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Información al interesado sobre protección de datos

4.5.4. Excepciones

El artículo 22 del Reglamento UE 2016/679 excluye el derecho de oposición en el caso de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, cuando estén autorizadas por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento y que establezca asimismo medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado, como es el caso de la Agencia Tributaria.

Adicionalmente, el artículo vigente 23.3 de la Ley Orgánica 15/1999, adecuado al nuevo Reglamente, establece que “Los responsables de los ficheros de la Hacienda Pública podrán, igualmente, denegar el ejercicio de los derechos a que se refiere el apartado anterior [acceso, la rectificación o cancelación] cuando el mismo obstaculice las actuaciones administrativas tendentes a asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y, en todo caso, cuando el afectado esté siendo objeto de actuaciones inspectoras”.