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Comprobación censal. Bajas cautelares Registro devoluciones mensuales (REDEME).

Datos Generales

Denominación

Comprobación censal. Bajas cautelares Registro devoluciones mensuales (REDEME).

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Tramitación de las bajas cautelares REDEME y del expediente de baja definitiva que hay que iniciar en el plazo de un mes desde aquéllas.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

oficio

Solicitante: Administración

Lugar de presentación

Telemáticas.

Oficinas de Correos.

Oficinas de la AEAT.

Demás lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: informe/propuesta de baja cautelar en el REDEME.

Tramitación: propuesta de baja definitiva (en el plazo de un mes desde el acuerdo de baja cautelar) y análisis, en su caso, de las alegaciones que se presenten.

Terminación: acuerdo baja cautelar previo a la propuesta de baja definitiva/ Acuerdo de baja definitiva. El plazo de resolución para baja cautelar no existe. El plazo de resolución para baja definitiva es de 6 meses. Ejecución: Ejecución manual de las modificaciones censales que implique el acuerdo adoptado.

Ejecución: Ejecución manual de las modificaciones censales que implique el acuerdo adoptado.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

No tiene

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica

Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,

por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. Art. 144.4 y 145 (BOE 05-septiembre-2007)