2023 Novedades de Aduanas
En el ámbito del comercio preferencial entre la UE y el Reino Unido, se ha publicado la DECISIÓN N.o 1/2023 DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN ESTABLECIDO POR EL ACUERDO DE COMERCIO Y COOPERACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA, POR UNA PARTE, Y EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, POR OTRA ( DOUE 28 – 12 – 2023).
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Se ha publicado un nuevo servicio de Consulta de un T2L.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el 16 de enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el 1 de marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
A partir del 1 de enero de 2024 para las mercancías que lleguen por vía aérea, o del 1 de marzo del 2024 para las mercancías que lleguen por vía marítima, se abrirá en el entorno de producción la posibilidad de enviar los mensajes G3 (notificación de presentación de mercancía) y G4 (declaración de depósito temporal).
Se publica la versión 1.4 de la guía técnica en la que se introduce un nuevo tipo de documento previo N337 que servirá como referencia a las Declaraciones de Depósito Temporal, tanto al futuro G4 como a las actuales DSDT (declaraciones sumarias de descarga). El tipo de documento 337 seguirá operativo. Consulte los cambios en las reglas R994 y R995 para más información.
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NI GA 17/2023 de 14 de diciembre relativa a la ampliación de la NI GA 08/2013 de 26 marzo, sobre el estado actual de aplicación del convenio regional Paneuromed (actualiza a la NI GA 07/2023 de 27 de abril)
Como novedad, desde el 12 de diciembre de 2023, el documento de acompañamiento de exportación (DAE) generado por el sistema de la Agencia Tributaria para las exportaciones indirectas, está siendo generado en el momento del levante de las mercancías en la Aduana de Exportación, y además está siendo catalogado con un Código Seguro de Verificación (CSV) el cual figura impreso en la parte inferior del propio DAE.
Según noticia publicada el 07/11/2023, se comunicaba la creación de un servicio web nuevo con la versión V2.0 en cuyo esquema de respuesta quedaba correctamente en su posición la etiqueta "CSVdeDeclaracionElectronica"
Pues bien:
- esta versión V2.0 del servicio, según publicado dicho día: se desecha.
- se modifica el esquema de la versión V1 para que dicho esquema refleje correctamente la etiqueta anterior, pasando la guía a la version V1.4.
- Por consiguiente, se publica la versión de esta guía en su versión V1.4, tanto en SEDE de la AEAT, como en el índice de servicios web: Servicios Web (agenciatributaria.gob.es).
- Por último, el nuevo esquema de la versión V1.4 estará disponible el lunes 11/12/2023 a partir de las 08:00 horas.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Es importante actualizarse el esquema del servicio de entrada del T2L (CCIEP01V1Ent), que ya se encuentra operativo en el entorno de pruebas.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
Al objeto de aclarar las dudas que han surgido en relación con qué sistema va a permitir la obtención de los documentos acreditativos de Estatuto aduanero de la Unión: T2L/ T2LF, se ha considerado necesario aclarar lo siguiente:
Con la entrada en producción en 2024 del sistema POUS para el T2LF/T2L ( sistema de acreditación de prueba de estatuto aduanero de la Unión de forma electrónica para el T2LF/T2L), exclusivamente a través de ese sistema se podrán solicitar los documentos que acreditan estatuto de la Unión, T2LF/T2L, salvo en dos casos. Podrán solicitarse a través de la declaración de exportación la generación de un T2LF para intercambios nacionales de mercancía de la Unión y de un T2L cuando el destino sea Andorra.
No implementación de la nueva validación en declaraciones de Tránsito sobre depositante del documento de depósito
Finalmente se ha considerado conveniente no implementar la validación indicada en la novedad publicada el 14 de noviembre, y por tal motivo será retirada la misma de la Sede electrónica de la AEAT.
DUA de importación. Validaciones a efectuar a partir del 05 02 2024 para documentos C626-BTI en la casilla 44
A partir del día 05 02 2024 las validaciones que se realizarán en la aplicación de importación serán las siguientes:
- Documento C626 BTI- Decisión relativa a informaciones arancelarias vinculantes (columna 1a del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446
- Existencia en el fichero de autorizaciones BTI de la Aduana española, si la autorización BTI empieza por ES.
- El solicitante de la autorización ha de ser el importador de la declaración de importación.
- El documento C626: solo se puede declarar una vez en la misma partida.
- El flujo de la autorización BTI ha de ser el mismo flujo de la declaración que la usa: en este caso importación.
- El estado de la autorización ha de ser resuelta.
- Código de la mercancía de la autorización vs. código de mercancía de la declaración: ha de ser el mismo. Si la autorización fuera de 8 dígitos, estos deben ser iguales a los 8 dígitos primeros del código de la mercancía de la declaración de importación.
- Documento C627 BOI - Decisión relativa a informaciones vinculantes en materia de origen (columna 1b del Anexo A del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446)
- El documento C627: solo se puede declarar una vez en la misma partida.
Subasta a celebrar el próximo día 19 de diciembre de 2023, a las 9,30 horas, en el Salón de Actos (5ª planta) de la Regional de Aduanas de la AEAT de Valencia.
DUA de importación. Declaración de masa bruta/neta con una declaración de vinculación a depósito como documento previo (cas. 40)
Cuando se declare en la casilla 40 de un DUA de importación una declaración de vinculación a depósito cuya masa bruta/neta se haya declarado con decimales (en el alta de la declaración de vinculación a depósito), el DUA de importación permitirá declarar decimales en la masa bruta/neta de la siguiente manera:
- en la casilla 31: se podrá declarar la masa bruta/neta hasta 3 decimales. En el caso concreto de la masa bruta para cantidades mayores a 1, se podrán declarar aquí los decimales. Esta cantidad de masa bruta no puede ser superior a la cantidad de la casilla 35 (masa bruta de la partida).
- la casilla 35: la masa bruta permanecerá como hasta ahora, no se permitirá declarar decimales si la masa bruta es mayor o igual a 1.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Es importante actualizarse los esquemas de los servicios de entrada (servicios T2L (CCIEP01V1Ent) y JEC (CCIEJECV1Ent)), que ya se encuentran operativos en el entorno de pruebas.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
DUA de importación. Obligación de declarar el modo de transporte en frontera para declaraciones tipo Z de domiciliación
A partir de la fecha del 11-12-2023, las declaraciones tipo Z- Domiciliación- con fecha de presentación igual o mayor a tal fecha, será obligatorio declarar el modo de transporte en frontera (Cas. 25) para el adicional del tipo de declaración (Cas. 1.2) cuyo valor sea Z - domiciliación-.
Nueva validación en declaración de exportación. Modo de transporte en frontera obligatorio para declaraciones tipo Y o Z
A partir del 27 de noviembre de 2023, se introducirá la siguiente validación informática en el alta de las declaraciones de exportación:
El Modo de transporte en frontera es obligatorio para declaraciones con el tipo adicional Y o Z.
Si la declaración de exportación no cumple con ese requisito, será rechazada con un error de validación que lo indica.
Acceso portal CBAM
Se crea nueva versión del esquema de salida XML: EnvioDeDocumentosV2Sal.xsd para recolocar la etiqueta:
<CSVdeDeclaracionElectronica> después de: <DescripcionRespuesta>.
Nueva versión V2 de este servicio:
- EnvioDeDocumentosV2.wsdl
- EnvioDeDocumentosV2Ent.xsd
- EnvioDeDocumentosV2Sal.xsd
NI GA 16/2023 de 6 de noviembre, sobre entrada y salida de medios de transporte, palés, contenedores, envases y embalajes que sustituye a la NI GA 13/2021 de 27 de mayo, sobre entrada y salida de medios de transporte, palés, contenedores, envases y embalajes
Se ha publicado una nueva versión (versión 0.3) de la guía técnica del sistema notificación de presentación de mercancías por titulares de inscripción en los registros del declarante, mensaje I2. La principal novedad, como recoge el control de versiones, es la publicación del servicio web de Consulta. Se recuerda a continuación el calendario de este servicio:
- 15 01 2024. PREproducción (entorno de pruebas). Sistema Notificación de presentación de mercancías por titulares de inscripción en los
registros del declarante, I2 - 01 07 2024. PROducción. Sistema Notificación de presentación de mercancías por titulares de inscripción en los registros del declarante, I2
Se publica la revisión 1.6 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real desde el 03 de octubre de 2023.
- Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4 .
Se publica nueva versión 0.7 de las especificaciones técnicas de las declaraciones G4 y ATMNot en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU) y adaptada al Anexo B de los reglamentos que lo desarrollan: Delegado (UE 2015/24462) y de Ejecución (UE 2015/24473).
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Se publica nueva versión de la guía técnica del G3v2 (versión 2.3), para la presentación de mercancías declaradas en depósito temporal mediante declaraciones G4.
La versión 1 de los servicios web G3, cubierta por la versión anterior v1.3 de la guía, seguirá siendo empleada exclusivamente para la presentación de mercancía de bajo valor generalmente declaradas en partidas agrupadoras de Sumarias de Descarga (DSDT).
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Se ha publicado la nota informativa NI GA 15/2023 de 27 de octubre, relativa al funcionamiento del Punto Único de Entrada de la Ventanilla Única Aduanera para la solicitud del control de seguridad de los productos industriales (PUE-COM).
El próximo 3 de noviembre a las 12 de la mañana tendrá lugar un seminario web en el que se informará sobre las novedades que representa la Fase cinco del sistema NCTS, mediante el que se tramitan las declaraciones del régimen de tránsito.
Depósitos Aduaneros CAU. Modificación de la guía de DVD CAU a la versión V 1.6
Las modificaciones incorporadas en la versión V1.6, son las siguientes:
- Se incluye un nuevo apartado en el Modelo de difusión de la información del cotejo de documentos mediante el CSV .
- Actualización de la R65 permitiendo declarar decimales en la masa bruta superior a 1 kg sin necesidad de hacer redondeo.
Disponible a partir del próximo 25 de octubre el Punto Único de Entrada de la Ventanilla Única Aduanera (PUE-VUA) y formularios en Sede electrónica para la solicitud de control de seguridad de productos industriales procedentes de terceros países (medida COM).
El control de seguridad de los productos industriales procedentes de terceros países es efectuado por el Servicio de Inspección SOIVRE de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 330/2008 de 29 de febrero, por el que se adoptan medidas de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos, y que establece un procedimiento de control reforzado para los productos que figuran en el anexo I, considerados como sensibles en cuanto al cumplimiento de la normativa de seguridad.
Actualización del periodo provisional europeo del nuevo sistema de exportación AES P1
El periodo provisional europeo para el sistema de exportación AES P1 se ha ampliado hasta el 11 de febrero de 2025 (00:00:00 hora central europea). Esto quiere decir, que todas las reglas y condiciones de la guía del sistema AES P1 permanecerán hasta esa fecha bajo la especificación incluida como "en el periodo provisional"
Se recuerda lo importante que es tener probado el desarrollo del sistema tanto para el periodo provisional como para el definitivo pues, la transición entre ambos periodos, será en formato "big bang", es decir, sin convivencia posible, en toda Europa el 11 de febrero de 2025 (13:49:02 hora central europea).
Actualización del periodo provisional europeo del nuevo sistema de tránsito NCTS P5
El periodo provisional europeo para el sistema de tránsito NCTS P5 se ha ampliado hasta el 21 de enero de 2025 (00:00:00 hora central europea). Esto quiere decir que todas reglas y condiciones de la guía del sistema NCTS P5 permanecerán hasta esa fecha bajo la especificación incluida como "en el periodo provisional " Se recuerda lo importante que es tener probado el desarrollo del sistema para el periodo provisional como para el definitivo pues, la transición entre ambos periodos, será en formato "big bang ", sin convivencia posible, en toda Europa el 21 de enero de 2025 (00:00:00 hora central europea).
El sistema NCTS P5 está actualmente periodo de convivencia nacional con el sistema anterior NCTS P4. Esta convivencia acabará el próximo de 11 marzo de 2024. Desde el 12 de marzo de 2024 solo se admitirán mensajes del nuevo sistema NCTS P5 en España de acuerdo con las reglas del periodo provisional europeo.
Tratamiento de la masa bruta en declaraciones CAU en su relación con una declaración previa N337 - declaración de depósito temporal
Se debe tener en cuenta que, al cruzarse con una declaración previa tipo N337 (Casilla de documentos previos -Previous Documents), declaración de depósito temporal, la masa bruta declarada se tratará de la siguiente manera:
- declaraciones de depósito temporal preCAU.
- La masa bruta superior a 1 kg, que incluya una fracción de unidad (kg), se redondeará en unidades de Kg a la unidad más cercana, teniendo en cuenta que las fracciones de 0,5 Kg exactos se redondearán a la unidad superior.
- La masa bruta inferior a 1 kg se tratará con los decimales declarados.
- declaraciones de depósito temporal CAU (G4). Se considerarán la masa bruta con la parte entera y decimal declarada.
- Fecha de entrada en funcionamiento:24/10/2023 - 09:00
Sistema de declaraciones de exportación
A partir del 17 de octubre de 2023, en las declaraciones de exportación, se podrá declarar (siendo opcional) la dirección del exportador cuando se trate de un particular identificado con un NIE (empieza por X, Y o Z). La dirección que se declare será la que considere el sistema en estos casos.
Nuevo documento elaborado y publicado por la Comisión Europea sobre sanciones a Rusia en temas aduaneros
La COM ha publicado un nuevo cuestionario de preguntas frecuentes sobre las restricciones de mercancías en el comercio con Rusia. Este documento del mes de octubre actualiza y completa el realizado en el pasado mes de julio.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
Se publica nueva versión 0.6 de las especificaciones técnicas de las declaraciones G4 y ATMNot, en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU) y adaptada al Anexo B de los reglamentos que lo desarrollan: Delegado (UE 2015/24462) y de Ejecución (UE 2015/24473).
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Se publica nueva versión de la guía técnica del G3v2 (versión 2.2), para la presentación de mercancías declaradas en depósito temporal mediante declaraciones G4.
La versión 1 de los servicios web G3, cubierta por la versión anterior v1.3 de la guía, seguirá siendo empleada exclusivamente para la presentación de mercancía de bajo valor generalmente declaradas en partidas agrupadoras de Sumarias de Descarga (DSDT).
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Se publica nueva versión de la guía técnica del G5v2 (versión 2.1), para la notificación de movimientos de mercancías en depósito temporal declaradas en un G4, con corrección de erratas en esquemas y actualización de diversas condiciones, reglas y listas de códigos.
La guía técnica publicada describe la versión 2 de los servicios web G5 que se deberá emplear para la notificación de estos movimientos cuando las mercancías fueron declaradas en el recinto de expedición con una declaración G4. Asimismo define un G5 simplificado para cubrir la funcionalidad actual del CUB en los G4.
La versión 1 de los servicios web G5, cubierta por la versión anterior v1.6 de la guía, seguirá siendo empleada exclusivamente para la notificación de movimientos en depósito temporal de las mercancías declaradas con una Sumarias de Descarga (DSDT).
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Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Es importante ver la nueva regla ESR0017 que se ha incluido en el esquema del T2L (CCIEP01V1)
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
Documentos de Vinculación a Depósito: no permitida la declaración del documento 1002 - Otro tipo de título de transporte
De manera similar a como se hizo con el DUA de Importación, el código de documento "1002 - otro título de transporte" en la casilla de “Documentos presentados, certificados y autorizaciones, referencias adicionales”, no se podrá declarar a partir del martes 10 de octubre de 2023.
Los códigos correctos a declarar como documentos de transporte se puede encontrar en la base de datos de códigos comunitarios de TARIC
Desde el pasado 30 de septiembre, en cumplimiento del Artículo 3 octies del Reglamento (UE) nº 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, queda prohibido:
Importar en la Unión, directa o indirectamente, productos siderúrgicos enumerados en el anexo XVII, si:
- son originarios de Rusia; o
- han sido exportados de Rusia;
Por tanto, sólo podrá concederse el levante en el caso de que:
- Se justifique adecuadamente que en la producción no han sido utilizados insumos originarios de Rusia.
