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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2018

7.1.1. Datos adicionales de la vivienda habitual

Se abrirá una ventana de captura de datos en la que deberá consignar los siguientes datos relativos a la vivienda en la que tiene su domicilio actual, domicilio que tiene cuando se presenta la declaración (año 2019) sea como propietario, usufructuario o arrendatario, o como simple residente en la misma por razones de convivencia familiar u otras.

Además, en el supuesto de propiedad, en todo o en parte, de la vivienda, se harán constar, en su caso, los datos de las plazas de garaje, con un máximo de dos, y de los trasteros y anexos adquiridos conjuntamente con la misma.

NOTA: Si desea que el programa traslade los datos de la vivienda habitual actual a la declaración del cónyuge deberá marcar con una "X" la casilla correspondiente de la ventana.

Residentes en el extranjero

Deberá consignar todos los datos de su residencia, así como indicar el código de país, indicando también si su domicilio está situado en algún país perteneciente a la Unión europea, o a otros.

El programa abre un desplegable con toda la relación de países posibles, en el momento que se marque cualquiera de ellos, automáticamente se consigna el código alfabético de dos dígitos del país o del territorio del que se trate.

  • Titularidad:

    Deberá indicar una de las siguientes claves:

    • Clave 1. Propiedad: Cuando el primer declarante y/o el cónyuge sean propietarios, total o parcialmente de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual (incluyendo en su caso las plazas de garaje hasta un máximo de dos).

      Se consignará también esta clave en el supuesto de declaraciones individuales del hijo 1, el hijo 2, el hijo 3 o el hijo 4 cuando sean propietarios de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual.

      ATENCIÓN: Cuando sólo uno de los cónyuges sea propietario de la vivienda, ambos deberán consignar la clave 1, indicando el 100 % de participación el cónyuge propietario.

    • Clave 2. Usufructo: Cuando el primer declarante y/o el cónyuge sean usufructuarios, total o parcialmente de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual (incluyendo en su caso las plazas de garaje hasta un máximo de dos).

      Se consignará también esta clave en el supuesto de declaraciones individuales del hijo 1, el hijo 2, el hijo 3 o el hijo 4 cuando sean usufructuarios de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual.

      ATENCIÓN: Cuando sólo uno de los cónyuges sea usufructuario de la vivienda, ambos deberán consignar la clave 2, indicando el 100 % de participación el cónyuge usufructuario.

    • Clave 3. Arrendamiento: Cuando el primer declarante, el cónyuge o ambos tengan como domicilio actual una vivienda arrendada.

      Se consignará también esta clave si el hijo1, el hijo 2, el hijo 3 o hijo 4 son arrendatarios de la vivienda habitual.

      En este caso también deberá indicar el NIF del arrendador. Si el arrendador no reside en España y no tiene NIF español, deberá reflejar el número de identificación que tenga en el país de residencia.

    • Clave 4. Otras situaciones: Para cualquier otra situación distinta de las que deben reflejarse en las claves 1, 2 y 3 anteriores.

      Deberá consignarse la clave 4 cuando no se ostente ningún título jurídico sobre la vivienda o exista título distinto a los reflejados en las claves anteriores.

      A título de ejemplo deberán consignar la clave 4 cuando el primer declarante, el cónyuge o ambos conviven con el propietario, usufructuario, o arrendatario de la vivienda (por ejemplo, vivienda de los padres en la que también viven los hijos) o en los supuestos de vivienda cedida al contribuyente por la empresa, etc.

  • Referencia catastral

    Se consignará la referencia catastral de la vivienda y, en su caso, de cada una de las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la misma, con un máximo de dos.

    Este dato deberá reflejarse cualquiera que sea el tipo de titularidad del inmueble que constituya su domicilio actual, (es decir, propiedad o usufructo, arrendamiento u otras situaciones, claves 1, 2, 3 ó 4.)

    La referencia catastral figura en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I), pudiendo asimismo obtenerse en la página de la Oficina Virtual del Catastro en Internet, en la dirección http://www.sedecatastro.gob.es/, en esta misma página del programa hay un enlace directo a la web, de la siguiente forma:

    1º Entre en el apartado de acceso libre, referido a los datos catastrales no protegidos.

    2º Introduzca los datos de localización del inmueble.

    3º Pulse " consultar datos".

    También podrá conocer la referencia catastral del inmueble llamando a la Línea Directa del Catastro (teléfono: 902-37.36.35)

  • Porcentaje de participación en caso de propiedad o usufructo

    Deberá indicarse, con dos decimales, el porcentaje de participación en la propiedad o usufructo de la vivienda o de las plazas de garaje.

  • Situación de la vivienda

    Se seleccionará de entre las siguientes claves la que corresponda a la situación de la vivienda:

    • Clave 1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra.
    • Clave 2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra.
    • Clave 3. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral.
    • Clave 4. Inmueble situado en el extranjero.