II. EE. Devolución ingresos indebidos por impuestos especiales.
Datos Generales
Denominación
II. EE. Devolución ingresos indebidos por impuestos especiales.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Solicitud del sujeto pasivo del impuesto o del repercutido ante la Oficina gestora de Impuestos Especiales, que tramita y acuerda la procedencia o no de la devolución.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática.
Oficinas de la AEAT
Documentación
Solicitud de devolución de las cuotas indebidamente satisfechas.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio. Presentación solicitud ante Oficina Gestora de II. EE.
Tramitación. Por Oficina Gestora de II. EE.
Terminación. Resolución por Oficina Gestora de II. EE.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
-
Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria. Artículo 155. (BOE 18-diciembre-2003)
-
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. (BOE 05-septiembre-2007)