Novedades de Aduanas
Ver históricoPara acogerse a la franquicia por envíos sin valor comercial estimable o para envíos de particular a particular, recogidas en el Reglamento (CE) nº 1186/2009, será necesario lo siguiente:
1ª Envíos sin valor estimable: Deberá incluirse el código C07 / 318 (en el caso de la Islas Canarias) en la casilla 37.2 del DUA, y además incluir en la casilla 44 el código 7007 con el valor intrínseco de la mercancía que corresponda.
2ª Envíos entre particulares: Deberá incluirse el código C08 / 308 (en el caso de la Islas Canarias) en la casilla 37.2 del DUA, y además incluir en la casilla 44 el código 7007 con el valor intrínseco de la mercancía que corresponda.
3ª No se puede declarar simultáneamente en la misma declaración un código C07 y C08 o bien un 318 y un 308.
4ª El valor intrínseco de toda la declaración no puede ser superior a 150€ para los códigos de franquicia {C07, 318} o de 45€ para los códigos {C08, 308}.
5ª Fechas:
- Entorno de pruebas : 27 06 2022.
- Entorno de producción : 19 07 2022 a las 08:00 peninsular.
Se ha publicado una nueva versión de las especificaciones técnicas del Sistema DIVA. Se introduce una versión del servicio de alta del documento DER (DIVAAltaV2), en la que aparece el código postal del viajero como dependiente de país de residencia de este. Es obligatorio en el caso de que el viajero sea residente en el Reino Unido, excluyendo Irlanda del Norte. Para el resto de los casos es opcional.
El calendario de introducción de esta nueva versión es el siguiente
- disponible en el entorno de pruebas en junio de 2022
- disponible en el entorno de producción el 12 de septiembre del 2022. Coexistencia de versiones de alta DIVAAltaV1 y DIVAAltaV2
- cierre de la versión 1 de alta del documento DER, DIVAAltaV1, el 21 de marzo de 2023
En la nota informativa NI GA 11/2022 DE 25 DE MAYO, RELATIVA A LOS CONTROLES VETERINARIOS: IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS TARIC COMUNITARIAS, se comunicaba la fecha del lunes 06 06 2022 en la que el certificado C657 certificado sanitario no se podrá utilizar en las nuevas declaraciones, solo en los casos de modificaciones de declaraciones anteriores en las que ya estuviera declarado en la casilla 44.
Nueva validación en declaraciones de escaso valor, H7.
Esta noticia sustituye a la del día 25 05 2022
A partir del 6 de junio de 2022 no se admitirán declaraciones de escaso valor H7 en recintos de Península o Baleares con país del Exportador de la Unión Europea, salvo España, Francia (solo para el caso de los territorios de ultramar) o Finlandia (solo para el caso de las Islas Åland). En el caso de ser el país del Exportador España, el código postal de la dirección del Exportador debe ser de las Islas Canarias.
Fechas:
1.- PREproducción: disponible el jueves 02 06 2022 a partir de las 08:00
2.- PROducción: lunes 06 06 2022 a las 08:00 peninsular se empezará a validar
Número de bultos para datar DDT con tipo de bultos FR en declaraciones DVD-CAU
El número total de bultos a datar en una DDT se declararán en el siguiente documento de la casilla ED_2_3_DocCertifAutoriz, solo cuando el tipo de bulto es FR, chasis.
Este número total de bultos puede ser menor al número de chasis cuando en un mismo bulto figure mas de un chasis: caso de las motos, código Taric empieza por 8711.
Documento 5022-Número de bultos en DDT para tipo de bultos FR, chasis.
Concepto A10 en declaraciones de aduanas
Se ha modificado el programa de liquidación para suprimir el código de concepto contable A10 Derechos de aduanas sobre productos agrícolas, eliminado ya en la última Resolución del DUA. La cuota resultante de los derechos que actualmente se asignaban a este código deben asignarse al A00 Derechos de aduanas sobre los productos industriales
Hasta el próximo 20 de junio se aceptarán las declaraciones con este concepto aunque nuestro sistema devolverá la liquidación con el concepto A00. A partir del 21 de junio no se aceptarán declaraciones con concepto contable A10.
Se publica la versión 4.3 de la guía técnica que describe la versión 4 del web service IE615 para la presentación de Declaraciones EXS, Notificaciones de Reexportación y Reexpedición,
Se adjunta nuevo apartado con información para facilitar las pruebas en Producción que están abiertas desde hace unas semanas y un campo adicional en la respuesta confirmando el tipo de operación efectuada.
Asimismo se recuerda que el calendario de implantación es el siguiente:
Entrada en Producción v4: Octubre de 2022
Obligación v4 (cierre de versiones 2 y 3): 2º Trimestre de 2023
Desde Octubre de 2022 hasta el cierre definitivo de las v2 y v3 vigentes, previsto para 2T-2023, ambas versiones convivirán con la versión 4 pudiendo emplear los declarantes cualquiera de ellas.
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Actualización de la tabla L232-Unidad de medida Taric.
Entrada en pruebas en entorno de producción de EXS v4
Se abre en producción para pruebas la versión 4 de EXS para la presentación de Declaraciones EXS, Notificaciones de Reexportación y Reexpedición,
Sólo se podrá declarar en este entorno en recintos aduaneras de prueba ES009999 y ES009998 y/o con el indicador de test activado.
Asimismo se recuerda que el calendario de implantación de la versión 4 del web service IE615 será el siguiente:
Obligación v4 (cierre de versiones 2 y 3): 2º Trimestre de 2023
Desde Octubre de 2022 hasta el cierre definitivo de las v2 y v3 vigentes, previsto para 2T-2023, ambas versiones convivirán con la versión 4 pudiendo emplear los declarantes cualquiera de ellas.
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La nueva exportación es una realidad en el dominio común entre países
- Guía de la exportación de acuerdo al sistema AES. Disponible.
- Sistema de pruebas abierto a operadores. Disponible.
- Sistema de producción. Inicio de la transición el 03/10/2022.
- Cierre del actual sistema de exportación con 30/04/2023.
Es importante tener en cuenta que, en el actual ciclo de transformación de los sistemas aduaneros en línea con el Código Aduanero de la Unión, resulta fundamental ajustarse a los calendarios publicados.