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Más de 4.494.000 contribuyentes ya han recibido su devolución en el primer mes de campaña, por un importe de 3.147 millones de euros

Campaña de Renta 2025

  • Ya han presentado su declaración 7.978.000 contribuyentes, de ellos 1.376.000 de forma instantánea con ‘Renta Directa’, un 163% más que el año pasado

  • Hasta la fecha ya se han abonado el 70,9% de las devoluciones y el 58% de los importes solicitados

  • Hoy comienza la asistencia telefónica personalizada con el plan ‘Le Llamamos’, manteniendo una capacidad que en la campaña pasada permitió la presentación de 1.188.000 declaraciones
  • Se han ofrecido hasta el momento 667.000 respuestas a los contribuyentes a través de los canales de asistencia digital, un 19% más

  • En próximas fechas comenzarán a remitirse las primeras cartas a contribuyentes por posibles errores u omisiones en la presentación para que puedan rectificarlos antes de una eventual comprobación

6 de mayo de 2026.- La Agencia Tributaria inicia hoy la confección de declaraciones de Renta por teléfono mediante el plan ‘Le Llamamos’, de manera que los contribuyentes que requieran una asistencia personalizada podrán ser atendidos desde ahora, y hasta el final de la campaña, sin necesidad de desplazarse a una oficina. La apertura del plan ‘Le Llamamos’ se produce cumplido el primer mes de la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2025 (IRPF 2025), cuando ya han recibido su devolución más de 4.494.000 contribuyentes, por importe de 3.147 millones de euros.

El ritmo de devoluciones ya abonadas (+3,5% interanual) evoluciona en línea con el de las propias solicitudes de devolución que presentan los contribuyentes (6.339.000, +4,4%). A su vez, los contribuyentes han presentado ya 1.179.000 declaraciones con resultado a ingresar (+6%), partiendo de que si domicilian no tienen la necesidad de realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.

1.376.000 declaraciones presentadas con ‘Renta Directa’

En este primer mes ya se han presentado 7.978.000 declaraciones, un 4,9% más que el año pasado, a pesar de que este año la campaña comenzó seis días más tarde. De ese total, por ‘Renta Directa’ se han presentado 1.376.000 declaraciones. Las presentaciones con este servicio diseñado para las declaraciones más sencillas, que no requieran modificaciones con respecto al borrador de Renta Web que ofrece la Agencia Tributaria, crecen en estos momentos un 163% interanual.

Entre otros colectivos, desde este año tendrán la posibilidad de utilizar este servicio contribuyentes con préstamo hipotecario y derecho a la deducción estatal, nuevos declarantes y, en algunos supuestos, contribuyentes con deducciones autonómicas, de tal forma que se duplican los posibles usuarios del servicio. Para las declaraciones a ingresar, además, este año se incorpora en ‘Renta Directa’ el pago con ‘Bizum’ y tarjeta que ya estaba disponible para ‘Renta Web’.

La limitación general que garantiza su utilidad para la presentación instantánea de declaraciones sigue siendo que se trate de casos en los cuales los datos fiscales que ofrece la Agencia sean trasladables automáticamente, de forma que se pueda ofrecer al contribuyente un producto cerrado para su presentación inmediata, si lo considera oportuno.

Para estos contribuyentes, la Agencia ofrece un servicio que permite la misma agilidad que la ’app’, pero adaptada a una visualización más clara en pantallas grandes, con una experiencia de usuario cómoda, información sintética y una gestión dinámica y muy breve del proceso de presentación.

El nuevo servicio está pensado para contribuyentes que no necesiten hacer ningún cambio en el borrador que les ofrece la Agencia, si bien, al igual que sucede con la ‘app’, pueden hacer las modificaciones que consideren oportunas en el servicio tradicional ‘Renta Web’ y presentar ya por esta vía, o bien guardar la sesión de trabajo para presentar después por ‘Renta Directa’.

El resto de presentaciones hasta el momento se han efectuado, también a través de la página web de la Agencia (sede.agenciatributaria.gob.es) como canal telemático principal, o mediante la ‘app’, la otra vía de presentación que junto con ‘Renta Directa’ permite la presentación ágil de declaraciones sencillas.

