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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

8.1.1.4. Cumplimentación

Deberá cumplimentar los siguientes apartados.

  • NIF DE LA ENTIDAD

    Consigne el número de identificación fiscal (NIF) de la entidad en régimen de atribución de rentas cuyas rentas atribuidas deban incluirse en este apartado y de la que el contribuyente es socio, comunero o partícipe. Casilla 0196.

    Las entidades No residentes que carecen de NIF, consignarán en la casilla 0196 el número de identificación que tengan asignado las citadas entidades en el país de residencia, y marcaran con una “X” la casilla 0197 para indicar esta circunstancia.

  • PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN LA ENTIDAD

    Se consignará en esta casilla, expresado con dos decimales, el porcentaje de participación que tiene el socio, partícipe o comunero en la entidad en régimen de atribución de rentas.

  • RENTAS ATRIBUIDAS

    Se consignará el rendimiento neto atribuido en las casillas correspondientes en función de la fuente de donde proceda: rendimientos del capital mobiliario distinguiendo aquellos a integrar en la base imponible general o del ahorro, rendimientos del capital inmobiliario, rendimientos de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales, distinguiendo así mismo dentro de estas últimas las que deriven o no de la transmisión de un elemento patrimonial.

    Se consignará también, en su caso, el importe de las reducciones y las minoraciones a las que tuviese derecho el contribuyente.

    Atención: Las rentas correspondientes al régimen especial de imputación de rentas inmobiliarias deberán declararse en el apartado "Bienes inmuebles a disposición de sus titulares" (apartado C de la página 5 de la declaración).

    • Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible general:

      Deberá facilitar el rendimiento neto atribuido y, en su caso, el importe de las reducciones y las minoraciones a las que tuviese derecho el contribuyente.

    • Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro:

      Deberá facilitar la siguiente información:

      • Deberá consignar el conjunto de rendimientos de capital mobiliario sin incluir los rendimientos que se indican en el apartado siguiente.

      • Deberá distinguir los rendimientos de capital mobiliario derivados de deuda subordinada o de participaciones preferentes (diferenciando los rendimientos positivos de los negativos) de los que no deriven de este tipo de productos.

    • Rendimientos del capital inmobiliario (inmuebles arrendados o cedidos a terceros)

      Se abrirá una ventana de captura de datos en la que deberá facilitar el rendimiento neto atribuido por la entidad en atribución de rentas y, en su caso, las reducciones y minoraciones a las que tuviese derecho el contribuyente.

      Si el rendimiento neto atribuido menos las reducciones y minoraciones en su caso aplicables, es inferior al rendimiento mínimo computable en caso de parentesco, deberá indicar en el apartado de la ventana referente a "Rendimiento neto atribuido" el rendimiento mínimo en caso de parentesco y no incluir ningún dato en "Reducciones y Minoraciones" .

      Deberá relacionar también los inmuebles arrendados o cedidos a terceros, indicando los siguientes datos que aparecerán reflejados posteriormente en el modelo de declaración en el apartado " Relación de bienes inmuebles arrendados o cedidos a terceros por entidades en régimen de atribución de rentas" del apartadoC de la página 6 de la declaración:

      • Titularidad: Se reflejará el porcentaje en la titularidad del inmueble como consecuencia de la participación en la entidad.

      • Naturaleza:Se indicará si el inmueble tiene naturaleza rústica o urbana.

      • Situación:   Se seleccionará la clave que corresponda a la situación del inmueble entre las que aparecen en el desplegable de la ventana.

      • Referencia catastral: Se recogerá en este apartado la referencia catastral del inmueble que consta en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles que corresponde al mismo.

    • Rendimientos de actividades económicas:

      Deberá marcar con una X en la casilla correspondiente si opta, a efectos de la imputación temporal de los rendimientos, por la aplicación del criterio de cobros y pagos, en lugar del de devengo.

      Deberá elegir el régimen de determinación del rendimiento neto y consignar el rendimiento neto atribuido y, en su caso, el importe de las reducciones y las minoraciones a las que tuviese derecho el contribuyente.

      Reducción por inicio de actividad (para estimación directa): Deberá indicar en la ventana de captura de datos el rendimiento neto atribuido disminuido en las reducciones y minoraciones aplicables).

      IMPORTANTE

       

      En el caso de percibir rendimientos de actividades económicas de varias entidades, deberá reagrupar los rendimientos en dos columnas diferenciadas, por un lado todas las cantidades cuyo rendimiento sea positivo, y en otra columna todas las imputaciones que sean negativas.

    • Ganancias y Pérdidas patrimoniales imputables a 2017: Deberá indicar en las casillas correspondientes las ganancias y/o pérdidas patrimoniales atribuidas por la entidad, distinguiendo las que deriven o no de la transmisión de un elemento patrimonial.

      Distinguiremos primeramente, las ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de algún elemento patrimonial.

      A continuación deberemos consignar primeramente las ganancias patrimoniales atribuidas por la entidad que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

      En el apartado siguiente, y en el caso de que el importe de la transmisión sea destinado a constituir una renta vitalicia, deberemos consignar dicho importe.

      Si a la ganancia patrimonial obtenida es de aplicación la Disposición Transitoria Novena, esto es, si el elemento patrimonial transmitido fue adquirido con anterioridad a 31 de diciembre de 1994, se deberá consignar el valor de transmisión del elemento patrimonial al que se le aplica determinados índices correctores parte del valor desde la fecha de adquisición a 20 de enero de 2006.

      Si la trasmisión efectuada es la de un inmueble urbano adquirido entre el 12 de mayo y 31 de diciembre de 2012, la ganancia patrimonial obtenida estará exenta en un 50%. Debiéndolo consignar en la casilla 0223.

      En la casilla 214 siguiente deberemos consignar la ganancia patrimonial producida por la transmisión de algún elemento patrimonial que estuviera exenta por la reinversión en retas vitalicias.

      Si el importe de la ganancia está exenta por reinversión en entidades de nueva o reciente creación, deberá indicarlo en la casilla 0225.

      En las siguientes casillas 0226 y 0227 deberemos incluir las ganancias susceptibles de reducción por la DT 9ª, y las reducciones aplicables.

      Finalmente deberemos consignar en la casilla 0230 las pérdidas patrimoniales producidas por la transmisión de elementos patrimoniales.

  • RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA ATRIBUIDOS

    Se consignarán las retenciones e ingresos a cuenta atribuidos, el programa trasladará el importe a la casilla0565 de la página 19 de la declaración.

RENDIMIENTO MÍNIMO COMPUTABLE EN CASO DE PARENTESCO (Artículo 24 Ley)

Cuando el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario del bien inmueble o del derecho real que recaiga sobre el mismo, sea el cónyuge o un pariente del contribuyente, incluidos los afines, hasta el tercer grado inclusive (padres-hijos; abuelos-nietos; hermanos; tíos-sobrinos), el rendimiento neto total no podrá ser inferior al que resulte de aplicar las reglas del apartado "IMPUTACIÓN DE RENTAS INMOBILIARIAS".