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La Agencia Tributaria ha abonado más de 410 millones de euros tras superar la primera semana de campaña de la Renta

Campaña de Renta 2014

 

  • Han presentado su declaración 1.808.000 contribuyentes, un 44% más que en el mismo periodo del año pasado, de los cuales 782.000 han recibido su devolución, un 58% más
  • Al fuerte ritmo de confirmación de borradores se suma la presentación de 168.000 declaraciones con el programa PADRE, que el año pasado aún no se podía utilizar
  • Se prevén 19.275.000 declaraciones en toda la campaña, de las cuales 14.255.000 serán con resultado a devolver, por importe de 10.550 millones de euros

 

16 de abril de 2015.- La Agencia Tributaria ha devuelto ya, a fecha de hoy, más de 410 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,5% con respecto al mismo periodo del año pasado. Superada la primera semana de campaña telemática del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2014 (IRPF 2014) son más de 782.000 los contribuyentes que han recibido su devolución, un 58% más que en la anterior campaña.

En estos momentos, tras diez días de campaña, son 1.808.000 los contribuyentes que han presentado su declaración, lo que supone un crecimiento del 44%. El número de presentaciones ha superado ya al que se registraba en igual fecha del año pasado, a pesar de que este año la campaña ha comenzado seis días más tarde Esta evolución se debe, tanto al fuerte ritmo de confirmación de borradores de IRPF, más de 1.640.000 (un 31% más), como también a la presentación de 168.000 declaraciones con el PADRE y otros programas de ayuda, que el año pasado aún no se podían utilizar.

El notable incremento registrado en las presentaciones de los primeros días alcanza igualmente a aquellas con resultado a ingresar, que suman 85.000 hasta la fecha, un 73% más que el año pasado en el mismo periodo de campaña.

La Agencia Tributaria prevé que la presente campaña cuente con 19.275.000 declaraciones, lo que supone el primer incremento en el número de declarantes de IRPF en los últimos tres años. De ese total, 14.255.000 declaraciones darán derecho a devolución, por un importe total de 10.550 millones de euros, y 4.280.000 declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 7.350 millones de euros.

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver. No obstante, en las declaraciones a ingresar si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria el plazo de presentación abarcará hasta el 25 de junio. La campaña presencial comenzará el 11 de mayo, al igual que la asistencia en oficinas.

 

Mejoras en el programa PADRE ‘simplificado’

Tras las mejoras incorporadas la pasada campaña en el programa PADRE, cuando se estableció una variante simplificada para facilitar la descarga y modificación de la información fiscal y personal, este año se establecen nuevas mejoras en la descarga de datos fiscales, al objeto de ofrecer un producto para la presentación de la Renta que cuente con la versatilidad del tradicional programa de ayuda y la sencillez que ofrece el borrador de IRPF.

En la campaña anterior, existían dos modalidades para el traslado de los datos fiscales y personales: una, la tradicional, ‘paso a paso’, descargando cada uno de los datos; otra, la que se incorporó entonces, que implicaba el traslado automático de todos los datos posibles, pero que únicamente era aplicable a determinado perfil de contribuyentes.

Ahora, el programa PADRE tendrá una modalidad única, la de traslado automático, que será aplicable a todos los contribuyentes. Aquellos datos que no puedan ser trasladables de manera automática al requerir una consulta previa, ya sí deberán contar con la participación del contribuyente para su incorporación.

El PADRE incluye otras mejoras que implican ofrecer más información al contribuyente para la confección de su declaración. Entre ellas, destaca la inclusión de avisos al finalizar el proceso de descarga de datos fiscales para informar de la existencia de partidas negativas pendientes de compensar, y de transmisiones de inmuebles, que pueden tener incidencia en la declaración. Esta medida facilita que los contribuyentes puedan ejercer su derecho a reducir su carga fiscal compensando saldos negativos con rentas positivas generadas en 2014.

De igual forma, se incorpora un recordatorio para los contribuyentes que hubiesen modificado su domicilio fiscal, indicando que deben marcar la casilla correspondiente en la declaración y reflejar el nuevo domicilio.

 

Compatibilidad de ‘Clave PIN’ y el REN0

Al igual que el pasado año, en la presente campaña de la Renta los contribuyentes contarán con el PIN 24 horas (ahora denominado ‘Clave PIN’) como alternativa al servicio REN0 que permite obtener el nº de referencia para la obtención rápida del borrador y los datos fiscales, así como  la presentación de la declaración y, en su caso, la consulta del estado de la devolución. El contribuyente podrá elegir entre los dos sistemas, o utilizar ambos, dado que son plenamente compatibles. Igualmente, y como ya es tradicional, para todos los trámites de Renta se podrán utilizar tanto el certificado electrónico como el DNI electrónico.

