10.10.2. Por trabajo dependiente
Sobre la parte autonómica de la cuota íntegra de los contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura que perciban retribuciones del trabajo dependiente puede practicarse una deducción de 75 euros siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
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Que sus rendimientos íntegros de trabajo no superen la cantidad de 12.000 euros anuales.
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Que la suma de los rendimientos netos distintos de los del trabajo, las ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de renta no exceda de 300 euros.
NOTA: La deducción es calculada por el programa en base a los datos introducidos en la declaración.