Diseños lógicos

TIPO DE REGISTRO 2: REGISTRO DE OPERADOR INTRACOMUNITARIO

(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)

 

POSIC.      NATURALEZA    DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1                 Numérico            TIPO DE REGISTRO

Numérico de una posición

Constante "2" (Dos)

 

2-4              Numérico            MODELO DECLARACIÓN

Numérico de 3 posiciones

Constante "349"

 

5-8              Numérico            EJERCICIO

Numérico de 4 posiciones

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

 

9-17            Alfanumérico       NIF DEL DECLARANTE

Alfanumérico de 9 posiciones

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

 

18-75          Alfanumérico       BLANCOS

 

76-92          Alfanumérico       NIF OPERADOR COMUNITARIO

Alfanumérico de 17 posiciones

Se compone de los subcampos:

76-77   Código país

Alfabético de 2 posiciones

Se compone de las dos primeras letras identificativas del Estado miembro de la UE.

78-92   Número

Alfanumérico de 15 posiciones

Campo alfanumérico, que se ajustará a la izquierda y se rellenará con blancos a la derecha en los casos en que dicho número tenga menos de 15 posiciones.

 

Composición del NIF comunitario de los distintos Estados miembros:

A partir del 1 de mayo de 2004, con la incorporación de nuevos países a la Unión Europea, debe tenerse en cuenta la composición del NIF aplicable en cada uno de dichos países, a efectos de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, modelo 349.

 

País                     Código país     Número

Alemania                   DE             9 caracteres numéricos

Austria                       AT             9 caracteres alfanuméricos

Bélgica                      BE             10 caracteres numéricos

Bulgaria                     BG             9 o 10 caracteres numéricos

Chipre                       CY             9 caracteres alfanuméricos

Croacia                     HR             11 caracteres numéricos

Dinamarca                DK             8 caracteres numéricos

Eslovenia                  SI               8 caracteres numéricos

Estonia                      EE             9 caracteres numéricos

Finlandia                    FI               8 caracteres numéricos

Francia                      FR             11 caracteres alfanuméricos

Grecia                       EL              9 caracteres numéricos

Gran Bretaña            GB             5, 9 o 12 caracteres alfanuméricos

Holanda                     NL             12 caracteres alfanuméricos

Hungría                     HU             8 caracteres numéricos

Italia                           IT               11 caracteres numéricos

Irlanda                       IE               8 o 9 caracteres alfanuméricos

Letonia                      LV              11 caracteres numéricos

Lituania                      LT              9 o 12 caracteres numéricos

Luxemburgo              LU             8 caracteres numéricos

Malta                         MT             8 caracteres numéricos

Polonia                      PL              10 caracteres numéricos

Portugal                     PT             9 caracteres numéricos

República Checa      CZ             8, 9 o 10 caracteres numéricos

República Eslovaca  SK             10 caracteres numéricos

Rumanía                   RO            de 2 a 10 caracteres numéricos

Suecia                       SE             12 caracteres numéricos

 

93-132        Alfanumérico       APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OPERADOR INTRACOMUNITARIO

Alfanumérico de 40 posiciones

Se cumplimentará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

 

133             Alfabético            CLAVE DE OPERACIÓN

Alfabético de una posición

Se consignará la que corresponda según la siguiente relación:

E          Entregas intracomunitarias exentas, excepto las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares que se consignará "T" y las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta.

A          Adquisiciones intracomunitarias sujetas.

T          Entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares. Cuando se realice alguna entrega de bienes de las mencionadas en el artículo 79, apartado 5º del Reglamento del IVA.

Estas operaciones, cuando sean efectuadas para un destinatario para el cual se hayan realizado entregas intracomunitarias, se consignarán en un registro independiente de aquél en que se hayan consignado estas últimas operaciones.

S          Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el sujeto pasivo declarante.

I           Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el territorio de aplicación del Impuesto,  prestadas por empresarios o profesionales establecidos en otros Estados miembros cuyo destinatario es el declarante.

M         Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

H         Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la Ley del Impuesto.

 

134-146      Numérico            BASE IMPONIBLE

Numérico de 13 posiciones

Se hará constar el importe total de la Base Imponible del conjunto de las entregas intracomunitarias exentas, si se ha consignado clave de operación E, del conjunto de las adquisiciones intracomunitarias sujetas, si se ha consignado clave de operación A, del conjunto de las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares, si se ha consignado clave de operación T, del conjunto de prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas si se ha consignado clave de operación S, del conjunto de adquisiciones intracomunitarias de servicios si se ha consignado clave de operación I, del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la LIVA, si se ha consignado  clave de operación M o del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º realizadas por el representante fiscal en nombre y por cuenta del importador, si se ha consignado  clave de operación H, para cada operador intracomunitario. Por lo tanto, si en un mismo periodo se han realizado varias operaciones con un operador intracomunitario, éstas deberán acumularse por clave de operación con el fin de consignar un único registro por cada clave de operación y periodo. En cuanto a las operaciones triangulares, también deberán acumularse por operador intracomunitario y periodo, no obstante se consignarán en un registro independiente de aquellas operaciones distintas de éstas.

 

Se consignarán las operaciones mencionadas en los artículos 79 y 80 del Reglamento del IVA.

 

Los importes deben consignarse en EUROS.

 

Este campo se subdivide en dos:

134-144           Parte entera del importe de las entregas, si no tiene contenido se consignará a ceros.

145-146           Parte decimal del importe de las entregas, si no tiene contenido se consignará a ceros.

 

147-500      --------------           BLANCOS

 

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda, sin signos, sin empaquetar y sin decimales.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.