Saltar al contenido principal
Memoria 2021

4.1.5. Plan de asistencia a personas con discapacidad

La Agencia Tributaria tiene suscrito, desde el año 2004, un Convenio de colaboración con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y con la Fundación ONCE. En el marco de este Convenio se aprueba, de acuerdo con dichas entidades, un Plan Anual de Asistencia a las Personas con Discapacidad en el ámbito de la Agencia Tributaria. En dicho plan se incluyen actuaciones de información y asistencia, accesibilidad en la web y en las oficinas, acciones de formación tendentes a sensibilizar a los funcionarios de la Agencia Tributaria con las necesidades de este colectivo, etc. Durante 2021, se han cumplido, prácticamente, la totalidad de las previsiones incluidas en el Plan Anual.

Además, en el año 2021 se ha continuado atendiendo la demanda de información estadística de las Asociaciones firmantes del Convenio, con la publicación estadística referida a los datos de IRPF 2020 del conjunto de personas con discapacidad. El compromiso de la Agencia Tributaria, en relación con este colectivo, es mantener esta publicación en periodos sucesivos, incrementando la serie de publicaciones estadísticas por impuestos cuyo contenido está accesible en la página web de la Agencia Tributaria.

En el Cuadro nº 29. Accesibilidad a los edificios de la Agencia Tributaria (Anexo) se muestra la situación durante el ejercicio 2021.

Se han contabilizado únicamente los inmuebles que figuran en los anexos I (Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Tributaria) y anexo II (Administraciones de la Agencia Tributaria) de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Tributaria (BOE de 14 de enero).

La accesibilidad alcanza al 99,2% de los edificios (92,4% en entrada principal, más el 6,8% en entrada alternativa). Los edificios con aseos adaptados representan un 78,1% del total. En cuanto a ascensores, conviene aclarar que hay 48 inmuebles cuyas actividades se desarrollan en una única planta, y por tanto no resulta necesario disponer de ascensor.