- Disponga de la adecuada autorización expedida por la Secretaría de Estado de Comercio.
- Haya entrado físicamente en el territorio aduanero de la Unión hasta el 30 de septiembre de 2023 y hayan sido presentadas en aduana hasta dicha fecha.
Deberán declarar en la casilla 44 del DUA uno de los siguientes certificados:
- Y 824: Prueba del país de origen de los insumos siderúrgicos utilizados para la transformación del producto en un tercer país.
- L 139: Autorización de importación en virtud del artículo 3 octies, apartado 7, del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo.
- Y 859: Mercancías introducidas en el territorio de la unión aduanera de la UE y presentadas a las autoridades aduaneras antes de la entrada en vigor o de la fecha de aplicabilidad de la presente sanción, si esta última es posterior [véase el artículo 12 sexies del Reglamento (UE) n.º 833/2014]
Modificaciones efectuadas en guía XML, reglas e información complementaria. Versión V3.2.
Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM)
A los efectos de dar cumplimento a las obligaciones atribuidas a las autoridades aduaneras por el REGLAMENTO (UE) 2023/956 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, se informa a los operadores económicos afectados, que ya está disponible el Portal CBAM, donde podrán acceder eligiendo el dominio de Aduanas (no elegir dominio CBAM).
A partir del 01/01/2024 las declaraciones de aduanas referentes a vinculación de Depósito e importación, que supongan el alta de una nueva declaración, no se numerarán como hasta ahora: el número secuencial asignado a la declaración por recinto (5 caracteres: en declaraciones de depósito y declaraciones importación adaptadas al CAU, 6 caracteres en declaraciones de DUA de importación) contendrá números y letras a partir de la décima declaración. No se consideran las letras Ñ y O.
En 2024 convivirán el DUA de importación y la declaración de importación adaptada al Código Aduanero de la Unión (CAU). El número secuencial por recinto es único para los dos tipos de declaraciones.
Pincha en la novedad para ver los ejemplos.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Es importante actualizarse el esquema de T2L (CCIEJECV1Ent.xsd), que ya se encuentran operativos en el entorno de pruebas.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas.
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L.
Se publica la revisión 1.5 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real está previsto que estén disponibles desde el 03 de octubre de 2023.
Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4.
Nuevo documento elaborado y publicado por la Comisión Europea sobre sanciones a Rusia en temas aduaneros
Esta Guía tiene como objetivo apoyar a las autoridades competentes y a las partes interesadas, incluidos los exportadores, en la implementación de las restricciones a la exportación introducidas en los artículos 2, 2bis y 2ter y las disposiciones conexas de los artículos 1, 2 quater y 2 quinquies del Reglamento de Sanciones, sin perjuicio de otras regulaciones relevantes. En relación al comercio con Rusia, infórmate accediendo al documento, sobre qué mercancías son objeto de restricciones y bajo qué condiciones, si se han modificado algunas de estas, a qué códigos NC afecta una prohibición, así como los países que son socios en la implantación de estas medidas, etc.
La información sobre los exportadores registrados en Ghana a efectos de origen preferencial es accesible a través de la página web del ICUMS (Integrated Customs Management System).
El próximo 3 de octubre estará disponible en el entorno de producción el nuevo sistema de declaraciones de tránsito NCTS P5 conforme a lo indicado en la “Guía de Servicios Web de intercambio de información entre los Operadores y la Agencia Tributaria- Nuevo sistema NCTS P5”. A partir de dicha fecha se podrán enviar los nuevos mensajes XML del sistema NCTS P5, consultar los datos de las declaraciones mediante los nuevos trámites previstos en la Sede Electrónica de la AEAT así como suscribirse a la Bandeja de Entrada para recibir comunicaciones sobre las declaraciones sistema a sistema.
Se ha publicado la NI GA 14/2023 de 15 de septiembre, sobre la salida del depósito distinto del aduanero de mercancía previamente importada cuya inclusión en el régimen se produjo al amparo del artículo 65 apartado b), c) y d) de la ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido. (sustituye a la NI GA 05/2023 de 3 de marzo)
Nueva validación en el sistema de exportación AES
Desde el 19 de septiembre, en exportaciones cuya aduana de salida no esté en España, no se podrá declarar ninguna de las combinaciones siguientes de regímenes solicitado y precedente: 1021, 1022, 1023. Más adelante, se introducirá la codificación especifica de declaraciones retrospectivas para estos casos.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios.
Es importante actualizarse los esquemas de los servicios de respuesta (servicios T2L (CCIEP01V1Sal) y JEC (CCIEJECV1Sal)), que ya se encuentran operativos en el entorno de pruebas.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
NI GA 13/2023 de 5 de septiembre, relativa a los controles veterinarios que modifica la NI GA 11/2022
Se publica la versión 4.10 de la guía técnica de EXS en la que se introduce un nuevo tipo de documento previo N337 que servirá como referencia a las Declaraciones de Depósito Temporal, tanto el futuro G4 como a las actuales DSDT (declaraciones sumarias de descarga). Los tipos de documento XSUM/XSUA seguirán operativos. Consulte los cambios en las reglas R994 y R995 para más información.
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Se ha actualizado la guía técnica de envío de documentos digitalizados.
Se publica nueva versión 0.5 de las especificaciones técnicas de la declaración G4, en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU) y adaptada al Anexo B de los reglamentos que lo desarrollan: Delegado (UE 2015/24462) y de Ejecución (UE 2015/24473).
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DUA de Importación: no permitida la declaración del documento 1002 - Otro tipo de titulo de transporte
Se recuerda que como ya se comunicó en noticia de 14 de julio de 2023, a partir del 05/09/2023 no podrá declararse en el DUA de importación el código de documento "1002 - otro titulo de transporte" en la casilla 44.
Los códigos correctos a declarar como documentos de transporte se puede encontrar en la base de datos de códigos comunitarios de TARIC.
Cierre medidas a la importación de piensos y alimentos originarios o expedidos desde Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima (02/08/2023)
Tras la publicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1453 EUR-Lex - 32023R1453 - ES - EUR-Lex (europa.eu) de la Comisión, de 13 de julio de 2023, por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1533, por el que se imponen condiciones especiales a la importación de piensos y alimentos originarios o expedidos desde Japón a raíz del accidente en la central nuclear de Fukushima, a partir del día 2 de agosto de 2023 se han cerrado todas las partidas con origen o procedencia Japón integradas en la medida 722- Puesta en libre circulación (restricción - piensos y alimentos).
Por consiguiente, aunque la Comisión mantendrá un seguimiento de los niveles de radionucleidos en los alimentos y piensos originarios de Japón para garantizar un elevado nivel de protección de la seguridad de los consumidores, ya no es necesario mantener las medidas establecidas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1533 para garantizar un elevado nivel de protección de la salud pública y animal.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema DIVA. Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios y el calendario de implantación es el siguiente:
- entorno de pruebas-> lunes 17 de julio
- entorno de producción-> miércoles 2 de agosto. entran las nuevas versiones de los servicios en paralelo
- cierre de versiones anteriores -> 9 de abril de 2024
Declaración de importación; Cálculo del tributo B01 Recargo de Equivalencia del IVA
Según noticia del 30/junio/2023, se comunicaba que el cálculo del concepto tributario B01 lo iba a realizar la AEAT y sin perjuicio que el operador declarara o no el concepto B01.
Pues bien, por la presente se comunica la vuelta a la situación anterior a esta noticia del día 30/junio/2023.
El operador debe declarar el concepto B01 cuando corresponda y, en consecuencia, el pago de tal concepto será según lo declarado por el operador, desde el lunes 31 de julio.
NI GA 12/2023 relativa a la ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2 en el ámbito aéreo.
Se ha publicado un nuevo apartado en la sección de Guías Técnicas de Aduana electrónica.
Se publican las especificaciones técnicas de la notificación G5 v2.0, de notificación de movimientos de mercancías en depósito temporal declaradas en un G4, en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU) y adaptada al Anexo B de los reglamentos que lo desarrollan: Delegado (UE 2015/24462) y de Ejecución (UE 2015/24473).
La guía técnica publicada describe la versión 2 de los servicios web G5 que se deberá emplear para la notificación de estos movimientos cuando las mercancías fueron declaradas en el recinto de expedición con una declaración G4. Asimismo define un G5 simplificado para cubrir la funcionalidad actual del CUB en los G4.
La versión 1 de los servicios web G5, cubierta por la versión anterior v1.6 de la guía, seguirá siendo empleada exclusivamente para la notificación de movimientos en depósito temporal de las mercancías declaradas con una Sumarias de Descarga (DSDT).
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Comienzo de fase de pruebas de la declaración G4
Se anuncia que a partir del próximo mes de Octubre 2023 se podrán iniciar las pruebas en Preproducción de la declaración G4 y las notificaciones precisas para la presentación efectiva de las mercancías introducidas ante la aduana.
A partir del viernes 21 de Julio a las 9:00 se habilitará la posibilidad de presentar el mensaje “Notificación de presentación de mercancías a la aduana de exportación” en el caso de declaración previa de exportación previsto en el sistema AES (mensaje 511) a cualquier persona a quien el declarante haya otorgado apoderamiento para la realización de esta presentación seleccionando este trámite entre la relación de los habilitados para realizarse por Internet que se hallan publicados en la Sede Electrónica de la AEAT.
Novedades para 27 de julio 2023 para el Sistema de declaraciones de exportación
A partir del 27 de julio de 2023 entran en vigor 2 novedades en el sistema de declaraciones de exportación.
- Si se realiza una modificación/rectificación en los datos de una declaración de exportación, dicha modificación/rectificación producirá que se genere un nuevo documento de levante en la aduana de exportación.
- Se validará que si la Aduana de salida declarada no es española, ésta debe tener obligatoriamente el role EXT (Role de Aduana de salida de exportación).
Por otro lado, desde el 19 de julio de 2023, la declaración electrónica de los mensajes que los operadores envían a la Agencia Tributaria en relación a las declaraciones de exportación se genera en formato PDF con el contenido de dicha declaración.
Se publica la revisión 1.4 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
La principal novedad que incorpora es el nuevo servicio web CCTNNC.
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real está previsto que estén disponibles desde el 03 de octubre de 2023.
- Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4.
Nueva versión de la Guía de desarrollo para la solicitud de certificados no aduaneros para operadores autorizados a la inscripción en el registro del declarante
Debido al cambio de la respuesta del servicio web PUE-11 (Punto Único de Entrada - Solicitud Z), se recomienda que aquellos operadores que comiencen ahora el desarrollo de la solicitud, lo hagan con la versión 2 de la" Guía de desarrollo solicitudes para domiciliaciones".