A través de la aplicación móvil, que este año cuenta con nuevas mejoras de diseño y visualización, y también incluye Bizum y tarjeta entre las modalidades de pago, ya se han presentado más de 635.000 declaraciones, un 24,5% más, de las cuales 446.000, un 14% más, se corresponden con presentaciones ‘en un solo clic’ y el resto son contribuyentes a los cuales la ‘app’ ha derivado a la web de la AEAT para realizar alguna modificación y han vuelto a la aplicación para concluir la presentación.

Comienza el plan ‘Le Llamamos’ de asistencia telefónica

A todas estas modalidades y canales de presentación se añade ahora y para el resto de la campaña la que en los últimos años viene siendo la principal opción de asistencia personalizada elegida por los contribuyentes, el plan telefónico ‘Le Llamamos’, que el pasado ejercicio permitió confeccionar 1.188.000 declaraciones.

Por esta vía, los contribuyentes que requieran asistencia personalizada vuelven a contar con una potente alternativa a la asistencia presencial en oficinas, pudiendo acelerar la presentación y, con ello, la eventual devolución que corresponda.

Una vez que el contribuyente pide cita (se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el 91 535 73 26) y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria.

En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia. Para evitar una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de los contribuyentes, los ciudadanos que decidan no hacer uso de su cita deben anularla por la misma vía por la cual la obtuvieron.

667.000 respuestas de los canales de asistencia digital

A lo largo de la campaña, los contribuyentes cuentan con una ampliación de materias disponibles en el ‘asistente virtual’ de Renta, que resuelve las dudas planteadas con lenguaje natural por los contribuyentes.

Si las respuestas del ‘asistente virtual’ no contienen toda la información requerida, el contribuyente puede acceder al ‘Informador’ de Renta, que cuenta con toda la información del impuesto estructurada por bloques de contenido, o bien conectarse por chat con especialistas de la Administración Digital Integral (ADI) –en horario de nueve de la mañana a siete de la tarde–, obteniendo así una asistencia personalizada para las cuestiones que hayan quedado pendientes de resolver.

Ambas herramientas, el ‘asistente virtual’ y el ‘Informador’, han ofrecido hasta ahora 667.000 respuestas a solicitud del contribuyente, un 19% más que el año pasado en estas fechas. Adicionalmente, los contribuyentes han recibido 51.000 respuestas en la ayuda sobre subvenciones del documento de datos fiscales donde se informa de la casilla concreta de ‘Renta Web’ en la cual, en su caso, se debe incorporar el importe.

Cartas preventivas para subsanar errores del contribuyente

Al igual que en los dos años anteriores, en próximas fechas la Agencia Tributaria iniciará el envío de cartas preventivas (además de avisos en Renta Web y en la ‘app’ en el apartado de estado de tramitación de la declaración), a contribuyentes que han presentado su declaración modificando información aportada por la Agencia, a efectos de que valoren si deben o no presentar una declaración complementaria adaptándose a la información que le consta a la AEAT.

Con una primera fase a mediados de mayo y una segunda en junio se prevé remitir cerca de 130.000 cartas según vayan presentando su declaración los contribuyentes. Se trata de seguir avanzando en el cumplimiento voluntario por la vía de los avisos preventivos para evitar errores y omisiones que puedan posteriormente conllevar una eventual regularización de la Agencia.

Si el contribuyente entiende que su declaración era correcta, lógicamente no tiene que modificarla, pero si considera que cometió algún tipo de error u omisión, se le da la opción de corregirla mediante la correspondiente declaración rectificativa. El pasado año se presentaron más de 45.000 declaraciones rectificativas tras recibir el aviso preventivo, evitando así comprobaciones, generación de intereses y eventuales sanciones.

Esta fórmula preventiva se suma a los avisos y ‘advertencias’ para evitar errores que la Agencia ofrece a los contribuyentes en el documento de datos fiscales y en Renta Web antes de presentar la declaración, mensajes que, además, en esta campaña se han ampliado a nuevos supuestos.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, el límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite se sitúa en 15.876 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:

  • Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV, al igual que los trabajadores por cuenta propia con alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, de acuerdo con la normativa que aprueba el nuevo régimen de cotización de los autónomos.

Revisión de datos personales y económicos

Siempre resulta conveniente revisar el borrador de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. A través de ‘Renta Web’ la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador de declaración.

Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

  • Deducciones autonómicas

  • Inmuebles y sus referencias catastrales

  • Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2025)

  • Arrendamientos de inmuebles

  • Transmisiones

  • Aportaciones a planes de pensiones

  • Cuotas sindicales

  • Percepciones por subvenciones y otras ayudas

  • Deducciones familiares y por maternidad

  • Deducción por inversión en vivienda habitual

¿Cómo obtener ‘Clave’ y el número de referencia?

El número de referencia y ‘Clave’ siguen siendo, junto al certificado, el DNI electrónicos y el sistema ‘eIDAS’ para ciudadanos de la UE, los sistemas de acceso a ‘Renta Web’ y a otros servicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución.

La obtención de ‘Clave’ requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por videoidentificación, o por internet siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el apartado de la página web de la AEAT ‘Registrarse en Clave’. También es posible efectuar el registro previo en las oficinas de la Agencia. Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitar el PIN de acceso desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la ‘app’.

A su vez, para la obtención del número de referencia se solicitará el NIF, la casilla 505 de la Renta 2024 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con valor cero en la casilla de su Renta 2024, en lugar de la casilla 505 se les solicitarán los últimos dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente.

Principales servicios de asistencia e información

Internet (https://sede.agenciatributaria.gob.es) y

(ofrece información y gestiones sin horarios)

Teléfono solicitud plan ‘Le Llamamos’:

91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicio automático, 24 horas)

91 553 00 71 / 901 22 33 44 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

Teléfono solicitud plan pequeños municipios:

91 553 00 71 / 901 22 33 44 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

Teléfono Renta Información (para resolver dudas):

91 554 87 70 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

IRPF 2025 (Datos a 6 de mayo)

IRPF 2024

IRPF 2025

% 2025/2024

NAVEGACIÓN RENTA WEB

(nº de contribuyentes)

10.903.865

11.619.262

6,56%

Declaraciones presentadas

7.602.760

7.978.391

4,94%

Declaraciones a ingresar

1.112.776

1.179.413

5,99%

Importe (millones de €)

1.189,145

1.480,780

24,52%

Declaraciones con solicitud de devolución

6.074.377

6.338.970

4,36%

Importe (millones de €)

5.156,783

5.418,919

5,08%

Devoluciones Pagadas

4.341.638

4.494.651

3,52%

Importe (millones de €)

3.039,947

3.147,075

3,52%

Nota: La suma de declaraciones a ingresar y devoluciones no coincide con las declaraciones presentadas, dado que no se incluyen las declaraciones negativas y las declaraciones con renuncia a la devolución.

