8.9.6. Deducciones familiares
Tendrán derecho a las deducciones familiares por descendientes y ascendientes con discapacidad, por familia numerosa y por tener dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos, los contribuyentes que cumplan los requisitos específicos de cada una de las deducciones, y a su vez pertenezcan a uno de estos dos colectivos:
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Contribuyentes que realizan una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad alternativa. (Colectivo 1)
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Contribuyentes que perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección del desempleo, pensiones abonadas por la Seguridad Social, Clases Pasivas o por Mutualidades de previsión social alternativas. (Colectivo 2)