2.4. Agencia Tributaria electrónica
Desde su creación, la Agencia Tributaria ha sido pionera en el campo de la administración electrónica, y el uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones ha sido una constante que ha llevado a disponer, hoy en día, de una auténtica “Agencia Tributaria electrónica”.
A lo largo de los últimos ejercicios, el canal electrónico se ha convertido en el más utilizado en las relaciones con los contribuyentes.
En relación con las notificaciones, la entrada en vigor en 2016 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, supuso que las personas jurídicas (incluidas las Administraciones Públicas) se integraran en el sistema de Notificación Electrónica Obligatoria (NEO), lo que ha significado un incremento potencial del colectivo incluido en NEO y el número de incluidos efectivamente en el sistema NEO desde su creación; actualmente el censo total de incluidos en NEO es de 3.228.433 personas jurídicas, un 24,08% más que en 2018.
En 2019 se emitieron 11,62 millones de notificaciones y comunicaciones electrónicas, de las que 11,12 millones corresponden a titulares incluidos en Notificación Electrónica Obligatoria (NEO).
Para potenciar la utilización del registro electrónico se ha facilitado para todos los trámites de registro, en el caso de las personas físicas, la presentación de documentación con Cl@ve PIN. Esto facilita el acceso para aquellos trámites que venían exigiendo certificado electrónico y para los que no era suficiente aportar el Código Seguro de Verificación (CSV) de la comunicación recibida de la Agencia Tributaria.
En este contexto, las presentaciones sin necesidad de identificación o con identificación no reforzada, con CSV o referencia, han continuado creciendo en 2019 llegando a 1.156.468 asientos registrales. Los asientos por el registro electrónico con certificado electrónico o Cl@ve PIN se han mantenido estables en 2019 llegando a la cifra de 4.683.555.
Conforme a la normativa vigente, existen numerosos supuestos en los que los ciudadanos se ven obligados a acreditar frente a las Administraciones Públicas o frente a los organismos y entidades dependientes de las mismas, circunstancias de carácter tributario, como por ejemplo su situación sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias o el nivel de renta.
Durante el año 2019 se han solicitado por vía electrónica 6.818.975 certificados, lo que supone un 89,35 % sobre el total de certificados solicitados.
En todo caso, resulta destacable que durante 2019 el 98,42% de las certificaciones se han realizado sin desplazamiento físico de los ciudadanos a las oficinas de la Agencia Tributaria. Esto quiere decir que más de nueve de cada diez certificados se han solicitado a través de medios telemáticos, bien por el propio ciudadano o bien mediante suministro directo a la Administración Pública que requiere la información.
Resulta indudable que la comunicación con los contribuyentes ha cambiado y debe ser potenciado y utilizado cualquier medio que permita mejorar la información del contribuyente y asistirle en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias promoviendo en definitiva un mejor cumplimiento de las mismas.
En el año 2019, 7.327.041 contribuyentes han comunicado sus datos de contacto electrónicos, ya sea un número de teléfono móvil, una dirección de correo electrónico o ambos, con el objeto de utilizar los sistemas para enviar información al contribuyente o un aviso sobre la existencia de una notificación.
La utilización de la Administración electrónica ofrece indudables ventajas, entre las que destacan la disminución de la presión fiscal indirecta, la minoración de la carga de trabajo gestor de la Agencia Tributaria, la reducción de los tiempos de tramitación de los procedimientos y la disminución del tiempo necesario para procesar la información y para detectar la evolución de variables económicas.
Uno de los aspectos básicos de la asistencia prestada por canales electrónicos atiende a la facilidad que tiene un contribuyente para presentar su documentación de manera electrónica. Durante 2019, se ha alcanzado un porcentaje del 74,82% de documentos no normalizados presentados por registro electrónico por los contribuyentes respecto del número total de documentos presentados a través de registro presencial y electrónico.
Para más información, en el apartado 4.3. de esta Memoria se desarrollan los servicios prestados por medios electrónicos.