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La Agencia Tributaria ya ha devuelto 1.400 millones de euros a los contribuyentes en las tres primeras semanas de campaña de Renta

Campaña de Renta 2017

  • Hasta el momento han presentado ya su declaración 3.450.000 contribuyentes, 755.000 más que el año pasado, de los cuales 2.238.000 han recibido su devolución, un 29% más
  • Más de 126.000 declaraciones se han presentado hasta ahora con la nueva aplicación móvil y se han concertado casi 183.000 citas para el plan ‘Le Llamamos’ de confección telefónica de declaraciones, las dos nuevas vías que complementan la presentación desde la página de la Agencia a través de ‘RENTA WEB’

24 de abril de 2018.- La Agencia Tributaria ha devuelto, a fecha de hoy, 1.400 millones de euros, casi un 28% más que el año pasado en el mismo periodo, en tres semanas de campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2017 (IRPF 2017). Son ya 2.238.000 los contribuyentes que han recibido hasta el momento su devolución, un 29% más que en el ejercicio anterior.

Esta agilización en las devoluciones es el resultado de una nueva y fuerte aceleración de las presentaciones en este inicio de campaña, impulsada por el adelanto en los servicios de asistencia y con el apoyo de las dos nuevas vías incorporadas este año para la presentación de declaraciones, la nueva aplicación móvil y el plan ‘Le Llamamos’ de confección telefónica de declaraciones.

Así, en estas tres primeras semanas de campaña han sido 3.450.000 los contribuyentes que ya han presentado su declaración, lo que supone 755.000 más (un 28% más) más que el año pasado en igual periodo. Las declaraciones con solicitud de devolución suman 2.988.000 (+25%) y aquellas con resultado a ingresar totalizan 380.000, con un incremento del 53%.

Este año, los contribuyentes han tenido la oportunidad de prepararse con más tiempo, desde el 15 de marzo, para poder, si así lo desean, presentar su declaración desde el primer día a través de ‘RENTA WEB’, la herramienta universal que ofrece la Agencia para la gestión de todas las declaraciones de Renta, con independencia del canal de confección y presentación (nueva ‘APP’, teléfono, página web de la Agencia y oficinas).

Para la presente campaña está previsto que se presenten 19.945.000 declaraciones, 217.000 más que el año anterior. De ellas, se prevé que 13.774.000 den derecho a devolución, por importe de 9.468 millones de euros, mientras que se espera que 5.246.000 salgan con resultado a ingresar, por importe de 9.621 millones de euros.

El plazo de presentación finaliza el 2 de julio, tanto para las declaraciones a ingresar como para aquellas con resultado a devolver. No obstante, en las declaraciones a ingresar, si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación abarcará hasta el 27 de junio. La atención presencial en oficinas comenzará el 10 de mayo.

La Renta, ‘en un clic’

Más de 126.000 contribuyentes han presentado hasta el momento su declaración a través de la nueva APP de la Agencia Tributaria, que está disponible en los ‘markets’ de Google y Apple para todos los teléfonos móviles (y tabletas, en su caso) que funcionen con Android e iOS. De ese total, algo más de 103.000 son declaraciones sencillas que han sido presentadas ‘en un solo clic’ a través de la ‘APP’ y el resto son contribuyentes a los cuales la aplicación ha derivado a la web de la Agencia para realizar alguna modificación y han vuelto a la APP para concluir la presentación.

Además de permitir las presentaciones, la APP es una potente herramienta de asistencia que simplifica la gestión de los trámites más frecuentes, al facilitar la obtención del número de referencia, la visualización de los datos fiscales y la recepción de mensajes ‘push’ con información de interés como el momento de la emisión de la devolución. La APP se puede utilizar en hasta cuatro dispositivos diferentes (móviles y tabletas) y admite hasta 20 perfiles de usuario, cada uno con su número de referencia, lo que permite la confección y presentación de declaraciones de familiares y allegados, así como el cálculo de la opción más favorable entre declaraciones individuales y conjuntas.

