Contribuyentes del régimen especial del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tributación por el Impuesto sobre el Patrimonio
Especialidad de estos contribuyentes en el Impuesto sobre el Patrimonio
Se trata de personas físicas residentes en España que han optado por tributar aplicando normativa del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (declaran IRPF en un modelo especial, el 151), pero mantienen su condición de contribuyentes por IRPF. Estos contribuyentes tributan en el Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real (por su patrimonio en España).
Tienen derecho (es una opción) a aplicar la normativa autonómica de la Comunidad Autónoma de residencia. Las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, escala de gravamen y deducciones y bonificaciones de la cuota, compatibles, estas dos últimas, con las establecidas en la normativa estatal (puede consultar las Comunidades Autónomas que han asumido competencias normativas en el Manual Práctico del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente a cada ejercicio disponible en la página web de la Agencia Tributaria).
En caso de ejercitar esa opción deben aplicar toda la normativa propia del impuesto aprobada por dicha Comunidad. La opción se refleja en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.