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Nota Informativa 22/2024

Nota Informativa 22/2024 de 4 de diciembre del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre la identificación del contenedor en exportaciones con salida indirecta.

Al objeto de identificar correctamente el contenedor con que entra en un recinto aduanero de salida, mercancía declarada de exportación en otra aduana, se ha considerado conveniente recordar el procedimiento a seguir en dicha aduana.

En el mensaje CC507 se pueden incluir las discrepancias respecto a los datos que se declararon, y está especialmente indicado en aquellos casos en que, declarada la mercancía en contenedor, el número de éste se desconocía en el momento de presentar la declaración, pero es conocido en el momento de la llegada del mismo a la aduana de salida.

Para ello en la declaración de exportación, en el grupo de datos correspondientes CONSIGNMENT (envío), en el indicador de contenedor, indicarán 1, ya que va en contenedor. Y en el grupo de datos EQUIPAMIENTO DE TRANSPORTE, en el dato del número de identificación del contenedor incluirán la expresión: DISCREPANCIACC507.

Así cuando envíen el mensaje CC507 notificando la llegada a la aduana de salida, deberán indicar con un 1 en "EXPORT OPERATION/Discrepancias, que éstas existen en el campo de número de contenedor, del grupo de equipamiento de transporte, e incluir el número de contenedor real con el que la mercancía entrará en el recinto de la aduana de salida.

Es conveniente además aclarar que con el mensaje CC507 con discrepancias no se rectifica la declaración. Si este fuera el deseo del declarante, en lugar de utilizar el procedimiento indicado, podría modificar el número de contenedor declarado por el real con el mensaje CC513 antes de que la mercancía llegue a la aduana de salida. Y allí presentará aun CC507 sin incluir discrepancias, ya que la aduana de salida recibirá la rectificación del contenedor antes de que éste llegue.