Para mayores de 70 años
Normativa: Art. 110-14 Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre
Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción
75 euros por cada contribuyente que cumpla los siguientes requisitos:
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Que el contribuyente tenga 70 o más años de edad y obtenga rendimientos integrables en la base imponible general, siempre que no procedan exclusivamente del capital.
El contribuyente debe necesariamente obtener algún rendimiento que provenga de los rendimientos del trabajo y/o de las actividades económicas para que la deducción sea aplicable. Asimismo, ha de tenerse en cuenta que las ganancias patrimoniales que no derivan de transmisiones se considerarán rentas del capital a los efectos de determinar si se cumplen los requisitos para poder aplicar la deducción.
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Que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no sea superior a las siguientes cantidades: