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II. EE. Utilización como carburante de productos del Art 46.2 LIE, o como combustible de los hidrocarburos del Art 42.3

Datos Generales

Denominación

II. EE. Utilización como carburante de productos del Art 46.2 LIE, o como combustible de los hidrocarburos del Art 42.3

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Autorización de utilización como carburante o combustible de determinados productos no comprendidos en el artículo 46.1 de la Ley de Impuestos Especiales.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática.

Oficinas de la AEAT

Documentación

Solicitud de autorización para utilización de determinados productos del Artº 46.2 y 3 de la Ley 38/1992, como combustible o carburante.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: presentación solicitud.

Terminación: Resolución por Ministro de Economía y Hacienda.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

6 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica