IVA telecomunicaciones y servicios electrónicos
Registro y declaraciones de IVA referidas a operaciones comprendidas en este régimen que deben tributar en otros Estados miembros
Cuestiones generales
Desde el 1 de enero de 2015, todos los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos (“TRE”) prestados por un empresario o profesional a particulares consumidores finales establecidos o residentes en un Estado de la Unión Europea distinto del prestador de ese servicio, tributan en el Estado de establecimiento o residencia de dicho consumidor final.
Ello supone que los operadores que presten este tipo de servicios, deberán tributar por el Impuesto sobre el Valor Añadido en cada uno de los Estados donde se encuentren establecidos o residan sus clientes consumidores finales.
Este régimen opcional tiene como finalidad minorar las “cargas fiscales indirectas” que pudieran conllevar para los operadores las reglas de localización que entraron en vigor en 2015. Para ello, el régimen permite que los empresarios o profesionales no tengan que identificarse y darse de alta en cada Estado de consumo, sino que podrán presentar sus declaraciones de IVA desde un único punto en el Portal Web de su Estado de Identificación. Para ello, deberán expresamente registrarse en este régimen.
No. La Mini Ventanilla Única solamente puede ser utilizada por aquellos empresarios o profesionales que presten servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos y cuyo destinatario sea un particular establecido o con domicilio o residencia en un Estado miembro distinto del de la sede del prestador.
En el caso de prestar servicios a empresarios o profesionales y a particulares, se podrán acoger a la Mini Ventanilla Única en lo que se refiere a los servicios a particulares.
En el caso de prestar servicios exclusivamente a empresarios o profesionales, la Mini Ventanilla Única no resulta aplicable.
Tampoco se puede aplicar la Mini Ventanilla Única cuando los destinatarios de los servicios sean los particulares establecidos en el mismo Estado miembro donde está establecido el empresario o profesional que los preste.
Puede acceder al apartado “Reglas de localización“ para obtener una descripción completa de estos servicios.