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Campaña de Renta 2008

La Agencia Tributaria abre este lunes 2 de marzo el plazo para solicitar el borrador de Renta o los datos fiscales. Lo podrán solicitar aquellos contribuyentes que no lo indicaron en la Renta del año pasado. En abril se podrá confirmar el borrador del IRPF.

2 de marzo de 2009. A partir de hoy, lunes 2 de marzo, se abre el plazo de solicitud del borrador de IRPF y/o los datos fiscales para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la declaración de la Renta presentada el año pasado o que no confirmaron el borrador de Renta. En los dos casos anteriores, aquellos contribuyentes que lo indicaron a través de la casilla de petición en la declaración del IRPF o confirmando el borrador, la solicitud quedó registrada y se les enviará a su domicilio fiscal sin necesidad de que repitan la petición.

A fecha 28 de febrero, ya hay 15.275.792 solicitudes de borrador y/o datos fiscales recibidas a través de la declaración del IRPF presentada en 2008 (ejercicio fiscal 2007) o mediante la confirmación del borrador del IRPF 2007.

El plazo de solicitud del borrador del IRPF o de los datos fiscales –servicios que ofrece la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a todos los contribuyentes para facilitarles la declaración de la Renta- acaba el 23 de junio.

Revisión del borrador

La Agencia Tributaria recuerda que el borrador debe ser revisado antes de su confirmación. Si se modifica el borrador la Agencia Tributaria elaborará un nuevo borrador que podrá ser confirmado. La confirmación se podrá hacer a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio (hasta el 23 de junio si domicilia el pago).

El borrador es una herramienta que ayuda al contribuyente a cumplir con la obligación de presentar la declaración del IRPF y se elabora con la información disponible a la fecha del envío. Puede no contar con toda la información relevante a efectos tributarios.

¿Quiénes pueden solicitar el borrador?

Pueden solicitar el borrador del IRPF todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por la ley para recibirlo. Si reúne las condiciones para recibir el borrador, la Agencia Tributaria le enviará el borrador de declaración y los datos fiscales con los que se ha calculado; si no se le puede enviar el borrador, siempre recibirá los datos fiscales.

Recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no impiden recibir el borrador.

¿Cómo se pide el borrador del IRPF?

Hay que facilitar el NIF y la casilla 698 (cuota íntegra, parte estatal) de la declaración de Renta 2007 (declaración presentada el año pasado). Desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio.

  • Por Internet (sede.agenciatributaria.gob.es)
  • Por teléfono, en el 901 12 12 24 (es un teléfono de servicio automático que funciona las 24 horas del día) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas)

¿Cómo se obtiene?

  • A través de sede.agenciatributaria.gob.es  con certificado de firma electrónica o con el número de referencia del borrador. Es posible suscribirse al servicio de alertas para que la Agencia Tributaria le envíe por SMS el número de referencia del borrador y lo vea por Internet.
  • Por correo en el domicilio del contribuyente . Los contribuyentes que hayan cambiado de domicilio deben comunicarlo a la Agencia Tributaria por Internet, por teléfono (901 200 345), en las oficinas de la Agencia Tributaria, o con el modelo 030 que puede obtenerse en sede.agenciatributaria.gob.es o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los empresarios o profesionales pueden comunicarlo con el modelo 036.

Servicios de asistencia e información

  • Internet. sede.agenciatributaria.gob.es Ofrece información y gestiones sin horarios.
  • Renta Asistencia 901 200 345. Para atender cualquier gestión de solicitud del borrador de declaración y datos fiscales (declarantes). De 9 a 21 horas, de lunes a viernes. También para cambio de domicilio fiscal.
  • Renta Información 901 33 55 33. Para resolver cualquier duda. De 9 a 19 horas, de lunes a viernes. (de 9 a 21 horas desde el 16 de abril al 2 de julio)

SOLICITUDES DE BORRADOR Y DATOS FISCALES

(las realizadas confirmando el borrador del IRPF o marcando la casilla de solicitud en la declaración de la renta del año anterior)

