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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

10.8.5. Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural

Sobre la parte autonómica de la cuota íntegra se podrá deducir el 15 por 100 de las cantidades invertidas con las siguientes finalidades:

  1. Las cantidades destinadas por los titulares de bienes inmuebles ubicados en el territorio de Castilla y León a la restauración, rehabilitación o reparación de los mismos, siempre que concurran las siguientes condiciones:

    • Que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, o afectados por la declaración de Bien de Interés Cultural o inventariados de acuerdo con la ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, siendo necesario que los inmuebles reúnan las condiciones determinadas en el artículo 61 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley de Patrimonio Histórico Español o las determinadas en la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.  
    • Que las obras de restauración, rehabilitación o reparación hayan sido autorizadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, de la Administración del Estado o, en su caso, por el Ayuntamiento correspondiente.
  2. Las cantidades destinadas por los titulares de bienes naturales ubicados en Espacios Naturales y lugares integrados en la Red Natura 2000 sitos en el territorio de Castilla y León, siempre que estas actuaciones hayan sido autorizadas o informadas favorablemente por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Límite: La base de esta deducción junto con la anterior, relativas al Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Castilla y León, no podrá exceder del 10 por 100 de la base liquidable. Este límite, que opera independientemente de las deducciones generales por inversiones y donativos, es aplicado y controlado por el programa.

Requisitos:

Que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no supere la cuantía de 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta.

Cumplimentación

En la ventana se reflejarán las cantidades donadas con derecho a la deducción.