Para aquellos operadores que actualmente están utilizando la versión 1, se les recomienda que migren a la versión 2, antes de octubre de 2023.
Para ampliar información al respecto, descarga el manual Guía desarrollo solicitudes para domiciliaciones Z.
Se ha publicado la NI GA 11/2023 de 17 de julio, por la que se sustituye la NI GA 08/2022 de 28 de marzo relativa a la exención de los derechos antidumping aplicables a la importación de piezas esenciales de bicicleta originarias de China prevista en el Reglamento (CE) nº 88/97 de la Comisión Europea.
A partir del 05/09/2023, no podrá declararse en el DUA de importación el código de documento 1002 -otro título de transporte-, en la casilla 44.
Los códigos correctos a declarar relacionadoS con los documentos de transporte, se pueden encontrar en la Base de Datos de códigos comunitarios de TARIC.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios y estarán disponibles en el entorno de pruebas desde el viernes 7 de julio.
Se recuerda el calendario de implantación de este sistema:
- Versión disponible en el entorno de pruebas desde el 12 de abril 2023
- Versión disponible en el entorno de producción desde el enero 2024. (se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU)
- Versión obligatoria desde el marzo 2024. (única versión posible para la gestión del T2L)
NI DTORA 04/2023 sobre la clasificación arancelaria de aceites pesados, aceites lubricantes, otros aceites destinados a un tratamiento definido.
Certificados de movimiento ATR expedido por Turquía
En un comunicado enviado por las autoridades turcas el pasado 8 de junio del 2023 se informa de que han empezado a emplear el término “TÜRKIYE” en partes del certificado ATR distintas de la casilla 4, incluidas las notas al pie. En la casilla 4, se seguirá consignando el término Turquía hasta que se adopte la revisión técnica de la Decisión 1/2006 del Comité de Cooperación Aduanera UE-Turquía, de 26 de septiembre de 2006.
En el mismo comunicado, las autoridades turcas han informado de que siguen utilizando el impreso del modelo de certificado ATR previsto en la Decisión 1/2001, de 28 de marzo de 2001, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Decisión no 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía (en lugar del modelo previsto en la Decisión 1/2006). La única consecuencia es que, en la casilla 4, en lugar de figurar “Unión Europea”, se utiliza la expresión “Comunidad Económica Europea”. Esta práctica se extenderá hasta que se agoten existencias o hasta el 1 de enero de 2024.
Cálculo del tributo B01 Recargo de Equivalencia del IVA
A partir del lunes 10 de julio de 2023 08:00, el cálculo del tributo B01 - recargo de equivalencia, será calculado por la AEAT según corresponda.
Se podrá seguir declarando el B01 por parte del operador, pero su cálculo, y en consecuencia su pago, lo determinará la AEAT.
NI GA 10/2023 en relación con el incremento de controles de las autoridades aduaneras lituanas sobre las exportaciones de mercancías sancionadoras a terceros países.
Almacén de Depósito Temporal Marítimo
Se ha publicado una nueva versión de los servicios web referentes a la consulta de Almacén de Depósito Temporal Marítimo (ADT Marítimo).
Accede a ServiciosWeb ADT Maritimo V2.0
Calendario de puesta en funcionamiento y Documentación.
Nueva validación en salida de Depósitos Distintos de los Aduaneros
Desde el próximo 3 de julio no se permitirá la salida de Depósitos Distintos de los Aduaneros mediante declaraciones de tránsito. Se recuerda que la salida debe ser mediante una expedición, un SDD (salida de depósito) o una declaración de importación con régimen solicitado 82 (Despacho a consumo de mercancía no sujeta a II. EE. previamente despachada a libre práctica o procedente de parte del territorio aduanero de la Unión donde no sea de aplicación la Directiva 2006/112/CE y vinculada a un depósito distinto del aduanero).
Se publica la revisión 1.15 de la guía de los Servicios Web de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema AES (Automated Export System). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de Exportación (AES), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Los cambios efectuados en esta nueva revisión 1.15 de la Guía técnica se detallan en el subcapítulo 2.16.
Se publica la revisión 1.3 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se publica la nueva versión de la guía de NCTS5 para solventar una errata en la versión anterior acerca de las fechas de migración de operadores. Es importante mantener el calendario publicado al tratarse de un sistema de ámbito internacional.
El calendario de implantación previsto para el sistema es el siguiente:
Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real está previsto que estén disponibles desde el 03 de octubre de 2023.
Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4.
Subasta número 1/2023 de la Aduana de València Marítima
Se comunica para público conocimiento, que el próximo día 13 de julio de 2023, a las 9,30 horas, en el Salón de Actos (5ª planta) de la Regional de Aduanas de la AEAT de Valencia, calle Jesús, núm. 19, 46007 Valencia, (aforo limitado) se procederá a la venta en pública subasta de las mercancías reseñadas.
Cómo indicar la cantidad y unidad de medida para certificados de otros organismos en la declaración de exportación
La cantidad y unidad de medida de los certificados de otros organismos que se declaran en el grupo de Documentos presentados (Supporting document), deben indicarse en los elementos 'Cantidad' (Quantity) y 'Unidad de medida' (Measurement unit and qualifier), excepto si se trata de un solo certificado en esa partida y además, la unidad es KGM (kilos netos).
