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Modelo 368. Declaración de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

Prestaciones de servicios desde el Estado miembro de identificación (España)

Para cada Estado miembro de consumo en el que se hayan realizado prestaciones de servicios acogidos a este régimen se deberán rellenar los siguientes datos:

  • Código País EM de consumo, el Tipo de IVA para ese EM de consumo y la Base imponible en euros.

No se pueden incluir en este apartado las prestaciones de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión o electrónicos prestados en el territorio de aplicación del impuesto . A dichas prestaciones de servicios les resultará aplicable el régimen general del Impuesto.

Tampoco se podrán incluir en este apartado las prestaciones de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión o electrónicos prestados en un Estado miembro en el que se disponga de un Establecimiento permanente. Dichas operaciones se incluirán en las declaraciones de IVA nacionales del citado Establecimiento permanente.