Representación y responsabilidad solidaria en el IRNR
Obligación de nombramiento de representante y características de la responsabilidad solidaria
Acreditación de la representación
La representación podrá acreditarse:
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Por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (documento privado con firma legitimada notarialmente o documento público), siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración tributaria.
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Mediante comparecencia ante el órgano administrativo competente.