Diseños lógicos

TIPO DE REGISTRO 2: REGISTRO DE RECTIFICACIONES

 

Cumplimentación registro de rectificaciones

(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)

 

POSIC.      NATURALEZA    DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1                 Numérico            TIPO DE REGISTRO

Numérico de una posición

Constante "2" (Dos)

 

2-4              Numérico            MODELO DECLARACIÓN

Numérico de 3 posiciones

Constante "349"

 

5-8              Numérico            EJERCICIO

Numérico de 4 posiciones

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

 

9-17            Alfanumérico       NIF DEL DECLARANTE

Alfanumérico de 9 posiciones

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

 

18-75          Alfanumérico       BLANCOS

 

76-92          Alfanumérico       NIF OPERADOR COMUNITARIO

Alfanumérico de 17 posiciones

Se compone de los subcampos:

76-77   Código país

Alfabético de 2 posiciones

Se compone de las dos primeras letras identificativas del Estado miembro de la UE.

78-92   Número

Alfanumérico de 15 posiciones

Campo alfanumérico, que se ajustará a la izquierda y se rellenará con blancos a la derecha en los casos en que dicho número tenga menos de 15 posiciones.

 

Composición del NIF comunitario de los distintos Estados miembros:

A partir del 1 de mayo de 2004, con la incorporación de nuevos países a la Unión Europea, debe tenerse en cuenta la composición del NIF aplicable en cada uno de dichos países, a efectos de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, modelo 349.

 

País                       Código país   Número

Alemania                     DE           9 caracteres numéricos

Austria                         AT           9 caracteres alfanuméricos

Bélgica                        BE           10 caracteres numéricos

Bulgaria                       BG           9 o 10 caracteres numéricos

Chipre                         CY           9 caracteres alfanuméricos

Croacia                     HR             11 caracteres numéricos

Dinamarca                  DK           8 caracteres numéricos

Eslovenia                    SI             8 caracteres numéricos

Estonia                        EE           9 caracteres numéricos

Finlandia                      FI             8 caracteres numéricos

Francia                        FR           11 caracteres alfanuméricos

Grecia                         EL            9 caracteres numéricos

Gran Bretaña              GB           5, 9 o 12 caracteres alfanuméricos

Holanda                       NL           12 caracteres alfanuméricos

Hungría                       HU           8 caracteres numéricos

Italia                             IT             11 caracteres numéricos

Irlanda                         IE             8 o 9 caracteres alfanuméricos

Letonia                        LV            11 caracteres numéricos

Lituania                        LT            9 o 12 caracteres numéricos

Luxemburgo                LU           8 caracteres numéricos

Malta                           MT           8 caracteres numéricos

Polonia                        PL            10 caracteres numéricos

Portugal                       PT           9 caracteres numéricos

República Checa        CZ           8, 9 o 10 caracteres numéricos

República Eslovaca    SK           10 caracteres numéricos

Rumanía                     RO          de 2 a 10 caracteres numéricos

Suecia                         SE           12 caracteres numéricos

 

93-132        Alfanumérico       APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OPERADOR INTRACOMUNITARIO

Alfanumérico de 40 posiciones

Se cumplimentará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

 

133             Alfabético            CLAVE DE OPERACIÓN

Alfabético de una posición

Se consignará la que corresponda según la siguiente relación:

E          Rectificaciones a las entregas intracomunitarias exentas.

A          Rectificaciones a las adquisiciones intracomunitarias sujetas.

T          Rectificaciones a las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares. Cuando se realice alguna entrega de bienes de las mencionadas en el artículo 79, apartado 5º del Reglamento del IVA.

Estas operaciones, cuando sean efectuadas para un destinatario para el cual se hayan realizado entregas intracomunitarias, se consignarán en un registro independiente de aquél en que se hayan consignado estas últimas operaciones.

S          Rectificaciones a las prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el sujeto pasivo declarante.

I           Rectificaciones a las adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el territorio de aplicación del Impuesto prestadas por empresarios o profesionales establecidos en otros Estados miembros cuyo destinatario es el declarante.

M         Rectificaciones a las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. (Sólo para operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2011).

H         Rectificaciones a las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la Ley del Impuesto. (Sólo para operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2011).

 

 

134-146      ----------------        BLANCOS

 

147-178      Alfanumérico       RECTIFICACIONES

Estos campos se cumplimentarán cuando se hayan producido circunstancias que supongan errores o rectificaciones de las bases consignadas en declaraciones anteriores. La rectificación se incluirá en el periodo en que se hubiera notificado tal modificación al destinatario de los bienes. Por tanto este campo se rellenará únicamente si la operación que se consigna es una rectificación a una entrega, adquisición intracomunitaria, operación triangular, prestación intracomunitaria de servicios o adquisición intracomunitaria de servicios.

 

Se compone de los siguientes subcampos:

147-150           Ejercicio

Numérico de 4 posiciones

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración que se corrige.

151-152           Periodo

Alfanumérico de 2 posiciones

Periodo al que corresponde la declaración que se corrige, codificado con las siguientes claves:

"01"      - Enero

"02"      - Febrero

"03"      - Marzo

"04"      - Abril

"05"      - Mayo

"06"      - Junio

"07"      - Julio

"08"      - Agosto

"09"      - Septiembre

"10"      - Octubre

"11"      - Noviembre

"12"      - Diciembre

"1T"     - Primer trimestre

"2T"     - Segundo trimestre

"3T"     - Tercer trimestre

"4T"     - Cuarto trimestre

"0A"     (cero A) - Periodicidad anual

 

153-165           Base imponible rectificada

Numérico de 13 posiciones

Se consignará el nuevo importe total de la Base Imponible de las entregas intracomunitarias exentas, si se ha consignado clave de operación E, de las adquisiciones intracomunitarias sujetas, si se ha consignado clave de operación A, de las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares, si se ha consignado clave de operación T, de las prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas si se ha consignado clave de operación S,  del conjunto de adquisiciones intracomunitarias de servicios si se ha consignado clave de operación I, del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la LIVA, si se ha consignado  clave de operación M y del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º realizadas por el representante fiscal en nombre y por cuenta del importador, si se ha consignado  clave de operación H, que corresponda al operador intracomunitario y al periodo indicado, una vez modificado el importe de la Base imponible de la operación que se desea rectificar. Por lo tanto, si en un mismo periodo se han realizado varias operaciones con un operador intracomunitario y en una o varias de ellas se quiere rectificar la base imponible que se declaró, se acumularán en un único registro, por clave de operación y periodo, el total de bases imponibles de todas las operaciones una vez rectificadas las bases imponibles que correspondan.

 

Los importes deben consignarse en EUROS.

 

Este campo se subdivide en dos:

153-163           Parte entera del importe de la base imponible rectificada, si no tiene contenido se consignará a ceros.

164-165           Parte decimal del importe de la base imponible rectificada, si no tiene contenido se consignará a ceros.

 

166-178           Base imponible declarada anteriormente

Numérico de 13 posiciones

Importe de la Base imponible de la operación que se consignó en la declaración que se corrige.

 

Los importes deben consignarse en EUROS.

 

Este campo se subdivide en dos:

166-176           Parte entera del importe de la base imponible declarada anteriormente, si no tiene contenido se consignará a ceros.

177-178           Parte decimal del importe de la base imponible declarada anteriormente, si no tiene contenido se consignará a ceros.

 

179-500      ----------------        BLANCOS

 

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.