A diferencia del REN0, Clave PIN no requiere que el contribuyente recuerde la casilla 415 de la declaración del año anterior, permite presentar declaraciones a ingresar y también efectuar telemáticamente el ingreso sin necesidad de domiciliación en cuenta.

Además, Clave PIN se puede utilizar para otros trámites ajenos a la Campaña de Renta y para servicios de otros organismos, como la Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico, y no es necesario recordar la clave de acceso. A su vez, el sistema REN0 permite utilizar el mismo número de referencia durante toda la campaña, pero en los casos de declaraciones a ingresar únicamente se podrá realizar el pago con domiciliación.

 

Quiénes no están obligados a declarar

Se mantiene la misma regulación que el año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración del IRPF. En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

El límite anterior se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos:

- Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un  tope conjunto de 1.600 euros.

- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

 

Quiénes pueden utilizar el borrador de Renta

En la campaña de IRPF 2014 se mantiene el perfil ampliado de usuario del borrador de Renta que se introdujo en la campaña anterior. Así, además de los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, podrán utilizar el borrador aquellos que cuenten con pérdidas derivadas de fondos de inversión, sean perceptores de subvenciones no destinadas a actividades económicas, tengan hasta ocho inmuebles no arrendados, sean titulares de valores públicos amortizados con rendimiento cero o hayan percibido rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario procedentes de entidades en atribución de rentas.

La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no excluyen del perfil de usuario del borrador.

Todos estos contribuyentes, salvo que estén obligados a presentar la declaración por tener una actividad profesional, empresarial, agrícola o ganadera, arrendamientos o ganancias patrimoniales sin retención, podrán utilizar el borrador de la declaración.

 

¿Cómo obtener ‘Clave PIN’ y el número de referencia (REN0)?

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior con vigencia de un día natural. El registro previo se podrá efectuar por dos vías:

Presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria aportando el DNI, un correo electrónico y un número de teléfono móvil, sin necesidad de cita previa ni documentación alguna, salvo la exhibición del propio documento de identificación.

A través de internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el icono de la página web de la AEAT ‘Clave PIN’. En este caso, además del DNI y el número de móvil, el contribuyente debe aportar los dígitos del IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular como información de contraste.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, desde el enlace disponible en el propio trámite o a través del icono ‘Clave PIN’ podrá solicitarlo. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de caducidad del DNI y una contraseña de cuatro caracteres a su elección que definirá el contribuyente para cada solicitud. A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres dígitos que, junto con la contraseña, constituyen el código de acceso que podrá utilizar durante ese mismo día natural.

Para la utilización del servicio REN0 se solicitará el NIF y primer apellido del contribuyente, la casilla 415 de la Renta 2013 y un número de móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia. A los no declarantes en el ejercicio anterior y a los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 415 se les solicitará el código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente.

 

Modificación y confirmación del borrador de Renta

Siempre resulta conveniente revisar el borrador de Renta, dado que en el momento de su confección la Agencia podría no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador.

Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

- Inmuebles y sus referencias catastrales
- Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2014)
- Aportaciones a planes de pensiones
- Aportaciones de cuotas sindicales
- Percepciones por subvenciones
- Deducción por maternidad
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducción por alquiler de vivienda habitual
- Deducciones autonómicas

Existen varias vías para confirmar el borrador, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta o confirmar el borrador cualquier día, hasta el 25 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el  5 de noviembre).

Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas), hasta el 30 de junio (25 de junio si se trata de pagos con domiciliación):

VÍAS DE CONFIRMACIÓN

Casos en los que se puede utilizar esta vía

Por internet

sede.agenciatributaria.gob.es

TODOS

Por teléfono (VRU), servicio automático
901 12 12 24 (las 24 horas)

A devolver

Por SMS, al 638444147
Renta(espacio)número de justificante de borrador(espacio)NIF
(Si es declaración conjunta se añade un (espacio)NIF del cónyuge

A devolver

Por teléfono (operador)
901 200 345 (L-V, de 9 a 21 horas)

A devolver e ingresar (domiciliando el pago)

Por banca electrónica y telefónica

A devolver e ingresar
(sin domiciliar)

En cajeros  automáticos de ciertas entidades

A devolver e ingresar(sin domiciliar)

Vías presenciales, del 11 de mayo al 30 de junio (25 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 30 de junio):

 

VÍAS DE CONFIRMACIÓN

Casos en los que se puede utilizar esta vía

En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras

A devolver e ingresar
(sin domiciliar)

En las oficinas de la AEAT o CCAA

A devolver e ingresar
(domiciliando el pago)

 

Principales servicios de asistencia e información

- Internet: sede.agenciatributaria.gob.es
  (ofrece información y gestiones sin horarios).

