Registro de operadores de embarcaciones de alta velocidad
Datos Generales
Denominación
Registro de operadores de embarcaciones de alta velocidad
Tipo de procedimiento
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia
Aduanas
Objeto
Solicitud de inscripción en el registro especial de operadores de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad, que deberá presentarse a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
telemática, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria
Fases del procedimiento/servicio
Iniciación: solicitud de inscripción en el registro, aportando los datos identificativos, la actividad y el área geográfica en que se desarrollará.
Tramitación: durante el período transitorio de 6 meses se entenderá concedida la solicitud, salvo resolución expresa en contrario, sin que ello condicione la decisión final que se deba adoptar.
Terminación: inscripción en el registro.
Formularios
Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Alzada: en el plazo de un mes si el acto es expreso. En otro caso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Se puede presentar ante el órgano que dictó el acto o ante el competente para resolverlo, y se dirigirá ante el superior jerárquico del órgano que los dictó.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
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Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre,
por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación con las embarcaciones utilizadas (BOE 27-octubre-2018).
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Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (BOE 22-septiembre-2021).
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Orden HFP/184/2022, de 8 de marzo,
por la que se regula el contenido del Registro especial de operadores de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad, el procedimiento para la inscripción de los operadores, el régimen para la utilización, circulación y tenencia de las mismas, y se aprueban los modelos de certificado de operador de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad y de autorización de uso de las mismas (BOE 15-marzo-2022)