Pagos fraccionados
Qué son, cuándo y cómo tienes que efectuarlos
Cuándo tienes que realizar pagos fraccionados
Debes realizarlos cuando ejerces una actividad económica con independencia del método (estimación directa u objetiva) que utilices para determinar tus rendimientos.
En el caso de entidades en atribución de rentas que ejerzan actividades económicas los pagos fraccionados los debe realizar cada socio, comunero o partícipe en proporción a su participación en el beneficio de la entidad.
No debes realizar pagos fraccionados:
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En las actividades profesionales cuando, en el año natural anterior, al menos el 70% de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
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En las actividades agrícolas, ganaderas y forestales cuando, en el año natural anterior, al menos el 70% de los ingresos de la explotación, a excepción de las subvenciones corrientes o de capital y las indemnizaciones, fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
Cuando inicias una actividad, para calcular el 70%, tendrás en cuenta los ingresos objeto de retención o ingreso a cuenta del período al que se refiere el pago fraccionado.