Régimen fiscal aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español
A quién se aplica este régimen y qué opciones tienes para presentar la declaración
Régimen general
Los trabajadores por cuenta ajena que no sean contribuyentes del IRPF pero que vayan a adquirir dicha condición como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, podrán comunicar a la Administración tributaria esta circunstancia mediante la presentación del modelo 147.
En la citada comunicación harán constar la fecha de entrada en territorio español y la de comienzo de la prestación del trabajo.
La Agencia Tributaria expedirá al trabajador un documento acreditativo en el que conste la fecha a partir de la cual se practicarán retenciones por el IRPF
Los trabajadores que se encuentren en esta situación tributarán por el IRPF.