Medicamentos, productos sanitarios y cosméticos
Si eres un viajero que desea introducir medicamentos en España, infórmate de los requisitos
La entrada de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos que conduzcan los viajeros destinados a su propio uso no estará sujeta a intervención sanitaria previa, si bien esta podrá efectuarse cuando, por su cuantía o su destino, así se aconseje.
La legislación nacional vigente permite a los viajeros llevar su medicación personal, aunque el viajero debe probar que los medicamentos están destinados a su propia administración o tratamiento. La prueba de que los medicamentos están destinados a la propia administración o tratamiento del viajero puede realizarse, por ejemplo, mediante la receta o el informe médico.
Los viajeros que tengan dudas en relación con esta materia pueden informarse en los centros dependientes de Servicios de Inspección Farmacéutica de las Áreas de Sanidad y Política Social de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que tienen encomendada esta competencia.