Tras descargar la aplicación, para acceder a los servicios personalizados, caso de la presentación de declaraciones, por razones de seguridad se requiere que el terminal cuente con un sistema de bloqueo de pantalla activado. A continuación, el contribuyente debe identificarse mediante el número de referencia (con la casilla 450 de la declaración del año anterior, el NIF y su fecha de validez; o bien mediante ‘Clave PIN’ o certificado electrónico), que queda almacenado en la aplicación para usos posteriores, y puede aceptar la recepción de mensajes ‘push’.

Plan ‘Le Llamamos’

Existe otro perfil de contribuyentes, aquellos que tradicionalmente acuden a las oficinas de la Agencia a partir del mes de mayo y se limitan a confirmar sin cambios la propuesta de declaración de la AEAT, así como, en términos generales, todos los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que cuentan con perfil de asistencia telefónica, para quienes la Agencia ha dispuesto una alternativa a la asistencia presencial, de manera que puedan presentar antes y, en su caso, obtener antes también su devolución, el plan denominado ‘Le Llamamos’.

Hasta el momento son casi 183.000 los contribuyentes que han solicitado ya cita previa por internet o teléfono para que la Agencia les llame y les asista en la confección y presentación de su declaración. Cuando pide su cita, el contribuyente elige un tramo de 15 minutos entre las 9 y las 20.30 horas, y simplemente deberá tener a disposición la información necesaria para realizar la declaración en el momento en que haya acordado la llamada de la Agencia.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 12.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:

  • Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Revisión de datos personales y económicos

Siempre resulta conveniente revisar la propuesta de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar a la propuesta de declaración.

Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

  • Inmuebles y sus referencias catastrales
  • Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2017)
  • Arrendamientos de inmuebles
  • Transmisiones
  • Aportaciones a planes de pensiones
  • Cuotas sindicales
  • Percepciones por subvenciones
  • Deducciones familiares y por maternidad
  • Deducción por inversión en vivienda habitual
  • Deducciones autonómicas


Vías de presentación de la declaración

Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 27 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 2 de julio, último día de la Campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 5 de noviembre).

Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas), hasta el 2 de julio (27 de junio si se trata de pagos con domiciliación):

VÍAS DE PRESENTACIÓNCasos en los que se puede utilizar esta vía

Portal de Renta 2017

sede.agenciatributaria.gob.es

TODOS
APP (móviles y tabletas) * A devolver e ingresar (domiciliando el pago)
Plan ‘Le Llamamos’ (previa cita)*
Por teléfono (operador) *
901 200 345 y 91 535 68 13 (L-V, de 9 a 21 horas)
Por banca electrónica y telefónica A devolver e ingresar (sin domiciliar)
En cajeros automáticos de ciertas entidades

(*) Limitado por perfiles: Fundamentalmente, rendimientos del trabajo, capital mobiliario, imputaciones de rentas inmobiliarias, ventas de fondos de inversión sujetas a retención y, para el caso de la atención telefónica, también arrendamiento de un inmueble.
 
Vías presenciales, del 10 de mayo al 2 de julio (27 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 2 de julio):

VÍAS DE PRESENTACIÓNCasos en los que se puede utilizar esta vía
En las oficinas de la AEAT, CCAA y entes locales A devolver e ingresar (domiciliando el pago)
En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras A devolver e ingresar (sin domiciliar)

Principales servicios de asistencia e información

  • Internet: sede.agenciatributaria.gob.es
    (ofrece información y gestiones sin horarios).
  • Teléfono Cita Previa ‘Le Llamamos’:
    901 22 33 44 o 91 553 00 71 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)
    901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático, 24 horas)
  • Teléfono Asistencia: 901 200 345 y 91 535 68 13
    (para gestionar la declaración; de 9 a 21 horas, L-V).
  • Teléfono Renta Información: 901 33 55 33 y 91 554 87 70
    (para resolver dudas; de 9 a 19 horas, L-V)

Anexo:

  • IRPF 2017 (Datos a 24 de abril)
  • Declaraciones presentadas
  • Devoluciones solicitadas y pagadas (importes en millones de euros)
  • Devoluciones pagadas número e importe 2016/2017 (importes en millones de euros)