Declaraciones presentadas

DELEGACIONES

PROVINCIALES

Total, declaraciones presentadas

IRPF 2024

Total, declaraciones presentadas

IRPF 2025

% Variación

Presentadas 2025/2024

ALMERÍA

166.181

172.910

4,05%

CÁDIZ

192.342

194.996

1,38%

CÓRDOBA

115.569

119.761

3,63%

GRANADA

147.582

151.134

2,41%

HUELVA

123.280

127.023

3,04%

JAÉN

87.282

89.139

2,13%

MÁLAGA

266.886

276.212

3,49%

SEVILLA

374.734

378.730

1,07%

JEREZ

59.760

60.871

1,86%

CEUTA

15.300

16.133

5,44%

MELILLA

17.268

17.901

3,67%

ANDALUCÍA

1.566.184

1.604.810

2,47%

HUESCA

31.732

34.103

7,47%

TERUEL

15.337

17.196

12,12%

ZARAGOZA

183.809

190.473

3,63%

ARAGÓN

230.878

241.772

4,72%

OVIEDO

113.296

122.735

8,33%

GIJÓN

58.146

62.446

7,40%

ASTURIAS

171.442

185.181

8,01%

ILLES BALEARS

152.335

156.651

2,83%

ILLES BALEARS

152.335

156.651

2,83%

LAS PALMAS

213.119

222.245

4,28%

STA. CRUZ DE TENERIFE

174.549

188.280

7,87%

CANARIAS

387.668

410.525

5,90%

CANTABRIA

92.648

96.906

4,60%

CANTABRIA

92.648

96.906

4,60%

ALBACETE

54.702

59.092

8,03%

CIUDAD REAL

69.955

73.215

4,66%

CUENCA

25.648

27.888

8,73%

GUADALAJARA

52.538

55.300

5,26%

TOLEDO

114.469

121.148

5,83%

CASTILLA-LA MANCHA

317.312

336.643

6,09%

ÁVILA  

22.431

24.566

9,52%

BURGOS

57.135

58.422

2,25%

LEÓN

71.356

73.304

2,73%

PALENCIA

24.973

25.271

1,19%

SALAMANCA

50.182

51.385

2,40%

SEGOVIA

23.393

24.842

6,19%

SORIA

12.569

13.259

5,49%

VALLADOLID

99.056

101.568

2,54%

ZAMORA

20.616

21.592

4,73%

CASTILLA Y LEÓN

381.711

394.209

3,27%

BARCELONA

939.915

1.013.080

7,78%

GIRONA

106.990

119.867

12,04%

LLEIDA

60.606

66.160

9,16%

TARRAGONA

125.974

136.574

8,41%

CATALUÑA

1.233.485

1.335.681

8,29%

BADAJOZ

97.335

103.009

5,83%

CÁCERES

57.281

59.672

4,17%

EXTREMADURA

154.616

162.681

5,22%

A CORUÑA

161.330

165.692

2,70%

LUGO

35.448

36.942

4,21%

OURENSE

37.505

38.797

3,44%

PONTEVEDRA

72.927

76.576

5,00%

VIGO

60.668

61.990

2,18%

GALICIA

367.878

379.997

3,29%

MADRID

1.505.210

1.597.300

6,12%

MADRID

1.505.210

1.597.300

6,12%

MURCIA

201.696

212.441

5,33%

CARTAGENA

68.586

72.564

5,80%

MURCIA

270.282

285.005

5,45%

NAVARRA

1.096

1.133

3,38%

NAVARRA

1.096

1.133

3,38%

ÁLAVA

313

387

23,64%

GUIPÚZCOA

422

484

14,69%

VIZCAYA

707

798

12,87%

PAÍS VASCO

1.442

1.669

15,74%

LA RIOJA

51.926

56.378

8,57%

LA RIOJA

51.926

56.378

8,57%

ALICANTE

250.015

256.009

2,40%

CASTELLÓN

87.354

88.344

1,13%

VALENCIA

379.278

387.497

2,17%

C. VALENCIANA

716.647

731.850

2,12%

TOTAL NACIONAL

7.602.760

7.978.391

4,94%

Devoluciones solicitadas y pagadas (importes en millones de euros)

DELEGACIONES

PROVINCIALES

Solicitadas (nº) IRPF 2025

Pagadas (nº)

IRPF 2025

% Pag./ sol.

Importe solicitado

IRPF 2025

Importe pagado

IRPF 2025

% Pag./ Sol.

