Documentación modelo 030
El modelo 030 debe acompañarse de documentación adicional al marcar las siguientes casillas:
Casilla 101 y 102. Alta:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero).
Casilla 103 y 104. Domicilio:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
Casilla 105 y 106. Domicilio notificaciones:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
Casilla 109 y 110. Solicitud de NIF:
- En el caso que la solicitud de NIF sea para una persona física de nacionalidad extranjera (NIF M):
- Pasaporte en vigor del solicitante u otro Documento de Identidad en vigor equivalente al Documento Nacional de Identidad de su país de origen que acredite su identidad, edad y nacionalidad.
- Acreditar que, aunque aún no le haya sido asignado, ha solicitado el NIE a la Dirección General de la Policía o en su caso documentación que justifique no estar obligado a disponer de Número de Identidad de Extranjeros (NIE)
- Acreditar documentalmente la operación de naturaleza o con trascendencia tributaria que va a realizar (por ejemplo, contrato de trabajo, documentos de compraventa de una propiedad, carta de admisión de una universidad, etc.)
- En el caso que la solicitud de NIF sea para una persona física de nacionalidad española menor de 14 años residente en España (NIF K) debe aportar:
- NIF del padre o madre o tutor legal, representante legal.
- Libro de Familia (página en la que conste el titular o titulares del libro y página en la que conste el hijo para el que se solicita el NIF) o Certificado de Nacimiento del menor.
- En el caso que la solicitud de NIF sea para una persona física de nacionalidad española residente en el extranjero (NIF L).
- Pasaporte en vigor.
- Documento que acredite su residencia en el extranjero.
Casilla 107 y 108. Modificación de datos identificativos:
- Si comunica la variación de sus datos identificativos o personales, deberá aportar:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
- Documentación acreditativa de la variación de datos personales solicitada.
- Si cambia de residencia fiscal al extranjero, deberá aportar:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L
- Certificado de residencia fiscal emitido por la Autoridad Fiscal correspondiente al domicilio del solicitante en el extranjero.
Casilla 111 y 112. Modificacion de Estado Civil:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
Casilla 115 y 116. Solicitud de nueva tarjeta NIF:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
Casilla 117. Alta Avisos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta acreditativa del NIE (Número de Identidad de Extranjero) del solicitante, o pasaporte en caso de disponer NIF M o L.
Casilla 701 Representantes (Apartado 8):
- Título de representación. A título de ejemplo:
- Menores de edad:
- Para acreditar la patria potestad: presentar el libro de familia o resolución judicial, en caso de separación o divorcio.
- Para acreditar la tutela, curatela o defensa judicial: presentar resolución judicial o certificado del Registro Civil.
- Mayores de edad con discapacidad sobre los que se haya establecido curatela representativa: presentar resolución judicial.
- Menores de edad:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), tarjeta acreditativa del NIE o Pasaporte en vigor en caso de personas con NIF M y L, del representante.
La no presentación de la documentación solicitada o su presentación de forma incompleta o inexacta puede motivar el archivo de su petición (artículos 88 y 89 Reglamento de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio).