4.2.2. Control aduanero, de los impuestos especiales y medioambientales
Actuaciones inspectoras sobre los tributos que gravan las operaciones de Comercio Exterior, sobre los Impuestos Especiales y sobre los impuestos medioambientales
Se incluyen las actuaciones inspectoras realizadas por los órganos del área de Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de las Delegaciones Especiales y de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, con el fin de combatir el fraude que afecta tanto a los intereses financieros de la Unión Europea, es decir, a los recursos propios y a las ayudas comunitarias a la exportación de productos agrícolas, como a los tributos internos que gravan las operaciones de comercio exterior y a los Impuestos Especiales y medioambientales.
En el año 2018, se han realizado 2.599 liquidaciones, con una deuda liquidada de 180,80 millones de euros.
Impuestos Especiales y medioambientales:
En 2018, las comprobaciones se centraron fundamentalmente en los siguientes ámbitos:
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Control del fraude por aplicación indebida de las exenciones y/o supuestos de no sujeción contemplados en la ley, relativas a la matriculación de vehículos y embarcaciones de recreo, así como el control de embarcaciones con matrícula no española y control de las bases imponibles y de las emisiones de CO2 declaradas de todos los medios de transporte.
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Uso indebido de gasóleo bonificado, mediante su desvío por los titulares de los establecimientos inscritos en el registro territorial de los Impuestos especiales y/o por el propio consumidos final del gasóleo bonificado para usos no previstos en el artículo 54.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
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Control de la aplicación de las reducciones en la base imponible del Impuesto sobre la electricidad.
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Control de fabricantes, importadores, adquirentes intracomunitarios, gestores de residuos, revendedores y determinados beneficiarios de exenciones relativos a productos sujetos al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
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Control de contribuyentes del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas, titulares de fábricas de vinagres, CAE AX.
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Control de la declaración e ingreso del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
Comercio Exterior:
Las actuaciones en el área de control aduanero se han dirigido a la revisión de aquellos elementos de los tributos que gravan el comercio exterior y que no pueden ser comprobados en el momento del despacho aduanero.
El fraude en este campo tiene distintas variables posibles. Por una parte, situaciones en las que el precio real de las mercancías no se corresponde con la documentación comercial presentada en el momento del despacho aduanerosiendo los sectores más afectados el textil, el calzado, los bolsos y los artículos de marroquinería procedentes de Asia. Por otra parte, los casos en los que, existiendo conceptos a incluir en el valor en aduana en concepto de ajustes al precio pagado o por pagar, no se ha incrementado el valor. Por último, la concurrencia de circunstancias, especialmente la vinculación, que impidan la utilización del valor de transacción y obliguen a la utilización de los métodos secundarios de valoración.
En cuanto a la revisión del origen de las mercancías y aplicación de derechos antidumping, elfraude consiste en hacer desaparecer la conexión entre mercancía y fabricante, mediante la presentación de certificados de origen y facturas falsas o adulteradas, o realizando ventas –reales o ficticias- en el país de origen real con otros terceros países con tratamiento preferencial o sin derechos antidumping, o aplicando de forma incorrecta el código adicional que se aprueba para determinados exportadores y que conlleva el pago de un derecho antidumping inferior al general o de importe cero. De igual modo, podría eludirse un derecho antidumping mediante la aplicación de un menor derecho arancelario del que realmente corresponde.
En relación con la importación de productos agrícolas y de la pesca, se mantienen con carácter general los riesgos fiscales de años anteriores: infravaloración, incorrecta clasificación arancelaria y falsas declaraciones de origen preferencial. La experiencia adquirida a lo largo del tiempo ha servido para crear los oportunos perfiles de riesgo, que han permitido hacer un seguimiento detallado de las empresas importadoras o atajar, en la medida de lo posible, las situaciones de fraude detectadas.
Por lo que respecta al IVA de importación y al control de la aplicación de tipos reducidos, el objetivo es regularizar la situación tributaria de los contribuyentes que hayan liquidado a la importación cuotas de IVA inferiores a las que corresponden, por incorrecta aplicación del tipo impositivo.
En cuanto al IVA a la importación y a la exención en los despachos a libre práctica, pueden darse dos tipos de fraude: el despacho a libre práctica en España sin que los bienes se envíen a otro Estado miembro, con fraude en el hecho imponible importación del IVA , y el despacho a libre práctica en otro Estado miembro, con envío posterior de la mercancía importada en España sin declaración del hecho imponible adquisición intracomunitaria por el sujeto pasivo español (en este caso se hace necesaria la Asistencia Mutua). En ambos casos, las posteriores entregas de los bienes en el territorio español de aplicación del IVA pueden no ser declaradas en este impuesto.
Represión del contrabando, del blanqueo de capitales y de otros fraudes
En materia de lucha contra el contrabando y el blanqueo de capitales, las unidades de Vigilancia Aduanera realizan actuaciones dirigidas a la represión del contrabando y tráfico ilícito de estupefacientes, tabaco, productos falsificados y otros géneros, así como del blanqueo de capitales conexo con dichas actividades delictivas, en coordinación con otros organismos del Estado, desarrollando sus actuaciones de vigilancia y control en el espacio marítimo, aéreo y terrestre.
Las unidades de Vigilancia Aduanera también desarrollan actuaciones de control y apoyo del resto de áreas del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, entre las que se incluyen controles preventivos en recintos aduaneros mediante técnicas de inspección no intrusiva, controles de moneda, y el control de la seguridad de la cadena de transporte internacional.
Asimismo, realizan actuaciones de lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida, colaborando con otros Departamentos de la Agencia Tributaria, ya sea en el ámbito penal o en vía administrativa. La creciente complejidad del fraude, así como la internacionalización de sus estructuras, precisa de una coordinación externa y una necesidad de optimización de los recursos de la Agencia Tributaria mediante la cooperación y colaboración entre las distintas áreas funcionales.
En 2018, se intervinieron, fruto de estas actuaciones, 153.859 kg de hachís, 32.019 kg de cocaína y 9.571.710 cajetillas de tabaco, lo que supone un total de 120 delitos y 6.802 infracciones. Asimismo, se han denunciado 85 delitos de falsificación y 2.319 infracciones, además de 76 delitos de blanqueo de capitales.
Las cifras sobre contrabando y sobre las actuaciones realizadas durante este ejercicio se exponen en el Cuadro nº 33. Actuaciones de lucha contra el contrabandoNueva ventana y en el Cuadro nº 34. Principales actuaciones de Vigilancia AduaneraNueva ventana.
Control en las Aduanas
Hoy la actuación de las aduanas, aparte de asegurar la máxima agilidad posible en el comercio internacional, se orienta a la realización de controles encaminados a la protección de los intereses financieros de la UE y de sus Estados miembros, así como a la protección y seguridad de todos los ciudadanos de la Unión.
Las actuaciones orientadas a combatir el fraude en tributos afectan a dos grandes ámbitos:
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En el ámbito de la Unión Europea, los relacionados con los recursos propios: derechos aduaneros, derechos agrícolas y cotizaciones del azúcar.
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En el ámbito interno, los que afectan a los impuestos indirectos: Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuestos Especiales y los impuestos medioambientales.
De igual forma, las aduanas también llevan a cabo actuaciones encaminadas a combatir actividades ilícitas que trascienden el ámbito fiscal como son, entre otros, los controles sanitarios, los que inciden sobre el control de la calidad de los productos garantizando la seguridad del consumidor, los que tienen por objeto la protección de la propiedad intelectual, el medio ambiente o el patrimonio cultural, el control de los intercambios comerciales con material de defensa y doble uso, productos químicos, sustancias que puedan ser empleadas como precursores de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como el control de la violación de embargos comerciales impuestos por la UE y Naciones Unidas, o controles de especies de fauna y flora protegidas por el Convenio CITES .
