se destinan a envases de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
- Son productos de plástico semielaborados y se destinan a la obtención de envases de plástico de un solo uso de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
- Son productos de plástico y se destinan al cierre, comercialización o presentación de envases de plástico de un solo uso de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
- Se modifican pudiendo ser reutilizados.
- Son productos plásticos semielaborados y o se destinan a la obtención de envases no reutilizables que contengan plásticos.
- Son productos que contienen plásticos y no se destinan a permitir el cierre, comercialización o presentación de envases no reutilizables.
El modelo para solicitar la devolución será el modelo A22 “Impuesto especial sobre envase de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución”, aprobado por Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre.