4.1.2. Control extensivo
El control extensivo tiene por finalidad la detección y corrección de errores e incumplimientos menos complejos. Se dirige, partiendo de la información de que dispone la Agencia Tributaria, a verificar, con carácter general, todas las obligaciones tributarias consideradas individualmente. Se basa, fundamentalmente, en procesos informáticos y en controles de tipo documental (sin revisión de la contabilidad mercantil del contribuyente), realizados normalmente en las propias oficinas.
El control extensivo se realiza por los órganos de Gestión Tributaria; por la Dependencia de Asistencia y Servicios Tributarios respecto de los contribuyentes adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (DCGC); por las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, dependientes del área de Inspección Financiera y Tributaria, respecto de los contribuyentes sobre los que se ejerzan sus competencias (entre otros, aquellos sobre los que la DCGC no ejerza su competencia pero cuyo volumen de operaciones supere la cifra de 6,01 millones de euros durante el año natural inmediatamente anterior); y por los órganos de Aduanas e Impuestos Especiales en relación a los tributos de comercio exterior e Impuestos Especiales.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Las actuaciones de control extensivo sobre este impuesto, en 2017, se han centrado fundamentalmente en las declaraciones de IRPF del ejercicio 2015. Hasta la fecha de confección de esta Memoria, los resultados globales de la campaña de comprobación IRPF 2015 han supuesto una recaudación total de 491,2 millones de euros y la realización de 512.562 liquidaciones.
Los resultados obtenidos se reflejan en el siguiente cuadro del Anexo:
Cuadro nº 21. Resultados en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Anexo)Además, se inició la campaña de control del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2016, que se extenderá durante 2018 y cuyos datos se ofrecerán en la Memoria de la Agencia Tributaria de dicho año.
Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre el Valor Añadido
En 2017, las actuaciones de control extensivo realizadas en relación con el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido se han centrado básicamente en las declaraciones del ejercicio 2015, tanto de grandes empresas como del resto de obligados.
Respecto al Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2015, las comprobaciones iniciadas en el año 2016 y finalizadas en 2017 han supuesto la práctica de 35.619 liquidaciones, por un importe global de 703,808 millones de euros. Por lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio 2015, se han efectuado 128.076 liquidaciones provisionales por un importe global de 1.530,769 millones de euros. Estas cifras incluyen los resultados de las actuaciones de control que tienen como consecuencia las liquidaciones de contraído previo, las minoraciones de devoluciones y compensaciones, así como las de bases imponibles negativas. La mejora de los resultados está motivada, entre otras razones, por el reforzamiento de las actuaciones de comprobación de riesgos fiscales concretos identificados a través de procesos de análisis centralizado, aprovechando las nuevas fuentes de información y las mejoras tecnológicas implantadas.
Finalmente, por lo que respecta a los contribuyentes adscritos al registro de devoluciones mensuales de IVA, las liquidaciones provisionales relativas al ejercicio 2016, iniciadas en ese mismo ejercicio y finalizadas en el año 2017, han ascendido a 8.378, por un importe total de 110,4 millones de euros.
Actuaciones sobre contribuyentes en Módulos
En el caso de contribuyentes sometidos al régimen de estimación objetiva, los resultados de las actuaciones de control se traducen en la incoación de actas de inspección y en la emisión de liquidaciones provisionales. Los principales datos se señalan en el siguiente cuadro del Anexo:
Cuadro nº 22. Resultados en el régimen de Módulos (Anexo)Comprobación de declaraciones periódicas
Partiendo del censo de empresarios, profesionales y retenedores se realiza un control automatizado del cumplimiento de las obligaciones de presentación de autoliquidaciones periódicas (del Impuesto sobre el Valor Añadido y de las retenciones y de los pagos fraccionados).
Durante 2017 se emitieron un total de 648.866 cartas y requerimientos, atendiendo, además, 35.912 tramites de audiencia y generándose en total 42.658 autoliquidaciones presentadas por un importe de 38,8 millones de euros.
También se realizaron 32.191 liquidaciones por pagos fraccionados de IRPF, Impuesto sobre Sociedades y régimen simplificado de IVA, por un importe de 29,4 millones de euros.
Control en las Aduanas
Hoy la actuación de las aduanas, aparte de asegurar la máxima agilidad posible en el comercio internacional, se orienta a la realización de controles encaminados a la protección de los intereses financieros de la UE y de sus Estados miembros, así como a la protección y seguridad de todos los ciudadanos de la Unión.
Las actuaciones orientadas a combatir el fraude en tributos afectan a dos grandes ámbitos:
- En el ámbito de la Unión Europea, los relacionados con los recursos propios: derechos aduaneros, derechos agrícolas y cotizaciones del azúcar.
- En el ámbito interno, los que afectan a los impuestos indirectos: Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuestos Especiales y los Impuestos Medioambientales.
De igual forma, las aduanas también llevan a cabo actuaciones encaminadas a combatir actividades ilícitas que trascienden el ámbito fiscal como son, entre otros, los controles sanitarios, los que inciden sobre el control de la calidad de los productos garantizando la seguridad del consumidor, los que tienen por objeto la protección de la propiedad intelectual, el medio ambiente o el patrimonio cultural, el control de los intercambios comerciales con material de defensa y doble uso, productos químicos, sustancias que puedan ser empleadas como precursores de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como el control de la violación de embargos comerciales impuestos por la UE y Naciones Unidas, o controles de especies de fauna y flora protegidas por el Convenio CITES.
Como ejemplo de los resultados de estos controles, en el de especies protegidas (Convenio CITES), durante el año 2017 se han intervenido 1.049 unidades y 140.352 gramos (angulas) de animales vivos pertenecientes a especies protegidas. En el ámbito de la defensa de la propiedad intelectual, en 2017, entre otros resultados, se han practicado 4.722 retenciones de expediciones de mercancía por presunta vulneración de derechos de propiedad intelectual, de las que se incoaron 87 delitos y se tramitaron 2.999 infracciones.
El control tributario tiene por objeto verificar la correcta declaración de los elementos determinantes de la deuda aduanera y fiscal, en el momento del despacho aduanero o en revisión posterior:
- Identificación de la mercancía objeto de la declaración aduanera y su correcta clasificación arancelaria.
- Verificación del origen de la mercancía y de los documentos acreditativos del mismo.
- Comprobación de las bases imponibles declaradas.
El control extrafiscal también se apoya en la fijación de filtros basados en el análisis de riesgos, que determina un control documental basado en la verificación de los certificados y autorizaciones expedidos por los organismos competentes o un control físico para constatar que la mercancía presentada a despacho coincide con la declarada.
Estos datos se muestran en el siguiente cuadro del Anexo:
Cuadro nº 23. Resultados de los controles documentales y reconocimientos físicos de mercancías en las Aduanas (Anexo)Desde el 1 de enero de 2017, con la puesta en funcionamiento de la Ventanilla Única Aduanera (VUA) en importación, la gestión de la incorporación al DUA de los certificados autorizados por los Servicios Paraaduaneros ha pasado a realizarse en la admisión del DUA, por lo que han disminuido considerablemente los controles documentales a la importación de este tipo de filtros. La gestión se sigue realizando igualmente, pero de una forma que está más en línea con las recomendaciones de la Comisión de reservar el circuito naranja relativo a las comprobaciones documentales para los controles por riesgos de tipo aduanero. Así, se ha creado un nuevo circuito “amarillo” destinado a identificar todas aquellas operaciones que han de ser objeto de la presentación de un determinado documento/certificado o autorización expedido por otros organismos distintos a la Agencia Tributaria.
Independientemente del procedimiento de declaración empleado (normal o simplificado) el poder identificar el comercio ilegítimo y, por tanto, de bajo riesgo, permite a las autoridades aduaneras centrar los recursos limitados en aquellos operadores que suponen un riesgo mayor, facilitando el comercio legítimo.
En este contexto, en 2008 entró en vigor la figura del operador económico autorizado (OEA), operador de confianza que, tras cumplir una serie de requisitos, se podrá beneficiar de simplificaciones aduaneras y facilitaciones de seguridad. Actualmente, en la UE hay más de 11.000 empresas certificadas y se han firmado acuerdos de reconocimiento mutuo internacional con algunos países, lo que no sólo fortalece la seguridad de toda la cadena logística, sino que también facilita el comercio. Además, se consolida a escala internacional el enfoque adoptado por la Organización Mundial de Aduanas y da respuesta al deseo de la comunidad empresarial de evitar la proliferación de requisitos y de homologar los procedimientos de protección en las aduanas. La UE ha adoptado acuerdos de reconocimiento mutuo del régimen de Operador Económico Autorizado con Japón, Estados Unidos, Suiza, Noruega y con la República Popular China.
España cuenta con 810 de estos operadores, habiendo concedido esta condición en 2017 a 61 nuevos operadores.
Además, durante el año 2017 se escanearon un total de 28.227 contenedores, tanto de importación como de exportación, para comprobar que la carga declarada coincidía con la imagen radiográfica obtenida del interior del contenedor y comprobando la posible existencia de dobles fondos o compartimentos ocultos. También se ha continuado con el control radiológico de los mismos, al objeto de detectar posibles tráficos ilícitos de materiales nucleares y radiactivos, así como mercancías contaminadas.
Intervención y gestión de Impuestos Especiales
Las actuaciones de intervención de Impuestos Especiales se caracterizan por implicar tanto controles previos como simultáneos al momento de realización del hecho imponible. Ello viene motivado porque en estos casos confluyen, junto a elevados tipos impositivos, supuestos de exenciones, no sujeciones y bonificaciones tributarias en función del destino, con bases imponibles no monetarias. En el desarrollo de su función, los interventores levantan actas de carácter previo para regularizar la situación tributaria de los sujetos pasivos que comprueban. El carácter previo de estas actas viene motivado, entre otras circunstancias, por el hecho de que la comprobación contable se limita a los registros exigidos por la Ley y el Reglamento de Impuestos Especiales.
Los datos correspondientes a los ejercicios 2016 y 2017 se ofrecen en el siguiente cuadro del Anexo:
Cuadro nº 24. Actividad interventora (Anexo)