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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

3.1.2.1. Indemnizaciones exentas por despido o cese del trabajador

El disfrute de esta exención está condicionado a la real efectiva desvinculación del trabajador con la empresa.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que no se da dicha desvinculación cuando en los tres años siguientes al despido o cese el trabajador vuelva a prestar servicios a la misma empresa o a otra empresa vinculada a aquélla en los términos previstos en el artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, siempre que en el caso en que la vinculación se defina en función de la relación socio-sociedad, la participación sea igual o superior al 25 por 100, o al 5 por 100 si se trata de valores negociados en mercados regulados de valores definidos en el Título III de la Directiva 2004/39/CE.