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Cuenta corriente tributaria

Datos Generales

Denominación

Cuenta corriente tributaria

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Analizar el cumplimiento de los requisitos para acogerse al sistema de cuenta corriente tributaria.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática.

Oficinas de la AEAT.

Oficinas de Correos.

Demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Documentación

Solicitud en el Anexo normativamente establecido.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio. Presentación de la solicitud

Tramitación. Propuesta, alegaciones

Terminación. Resolución

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

3 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica

  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,

    por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. Artículos 138 a 143. (BOE 5-septiembre-2007)

  • Orden HFP/1032/2021, de 29 de septiembre,

    por la que se aprueba el modelo de solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de Cuenta Corriente en materia Tributaria y se regula la forma, condiciones y procedimiento de su presentación (BOE 30-septiembre-2021).