9.7.2.2. Inversiones anticipadas de futuras dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias, efectuadas en 2017
Los contribuyentes podrán llevar a cabo inversiones anticipadas de futuras dotaciones a la reserva para inversiones, siempre que cumplan los restantes requisitos exigidos en el mismo y las citadas dotaciones se realicen con cargo a beneficios obtenidos hasta el 31 de diciembre de.2017.
Deberá indicar las inversiones anticipadas en la ventana de captura de datos que se abre en la casilla 0677, distinguiendo:
inversiones efectuadas en las previstas en el artículo 27.4. A), B) y D) 1º, Ley 19/1994.
- inversiones efectuadas en las previstas en el artículo 27.4. C) y D) 2º a 6º, Ley 19/1994