10.5.14. Por contribuyentes desempleados
Los contribuyentes que perciban prestaciones de desempleo podrán deducir 100 euros.
REQUISITOS:
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Tener residencia habitual en las Islas Canarias.
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Estar en situación de desempleo durante más de seis meses del período impositivo.
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La suma de los rendimientos íntegros del trabajo ha de ser superior a 11.200 euros e igual o inferior a 22.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta. Estas cuantías serán para cada período impositivo las equivalentes a la obligación de declarar en la normativa de IRPF.
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La suma de la base imponible general y del ahorro, excluida la parte correspondiente a los rendimientos del trabajo, no podrá superar la cantidad de 1.600 euros.
Cumplimentación
Seabrirá una ventana de captura de datos en la que deberá indicar si en el ejercicio 2017 ha estado en situación de desempleo más de 6 meses.