4.1.3. Campaña de Renta
La Agencia Tributaria intensificó sus esfuerzos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los más de 20 millones de ciudadanos obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2020. Para ello, en la Campaña de Renta desarrollada en 2021 se han incrementado los recursos humanos y técnicos para satisfacer las demandas de asistencia e información, así como para la prestación de los servicios que se señalan a continuación.
Renta Web
El programa Renta Web une, a la simplicidad del antiguo borrador, la generalidad del programa PADRE, permitiendo añadir cualquier dato o renta.
En el año 2021 (ejercicio 2020), se realizaron un total de 16.741.388 declaraciones a través de este sistema.
Se muestran las cifras más relevantes en el Gráfico nº 21. Renta Web (Anexo).
Servicio RENØ de obtención del borrador y datos fiscales por Internet
Como en años anteriores, se presta el servicio RENØ de obtención del borrador y datos fiscales por Internet. En este ejercicio lo han utilizado 22.651.624 contribuyentes, lo que supone, respecto al año anterior, un incremento del 0,16%.
Para su utilización, se debe introducir en la Sede electrónica el NIF del contribuyente, su primer apellido, el importe de la casilla 505 de la declaración del año anterior o, en su caso, marcar la casilla que indica no haberla presentado y, posteriormente, un número de teléfono móvil y el código de una cuenta corriente si no se presentó declaración. De esta forma, el sistema envía automáticamente un mensaje al móvil (SMS) con el número de referencia del borrador y de los datos fiscales. Este número de referencia permite consultar, modificar y confirmar el borrador.
Presentación de declaraciones por medios telemáticos.
Al finalizar la campaña, el total de declaraciones presentadas superó la cifra de 21.725.000 (22.317.736 a 4 de febrero de 2022), de las cuales 527.000 fueron presentadas a través de las oficinas de la Agencia Tributaria y 21.198.000 por otros medios electrónicos.
Cuadro 22. Renta 2020: Resultados obtenidos (Anexo)Nueva ventana
Tramitación de la devolución.
La Administración dispone de un plazo de seis meses desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada por el contribuyente.
La emisión de devoluciones da comienzo a las 48 horas del inicio de la campaña de Renta. La consulta del estado de tramitación de la devolución está disponible en la página web de la Agencia Tributaria y en el servicio telefónico automático.
En 2021, el tiempo medio de tramitación de devoluciones de IRPF afectadas por filtros fue de 28 días.Este tiempo se incrementó a 106 días para las devoluciones no afectadas por filtros.
Estos tiempos de tramitación invierten la tendencia existente en años anteriores, debido principalmente a la creación de numerosos riesgos en 2021, que han alterado las cifras de devoluciones afectadas. Previsiblemente en 2022 los tiempos medios de tramitación volverán a la línea de años anteriores, con un menor tiempo de tramitación en devoluciones no afectadas por filtros.