- Teléfono Asistencia: 901 200 345
   (para gestionar el borrador; de 9 a 21 horas, de lunes a viernes).

 - Teléfono Renta Información: 901 33 55 33.
  (para resolver dudas; de 9 a 19 horas, de lunes a viernes).

 

Evolución de la campaña

(Datos del décimo día de campaña: 10 de abril para IRPF 2013; 16 de abril para IRPF 2014)

DEVOLUCIONES PAGADAS

DELEGACIONES

Dev. pagadas
IRPF 2013

Dev. pagadas
IRPF 2014

VARIACIÓN
 2013/2014 (%)

Número

Importe

Número

Importe

Número

Importe

ALMERIA

6.751

4,610

13.593

5,616

101,35%

21,82%

CADIZ

19.041

16,943

25.899

15,026

36,02%

-11,31%

CORDOBA

8.605

6,210

13.133

6,502

52,62%

4,71%

GRANADA

9.113

7,068

13.425

6,906

47,32%

-2,28%

HUELVA

7.197

5,398

12.150

5,638

68,82%

4,45%

JAEN

5.872

4,029

9.322

4,411

58,75%

9,48%

MALAGA

17.494

14,037

26.711

14,245

52,69%

1,48%

SEVILLA

28.453

21,942

42.261

22,312

48,53%

1,68%

JEREZ

5.064

3,971

7.703

4,031

52,11%

1,50%

CEUTA

861

0,682

1.454

0,935

68,87%

37,25%

MELILLA

729

0,597

1.242

0,749

70,37%

25,49%

ANDALUCIA

109.180

85,486

166.893

86,371

52,86%

1,04%

HUESCA

1.824

1,244

2.972

1,438

62,94%

15,63%

TERUEL

841

0,519

1.346

0,615

60,05%

18,69%

ZARAGOZA

11.694

8,457

18.281

9,590

56,33%

13,40%

ARAGON

14.359

10,219

22.599

11,643

57,39%

13,94%

OVIEDO

10.749

8,698

14.905

8,498

38,66%

-2,30%

GIJON

5.178

3,901

7.348

4,036

41,91%

3,46%

ASTURIAS

15.927

12,598

22.253

12,534

39,72%

-0,52%

ILLES BALEARS

8.402

5,902

12.543

6,391

49,29%

8,27%

ILLES BALEARS

8.402

5,902

12.543

6,391

49,29%

8,27%

LAS PALMAS

10.337

7,555

19.370

9,683

87,39%

28,16%

STA CRUZ DE TENERIFE

9.745

7,094

16.134

7,924

65,56%

11,70%

CANARIAS

20.082

14,649

35.504

17,607

76,80%

20,19%

CANTABRIA

6.782

5,084

10.267

5,631

51,39%

10,75%

CANTABRIA

6.782

5,084

10.267

5,631

51,39%

10,75%

ALBACETE

3.188

2,350

5.528

2,758

73,40%

17,38%

CIUDAD REAL

5.308

3,965

8.614

4,528

62,28%

14,21%

CUENCA

1.164

0,780

2.127

0,966

82,73%

23,87%

GUADALAJARA

3.520

2,803

5.591

3,198

58,84%

14,11%

TOLEDO

7.929

6,122

12.814

7,047

61,61%

15,11%

C.-LA MANCHA

21.109

16,019

34.674

18,497

64,26%

15,47%

AVILA  

1.456

0,974

2.359

1,056

62,02%

8,42%

BURGOS

3.357

2,442

5.477

2,817

63,15%

15,37%

LEON

5.393

3,822

8.179

4,103

51,66%

7,36%

PALENCIA

1.737

1,119

2.715

1,322

56,30%

18,14%

SALAMANCA

4.413

2,958

6.116

2,876

38,59%

-2,76%

SEGOVIA

1.270

0,896

2.164

1,063

70,39%

18,63%

SORIA

834

0,515

1.266

0,565

51,80%

9,59%

VALLADOLID

7.837

5,835

11.496

6,087

46,69%

4,32%

ZAMORA

1.482

0,966

2.289

1,018

54,45%

5,36%

C. Y LEON

27.779

19,526

42.061

20,907

51,41%

7,07%

BARCELONA

62.021

47,599

98.563

55,456

58,92%

16,51%

GIRONA

5.516

3,779

8.894

4,542

61,24%

20,18%

LLEIDA

2.927

1,922

5.188

2,414

77,25%

25,62%