Es decir, que cuando se trate de varios certificados en una sola partida, o bien, que se trate de una unidad de medida diferente de kilos netos, siempre se debe indicar cantidad y unidad de medida.
La unidad de medida debe ser indicada con el código de medida del Código Aduanero de la Unión, de acuerdo a los valores de la tabla CSRDA349. (Por ejemplo, el código 'NAR' en unidad de medida especifica que el certificado cuenta en 'unidades')
Se publica la versión 4.9 de la guía técnica de EXS v4 en la que se eliminan las referencias a campos exclusivos de la versiones 2 y 3 ya cerradas, además de una serie de aclaraciones, sin cambios sobre la EXS.
De especial importancia es la aclaración incluida en nueva regla R994 sobre la forma de declarar como documento previo las DSDT con los tipos de documento XSUM y XSUA. Hemos detectado declaraciones en las que se consignaba el tipo XSUA pero se usaba el formato marítimo propio de XSUM (nº escala + nº partida) de 16 caracteres. A partir del próximo 19 - junio se devolverá un rechazo al no encontrarse la sumaria declarada con XSUA pues esperaremos que se declare nº vuelo + nº conocimiento. Consúltese la regla R994 para más información.
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A partir del lunes 29 de mayo a las 14:30 horas, se pone en marcha la validación específica de Autorizaciones de despacho en el sistema de declaraciones de exportación tal y como se especifica en la página 103 de la guía técnica de servicios web.
En resumen,
- para indicar que el declarante/representante tiene una autorización de despacho por operación CON registro electrónico, debe indicar el código 1005 y la referencia 'OCRE' en el grupo 'Documentos presentados'
- para indicar que el declarante/representante tiene una autorización de despacho por operación SIN registro electrónico, debe indicar el código 1005 y la referencia 'OSRE' en el grupo 'Documentos presentados'
- para indicar que el declarante/representante tiene una autorización de despacho GLOBAL, no debe indicar el código 1005 en el grupo 'Documentos presentados'
Con la entrada en desarrollo del sistema de acreditación de prueba de estatuto aduanero de la Unión de forma electrónica, POUS en 2024, los documentos que acreditan estatuto de la Unión deberán ser solicitados en esta aplicación exclusivamente y únicamente podrán solicitarse por la declaración de exportación la generación de un T2LF para intercambios nacionales de mercancía de la Unión y T2L cuando el destino sea Andorra.
No obstante, se permitirá hasta la entrada en producción del sistema POUS , prevista durante el primer trimestre de 2024, el uso del sistema AES para la obtención de la prueba de estatuto aduanero de la Unión en el resto de casos, al objeto de que los operadores económicos se vayan adaptando a la nueva situación.
A partir del próximo lunes, 5-junio, la validación de códigos de mercancía en las declaraciones G5, EXS y ETD será estricta. Se rechazarán aquellas declaraciones en las que se consignen códigos de mercancías de 6 caracteres (Sistema armonizado OMA ) o de 8 caracteres (Nomenclatura Combinada UE). en las que se declare únicamente un código significativo en la parte de la 'partida arancelaria' (cuatro primeros caracteres) seguido de dos o cuatro ceros rellenando hasta el mínimo exigido. Sólo se permitirán estos pares de ceros al final del código de mercancía cuando éste se encuentre habilitado a tal efecto por carecer de subclasificaciones arancelarias.
Nuevos certificados 1418 “INSPECCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS. Permiso de importación para los productos químicos ” y 1416 “INSPECCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS. Declaración responsable que presenta el importador."
A partir del 1 de junio, la aduana aplicará la medida TARIC PQP- Productos Químicos Peligrosos a un mayor número de productos y será necesario declarar en la casilla 44 del DUA de importación el código de certificado 1418.
Para aquellas posiciones estadísticas sujetas a control por la medida TARIC PQP pero que no estén afectadas por el Reglamento (UE) 649/2012 sobre exportación e importación de productos químicos peligrosos y siempre que dichas partidas arancelarias estén asociadas a la remisión 02 604 PQP Para esta partida se admitirá una DECLARACIÓN del importador, haciendo constar que, bajo su responsabilidad, los productos que se importan no están sometidos a INSPECCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS se ha dado de alta el certificado 1416.
Para ampliar esta información puede consultar la NI GA 09/2023 DE 09 DE MAYO, RELATIVA AL CONTROL A LA IMPORTACIÓN DE LOS PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS (MEDIDA TARIC PQP)
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Las pruebas del sistema llevan abiertas desde el 12 de abril.
Se publica la revisión 1.14 de la guía de los Servicios Web de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema AES (Automated Export System). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de Exportación (AES), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Los cambios efectuados en esta nueva revisión 1.14 de la Guía técnica se detallan en el subcapítulo 2.15.
A partir del 16 de mayo deberá declararse en la casilla 44 del DUA de importación el código de certificado TARIC (Y864) indicando que la prueba de origen en poder del operador no se refiere a un lugar que no pueda acogerse al trato preferencial en virtud del Acuerdo de Asociación UE -Israel, cuando el operador solicite las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo de Asociación UE -Israel o cuando solicite un contingente arancelario preferencial establecido en el mismo Acuerdo de Asociación.