ALMERÍA

145.638

109.229

75,00%

78,057

49,433

63,33%

CÁDIZ

154.362

110.254

71,43%

133,613

75,291

56,35%

CÓRDOBA

93.490

65.472

70,03%

65,458

37,476

57,25%

GRANADA

116.071

78.790

67,88%

84,948

46,376

54,59%

HUELVA

105.846

77.506

73,23%

64,517

38,297

59,36%

JAÉN

71.068

48.687

68,51%

46,868

26,656

56,87%

MÁLAGA

216.317

150.700

69,67%

162,543

90,410

55,62%

SEVILLA

303.127

211.104

69,64%

233,870

130,239

55,69%

JEREZ

48.190

34.252

71,08%

38,443

21,753

56,59%

CEUTA

12.123

8.911

73,50%

8,965

5,599

62,45%

MELILLA

13.339

9.612

72,06%

10,283

6,188

60,18%

ANDALUCÍA

1.279.571

904.517

70,69%

927,565

527,718

56,89%

HUESCA

27.094

18.881

69,69%

19,564

11,478

58,67%

TERUEL

13.192

8.913

67,56%

9,206

5,203

56,52%

ZARAGOZA

149.420

106.884

71,53%

115,093

67,866

58,97%

ARAGÓN

189.706

134.678

70,99%

143,863

84,548

58,77%

OVIEDO

100.605

67.650

67,24%

113,773

57,070

50,16%

GIJÓN

50.257

33.983

67,62%

54,578

27,859

51,04%

ASTURIAS

150.862

101.633

67,37%

168,351

84,929

50,45%

ILLES BALEARS

110.993

76.179

68,63%

91,428

52,412

57,33%

ILLES BALEARS

110.993

76.179

68,63%

91,428

52,412

57,33%

LAS PALMAS

185.736

136.441

73,46%

149,040

90,724

60,87%

TENERIFE

156.666

113.741

72,60%

142,389

85,393

59,97%

CANARIAS

342.402

250.182

73,07%

291,429

176,117

60,43%

CANTABRIA

80.752

55.101

68,23%

74,218

39,888

53,74%

CANTABRIA

80.752

55.101

68,23%

74,218

39,888

53,74%

ALBACETE

44.824

30.074

67,09%

35,692

19,329

54,16%

CIUDAD REAL

55.229

37.333

67,60%

44,819

24,452

54,56%

CUENCA

22.149

14.534

65,62%

17,964

9,256

51,52%

GUADALAJARA

42.848

29.401

68,62%

39,154

21,502

54,92%

TOLEDO

92.386

63.583

68,82%

75,296

42,863

56,93%

C.-LA MANCHA

257.436

174.925

67,95%

212,925

117,400

55,14%

ÁVILA  

18.788

12.824

68,26%

14,158

7,723

54,55%

BURGOS

45.806

30.892

67,44%

39,162

21,098

53,87%

LEÓN

57.279

39.456

68,88%

47,407

25,989

54,82%

PALENCIA

19.962

13.979

70,03%

15,566

8,820

56,67%

SALAMANCA

39.518

27.886

70,57%

29,244

16,826

57,54%

SEGOVIA

19.563

13.642

69,73%

14,292

8,298

58,06%

SORIA

10.458

7.135

68,23%

7,605

4,309

56,65%

VALLADOLID

81.368

57.109

70,19%

67,728

38,322

56,58%

ZAMORA

16.649

11.409

68,53%

11,484

6,572

57,23%

C. Y LEÓN

309.391

214.332

69,28%

246,646

137,958

55,93%

BARCELONA

709.915

492.635

69,39%

661,243

368,643

55,75%

GIRONA

85.152

58.679

68,91%

73,787

42,186

57,17%

LLEIDA

47.265

32.813

69,42%

35,876

20,668

57,61%

TARRAGONA

96.787

66.162

68,36%

86,131

46,675

54,19%

CATALUÑA

939.119

650.289

69,24%

857,036

478,171

55,79%

BADAJOZ

79.710

56.690

71,12%

48,962

29,513

60,28%

CÁCERES

45.381

31.977

70,46%

28,614

16,883

59,00%

EXTREMADURA

125.091

88.667

70,88%

77,576

46,397

59,81%

A CORUÑA

133.110

95.752

71,93%

104,613

59,815

57,18%

LUGO

28.979

20.483

70,68%

19,908

11,736

58,95%

OURENSE

29.469

20.614

69,95%

20,457

11,516

56,29%

PONTEVEDRA

61.610

43.265

70,22%

47,233

26,215

55,50%

VIGO

51.365

37.707

73,41%

41,279

24,440

59,21%

GALICIA

304.533

217.821

71,53%

233,489

133,721

57,27%

MADRID

1.380.591

1.025.228

74,26%

1.430,715

891,481

62,31%

MADRID

1.380.591

1.025.228

74,26%

1.430,715

891,481

62,31%

MURCIA

176.684

124.674

70,56%

133,239

75,525

56,68%

CARTAGENA

59.966

43.697

72,87%

50,591

28,693

56,72%

MURCIA

236.650

168.371

71,15%

183,830

104,218

56,69%

NAVARRA

859

599

69,73%

0,501

0,304

60,68%

NAVARRA

859

599

69,73%

0,501

0,304

60,68%

ÁLAVA

293

202

68,94%

0,157

0,086

54,76%

GUIPÚZCOA

356

272

76,40%

0,200

0,130

65,10%

VIZCAYA

575

415

72,17%

0,349

0,207

59,47%

PAÍS VASCO

1.224

889

72,63%

0,705

0,423

60,02%

LA RIOJA

46.397

32.875

70,86%

37,907

22,883

60,37%

LA RIOJA

46.397

32.875

70,86%

37,907

22,883

60,37%

ALICANTE

198.160

137.286

69,28%

140,418

82,195

58,54%

CASTELLÓN

71.767

48.541

67,64%

54,046

30,013

55,53%

VALENCIA

313.466

212.538

67,80%

246,270

136,298

55,34%

C. VALENCIANA

583.393

398.365

68,28%

440,735

248,506

56,38%

TOTAL NACIONAL

6.338.970

4.494.651

70,91%

5.418,919

3.147,075

58,08%