TARRAGONA

7.225

5,474

12.125

6,484

67,82%

18,44%

CATALUÑA

77.689

58,775

124.770

68,896

60,60%

17,22%

BADAJOZ

6.919

4,412

10.348

4,545

49,56%

3,02%

CACERES

3.985

2,516

5.858

2,520

47,00%

0,15%

EXTREMADURA

10.904

6,928

16.206

7,065

48,62%

1,98%

A CORUÑA

11.390

8,119

17.322

8,475

52,08%

4,38%

LUGO

2.388

1,342

3.837

1,550

60,68%

15,51%

OURENSE

2.072

1,232

3.545

1,442

71,09%

16,98%

PONTEVEDRA

4.120

2,751

6.916

3,244

67,86%

17,94%

VIGO

3.801

2,784

6.208

3,149

63,33%

13,11%

GALICIA

23.771

16,228

37.828

17,860

59,14%

10,05%

MADRID

98.319

78,160

158.190

90,050

60,89%

15,21%

MADRID

98.319

78,160

158.190

90,050

60,89%

15,21%

MURCIA

9.191

6,713

17.820

8,125

93,89%

21,02%

CARTAGENA

4.521

3,779

8.731

4,308

93,12%

14,00%

MURCIA

13.712

10,492

26.551

12,433

93,63%

18,49%

NAVARRA

11

0,008

30

0,008

172,73%

2,00%

NAVARRA

11

0,008

30

0,008

172,73%

2,00%

ALAVA

6

0,004

19

0,007

216,67%

67,73%

GUIPUZCOA

7

0,004

11

0,002

57,14%

-46,35%

VIZCAYA

16

0,007

30

0,011

87,50%

52,28%

PAIS VASCO

29

0,015

60

0,020

106,90%

33,07%

LA RIOJA

2.748

1,900

4.238

2,157

54,22%

13,51%

LA RIOJA

2.748

1,900

4.238

2,157

54,22%

13,51%

ALICANTE

15.026

10,282

24.163

11,375

60,81%

10,63%

CASTELLON

4.619

3,039

7.596

3,422

64,45%

12,63%

VALENCIA

23.471

16,202

36.455

17,570

55,32%

8,44%

C. VALENCIANA

43.116

29,522

68.214

32,367

58,21%

9,64%

TOTAL NACIONAL

493.919

371,513

782.881

410,434

58,50%

10,48%

Importes en millones de euros.

 

DELEGACIONES

Declaraciones presentadas
IRPF 2014

ALMERIA

28.864

CADIZ

57.711

CORDOBA

29.000

GRANADA

31.812

HUELVA

25.277

JAEN

20.986

MALAGA

60.790

SEVILLA

97.833

JEREZ

16.391

CEUTA

3.598

MELILLA

3.216

ANDALUCIA

375.478

HUESCA

6.540

TERUEL

3.297

ZARAGOZA

44.011

ARAGON

53.848

OVIEDO

35.494

GIJON

16.745

ASTURIAS

52.239

ILLES BALEARS

31.312

ILLES BALEARS

31.312

LAS PALMAS

45.911

STA CRUZ DE TENERIFE

37.785

CANARIAS

83.696

CANTABRIA

24.341

CANTABRIA

24.341

ALBACETE

13.145

CIUDAD REAL

19.072

CUENCA

5.074

GUADALAJARA

13.647

TOLEDO

28.400

CASTILLA-LA MANCHA

79.338

AVILA  

5.408

BURGOS

14.282

LEON

19.611

PALENCIA

6.337

SALAMANCA

13.424

SEGOVIA

5.140

SORIA

2.941

VALLADOLID

27.242

ZAMORA

5.164

CASTILLA Y LEON

99.549

BARCELONA

228.048

GIRONA

19.911

LLEIDA

11.231

TARRAGONA

28.116

CATALUÑA

287.306

BADAJOZ

22.743

CACERES

13.575

EXTREMADURA

36.318

A CORUÑA

39.615

LUGO

8.319

OURENSE

8.222

PONTEVEDRA

14.899

VIGO

14.666

GALICIA

85.721

MADRID

373.774

MADRID

373.774

MURCIA

41.569

CARTAGENA

19.118

MURCIA

60.687

NAVARRA

96

NAVARRA

96

ALAVA

56

GUIPUZCOA

58

VIZCAYA

108

PAIS VASCO

222

LA RIOJA

10.845

LA RIOJA

10.845

ALICANTE

52.293

CASTELLON

17.482

VALENCIA

84.125

C. VALENCIANA

153.900

TOTAL NACIONAL

1.808.670