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II. EE. Autorización. Devolución a fábrica o Depósito Fiscal de productos o destrucción por inadecuación consumo humano.

Datos Generales

Denominación

II. EE. Autorización. Devolución a fábrica o Depósito Fiscal de productos o destrucción por inadecuación consumo humano.

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Impuestos Especiales. Devolución a fábrica o depósito fiscal de bebidas alcohólicas que hayan dejado de ser adecuadas para el consumo humano.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática.

Oficinas de la AEAT

Documentación

Solicitud del propietario a la Oficina Gestora de IIEE correspondiente al lugar dónde se encuentren las bebidas.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: presentación solicitud.

Tramitación: por Oficina Gestora de II. EE.

Resolución: por Oficina Gestora de II. EE. y devolución del impuesto al establecimiento en que se introdujeron las bebidas.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

6 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica