Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración
En qué viviendas debes realizar las obras, cuáles son los plazos, qué obras dan derecho a la deducción, cómo acreditas la mejora, cuándo y sobre qué cantidad aplicas la deducción
¿En qué viviendas puedes realizar las obras?
En tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu titularidad que tengas arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, la alquiles antes de 31 de diciembre de 2025.
No podrás aplicar la deducción por la parte de la obra que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda que esté afecta a una actividad económica.