10.9.7. Por rehabilitación de la vivienda habitual
El 1,5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o deba constituir su vivienda habitual.
Esta deducción será aplicable sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda.
Base máxima de la deducción:
La base máxima de la deducción será de 9.040 euros anuales tanto en declaración conjunta como individual.