DELEGACIONES
PROVINCIALES
Solicitudes
IRPF 2007
Solicitudes
IRPF 2008
Incremento
Solicitudes 07/08
     
ALMERIA
184.364
205.592
11,51
CADIZ
265.069
288.715
8,92
CORDOBA
261.541
281.192
7,51
GRANADA
269.628
295.094
9,44
HUELVA
147.531
159.042
7,80
JAEN
224.951
241.369
7,30
MALAGA
405.426
446.227
10,06
SEVILLA
529.960
587.382
10,84
JEREZ
81.645
87.903
7,66
CEUTA
20.162
21.524
6,76
MELILLA
18.178
19.828
9,08
ANDALUCIA
2.408.455
2.633.868
9,36
 
 
 
 
HUESCA
94.321
100.370
6,41
TERUEL
62.903
66.544
5,79
ZARAGOZA
405.273
431.375
6,44
ARAGON
562.497
598.289
6,36
 
 
 
 
OVIEDO
289.237
314.392
8,70
GIJON
120.470
130.515
8,34
ASTURIAS
409.707
444.907
8,59
 
 
 
 
ILLES BALEARS
309.165
350.047
13,22
ILLES BALEARS
309.165
350.047
13,22
 
 
 
 
LAS PALMAS
273.458
312.332
14,22
STA CRUZ DE TENERIFE
256.561
295.366
15,13
CANARIAS
530.019
607.698
14,66
 
 
 
 
CANTABRIA
202.605
222.472
9,81
CANTABRIA
202.605
222.472
9,81
 
 
 
 
ALBACETE
145.289
156.942
8,02
CIUDAD REAL
167.028
184.099
10,22
CUENCA
80.127
85.989
7,32
GUADALAJARA
87.908
97.460
10,87
TOLEDO
218.383
242.617
11,10
CASTILLA-LA MANCHA
698.735
767.107
9,79
 
 
 
 
AVILA
64.561
68.577
6,22
BURGOS
161.055
175.018
8,67
LEON
180.324
195.355
8,34
PALENCIA
72.615
75.268
3,65
SALAMANCA
133.959
143.330
7,00
SEGOVIA
58.386
65.177
11,63
SORIA
40.927
43.924
7,32
VALLADOLID
215.924
229.941
6,49
ZAMORA
68.396
75.192
9,94
CASTILLA Y LEON
996.147
1.071.782
7,59
 
 
 
 
BARCELONA
1.618.248
1.830.988
13,15
GIRONA
192.894
214.581
11,24
LLEIDA
146.780
162.240
10,53
TARRAGONA
226.553
250.950
10,77
CATALUÑA
2.184.475
2.458.759
12,56
 
 
 
 
BADAJOZ
222.112
238.306
7,29
CACERES
156.825
165.665
5,64
EXTREMADURA
378.937
403.971
6,61
 
 
 
 
A CORUÑA
347.575
389.485
12,06
LUGO
121.781
133.776
9,85
OURENSE
100.825
110.680
9,77
PONTEVEDRA
170.874
189.370
10,82
VIGO
127.984
141.145
10,28
GALICIA
869.039
964.456
10,98
 
 
 
 
MADRID
2.179.485
2.405.005
10,35
MADRID
2.179.485
2.405.005
10,35
 
 
 
 
MURCIA
333.231
366.786
10,07
CARTAGENA
100.513
108.300
7,75
MURCIA
433.744
475.086
9,53
 
 
 
 
NAVARRA
864
1134
31,25
NAVARRA
864
1134
31,25
 
 
 
 
ALAVA
543
589
8,47
GUIPUZCOA
529
609
15,12
VIZCAYA
1.133
1.247
10,06
PAIS VASCO
2.205
2.445
10,88
 
 
 
 
LA RIOJA
129.812
138.240
6,49
LA RIOJA
129.812
138.240
6,49
 
 
 
 
ALICANTE
489.834
549.148
12,11
CASTELLON
200.353
218.191
8,90
VALENCIA
868.134
963.187
10,95
VALENCIA
1.558.321
1.730.526
11,05
 
 
 
 
TOTAL NACIONAL
13.854.212
15.275.792
10,26