Modelo 718. Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
Datos Generales
Denominación
Modelo 718. Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Grava el patrimonio neto de las personas físicas cuando éste sea superior a 3.000.000 de euros, devengándose el el 31 de diciembre de cada año, afectando al patrimonio neto del que sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria
Fases del procedimiento/servicio
No tiene fases específicas de tramitación
Formularios
Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
No procede la interposición de recursos
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
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Artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre,
para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias (BOE 28-diciembre-2022)
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Orden HFP/587/2023, de 9 de junio,
por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE 12-juniuo-2023).