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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

10.8.11. Deducciones. Importe generado en 2014, 2015 y 2016 pendiente de aplicación

DEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA, NACIMIENTO O ADOPCIÓN, PARTOS MÚLTIPLES O ADOPCIONES SIMULTÁNEAS, CUIDADO DE HIJOS MENORES, PATERNIDAD, GASTOS DE ADOPCIÓN Y POR CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR, IMPORTE GENERADO EN 2014, 2015 y 2016 PENDIENTE DE APLICACIÓN.

Podrá aplicarse en el presente ejercicio las cantidades que no pudo deducir en los ejercicios, 2014, 2015, y 2016 por carecer de suficiente cuota íntegra autonómica.

Para ver el importe generado en dichos ejercicios que está pendiente de aplicación, consultar las casillas 866, 867 y 868 de la delcaración del ejercicio 2016.

Cumplimentación: Deberá consignar en las ventanas que se abren la totalidad del saldo pendiente de aplicación de la suma de cada una de las citadas deducciones, diferenciándolas por el ejercicio del que proceden (2014, 2015 y/o 2016)

NOTA: En el caso de que en los anteriores ejercicios se hubiera optado por la declaración conjunta, se debe tener en cuenta si la deducción no aplicada fue generada por el declarante o por el cónyuge consignando el importe generado por el primero. Si fue generada por el cónyuge, no se debe consignar ninguna cantidad.