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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

10.5.2. Por donaciones para la rehabilitación y conservación del patrimonio histórico de Canarias

Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias el 20 por 100 de las cantidades donadas.

Límites, el importe de esta deducción no podrá exceder de:

- El 10 por ciento de la cuota íntegra autonomica.

- 150 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

La base de la deducción no podrá exceder del 10 por ciento de la parte autonómica de la base liquidable del contribuyente.

La deducción se practicará sobre las cantidades donadas para la rehabilitación o conservación de bienes que se encuentren en el territorio de Canarias que formen parte de su patrimonio histórico y se encuentren inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural o incluidos en el Inventario de Bienes Muebles a que se refiere la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias. Asimismo, cuando se trate de edificios catalogados formando parte de un conjunto histórico de Canarias será preciso que esas donaciones se realicen a favor de cualquiera de las siguientes entidades:

  • Las administraciones públicas, así como las entidades e instituciones dependientes de las mismas.

  • La Iglesia Católica y las iglesias, confesiones o comunidades religiosas que tengan acuerdos de cooperación con el Estado español.

  • Las fundaciones o asociaciones que, reuniendo los requisitos establecidos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los intereses y de los incentivos al mecenazgo, incluyan entre sus fines específicos, la reparación, conservación o restauración del patrimonio histórico.  

Para acreditar el derecho a la deducción el contribuyente debe estar en posesión del correspondiente certificado emitido por la entidad donataria en el que consten los requisitos exigidos por el artículo5 del D. Leg 1/2009, de la Comunidad Autónoma de Canarias: NIF del donante y de la donataria, fecha e importe del donativo, así como el carácter irrevocable del mismo y su aceptación por la donataria.

Cumplimentación

En la ventana de captura de datos, se indicarán las cantidades donadas, teniendo en cuenta que por las donaciones que correspondan a los cónyuges por partes iguales se reflejará el 50 por 100 de la totalidad de las cantidades donadas.