II. EE. Modelo 571. Aplicación del beneficio devolución de los impuestos especiales hidrocarburos.
Datos Generales
Denominación
II. EE. Modelo 571. Aplicación del beneficio devolución de los impuestos especiales hidrocarburos.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Impuestos Especiales (II. EE). Reconocimiento previo, por la Oficina Gestora de Aduanas e Impuestos Especiales, a la aplicación del derecho a la devolución de las cuotas satisfechas por el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos por el consumo de productos objeto del impuesto a los que sean de aplicación los tipos establecidos en la tarifa 1ª; en usos distintos a los de combustible y carburante, y por la utilización de productos objeto del impuesto en proyectos piloto para el desarrollo tecnológico de productos menos contaminantes.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática.
Oficinas de la AEAT
Documentación
Solicitud de autorización para la aplicación del beneficio de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio: Presentación solicitud, acompañada de memoria de proceso productivo.
Tramitación: Por la Oficina Gestora de Aduanas e II. EE.
Terminación: Resolución por la Oficina Gestora de Aduanas e II. EE. competente.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
Resolución de 9 de julio de 1996, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,por la que se aprueban los modelos de tarjetas de Inscripción en el registro territorial y los modelos de autorizaciones de aplicación de beneficios de devolución. (BOE 24-julio-1996)