Como ejemplo de los resultados de estos controles, en el de especies protegidas (Convenio CITES ), durante el año 2018 se han intervenido 94.100 gramos de animales vivos (angulas) pertenecientes a especies protegidas. En el ámbito de la defensa de la propiedad intelectual, en 2018, entre otros resultados, se han practicado 5.203 retenciones de expediciones de mercancía por presunta vulneración de derechos de propiedad intelectual.
El control tributario tiene por objeto verificar la correcta declaración de los elementos determinantes de la deuda aduanera y fiscal, en el momento del despacho aduanero o en revisión posterior:
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Identificación de la mercancía objeto de la declaración aduanera y su correcta clasificación arancelaria.
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Verificación del origen de la mercancía y de los documentos acreditativos del mismo.
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Comprobación de las bases imponibles declaradas.
El control extrafiscal también se apoya en la fijación de filtros basados en el análisis de riesgos, que determina un control documental basado en la verificación de los certificados y autorizaciones expedidos por los organismos competentes o un control físico para constatar que la mercancía presentada a despacho coincide con la declarada.
Cuadro nº 35. Resultados de los controles documentales y reconocimientos físicos de las mercancías en AduanasNueva ventana.
Independientemente del procedimiento de declaración empleado (normal o simplificado) el poder identificar el comercio ilegítimo y, por tanto, de bajo riesgo, permite a las autoridades aduaneras centrar los recursos limitados en aquellos operadores que suponen un riesgo mayor, facilitando el comercio legítimo.
En este contexto, en 2008 entró en vigor la figura del operador económico autorizado (OEA), operador de confianza que, tras cumplir una serie de requisitos, se podrá beneficiar de simplificaciones aduaneras y facilitaciones de seguridad. Actualmente, en la UE hay más de 11.000 empresas certificadas y se han firmado acuerdos de reconocimiento mutuo internacional con algunos países, lo que no sólo fortalece la seguridad de toda la cadena logística, sino que también facilita el comercio. Además, se consolida a escala internacional el enfoque adoptado por la Organización Mundial de Aduanas y da respuesta al deseo de la comunidad empresarial de evitar la proliferación de requisitos y de homologar los procedimientos de protección en las aduanas. La UE ha adoptado acuerdos de reconocimiento mutuo del régimen de Operador Económico Autorizado con Japón, Estados Unidos, Suiza, Noruega y con la República Popular China.
España cuenta con 869 de estos Operadores, habiendo concedido esta condición en 2018 a 59 nuevos operadores.
Además, durante el año 2018 se escanearon un total de 33.283 contenedores, tanto de importación como de exportación, para comprobar que la carga declarada coincidía con la imagen radiográfica obtenida del interior del contenedor y comprobando la posible existencia de dobles fondos o compartimentos ocultos. También se ha continuado con el control radiológico de los mismos, al objeto de detectar posibles tráficos ilícitos de materiales nucleares y radiactivos, así como mercancías contaminadas.
Intervención y gestión de Impuestos Especiales
Las actuaciones de intervención de Impuestos Especiales se caracterizan por implicar tanto controles previos como simultáneos al momento de realización del hecho imponible. Ello viene motivado porque en estos casos confluyen, junto a elevados tipos impositivos, supuestos de exenciones, no sujeciones y bonificaciones tributarias en función del destino, con bases imponibles no monetarias. En el desarrollo de su función, los interventores levantan actas de carácter previo para regularizar la situación tributaria de los sujetos pasivos que comprueban. El carácter previo de estas actas viene motivado, entre otras circunstancias, por el hecho de que la comprobación contable se limita a los registros exigidos por la Ley y el Reglamento de Impuestos Especiales.
Los datos correspondientes a los ejercicios 2017 y 2018 se ofrecen en el Cuadro nº 36. Actividad interventora de II.EE. Nueva ventana.