Para ampliar esta información puede consultar la NI GA 08/2023 DE 8 DE MAYO, DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN ADUANERA RELATIVA A LAS IMPORTACIONES PROCEDENTES DE ISRAEL EN LA UNIÓN EUROPEA
Seminario sobre "ICS2 - release 3"
Novedades sobre el release 3 del nuevo sistema de declaraciones sumarias de entrada (ICS2)
Consulta la información en este enlace:
Agencia Tributaria: Declaraciones sumarias. Las ENS ICS2
El próximo 9 de mayo a las 9 a.m. dejarán de estar operativos los sistemas electrónicos ECS P2 y EXS v2-v3 debiendo realizarse a partir de ese momento el envío de las respectivas declaraciones y notificaciones a través de los sistemas adaptados al CAU, AESP1 y EXS v4.
Con el objeto de habilitar las declaraciones de importación adaptadas al CAU a la mayor brevedad, la Agencia Tributaria ha desarrollado esta opción. Se trata de una opción de transición entre la importación actual (descrita en la “Guía de Servicios Web de Importación”) y el futuro sistema CAU (descrito en la “Guía Técnica de Importación adaptada al CAU”).
Se ha habilitado una nueva utilidad "Envío de declaraciones EXS en formato xml", disponible para el envío manual, mediante formulario web en nuestra sede electrónica, de declaraciones EXS v4 en formato xml, acordes al servicio web definido por el descriptor "IE615V4.wsdl". Al igual que para cualquier otro cliente del web service será necesario que el fichero xml incluya el ensobrado SOAP v1.1.
La utilidad está ya disponible en el procedimiento correspondiente:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DA12.shtml
Se recuerda que la versión 4 de EXS (IE615V4) entró en producción el pasado 3 de Octubre y que el cierre de las versiones v2 (IE615V2) y v3 (IE615V3) se producirá el próximo 9 de Mayo de 2023
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Nueva prueba de origen válida para las importaciones en la Unión Europea de productos originarios de Seychelles en el marco del Acuerdo interino de Asociación Económica UE-África Oriental y Meridional, a partir del 1 de julio de 2023
A partir del 1 de julio de 2023 los productos originarios de Seychelles importados en la UE solo se beneficiarán del trato arancelario preferencial del Acuerdo de Asociación Económica (AAE) interino UE -África Oriental y Meridional (UE-AOM) previa presentación de una comunicación sobre el origen extendida, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Protocolo 1 del AAE interino UE-AOM, por:
- un exportador de Seychelles registrado en el Sistema de Registro de Exportadores de la Unión Europea, o
- cualquier exportador de Seychelles, para los envíos constituidos por uno o varios bultos que contengan productos originarios cuyo valor total no supere 6 000 EUR.
A partir de esa fecha, las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 18 Protocolo 1 del AAE interino UE-AOM dejarán de aplicarse.
Cierre Sistema ECS P2 y Sistema EXS V2 y V3
Se recuerda que a partir del próximo 9 de mayo dejarán de estar operativos los sistemas ECS p2 y,EXS v2-v3 debiendo realizarse desde esa fecha el envío de las respectivas declaraciones a través de los sistemas adaptados al CAU, AES y EXS v4.
La información se encuentra disponible en los siguientes enlaces:
Agencia Tributaria: Exportación
GPD_EXS_4.8 (agenciatributaria.gob.es)
SW de Exportacion AES (agenciatributaria.gob.es)
De conformidad con la NIGA 04/23 de 15 de febrero sobre el funcionamiento del punto único de entrada de la Ventanilla Única Aduanera (PUE-VUA) para la solicitud del control ROHS/RAEE para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores procedentes de terceros países, se han puesto en funcionamiento dos sistemas para la gestión telemática de solicitudes por parte de los operadores. Uno de ellos, a través de un nuevo modelo de gestión telemática dentro del nuevo pilar de la Ventanilla Única Aduanera, denominado Punto Único de Entrada (en adelante, PUE).
Se publica la versión 4.8 de la guía técnica de EXS v4 con aclaración de la información de descriptor y puertos del servicio y algunas otras cuestiones planteadas por operadores/desarrolladores.
Se recuerda que la versión 4 de EXS (IE615V4) entró en producción el pasado 3 de Octubre y que el cierre de las versiones v2 (IE615V2) y v3 (IE615V3) se producirá el próximo 9 de Mayo de 2023
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Nota Informativa de la directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales 01/2023 de 16 de febrero en, relación a las declaraciones en aduana simplificadas y complementaría
En la casilla 37 relativa al régimen aduanero, se indicarán en la subcasilla 2, habilitada a nivel nacional uno de los códigos siguientes:
- 9VG en los casos de declaración complementaria en forma de comunicación de puesta a disposición de los documentos mediante la presentación del mensaje electrónico X.
- 9VI para los supuestos en que la declaración complementaria se realice mediante la presentación de un escrito por registro electrónico.
Se publica la revisión 1.13 de la guía de los Servicios Web de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema AES (Automated Export System). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de Exportación (AES), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
El calendario de implantación previsto para el sistema es el siguiente:
Los Servicios Web del nuevo sistema AES, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 10 de noviembre de 2021 y en el entorno real desde el 18 de octubre de 2022.
Se recuerda que desde el 09/05/2023 los Servicios Web del sistema AES serán de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema ECS.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Es importante actualizar los esquemas de los mensajes con esta nueva versión. Las pruebas en preproducción del sistema empezarán el próximo 12 de abril.
Se recuerda que, desde el próximo 21 de marzo, solo estará disponible la versión 2 para envío del documento DER en el sistema DIVA. Se puede encontrar más información en las especificaciones
Se publica la revisión 1.12 de la guía de los Servicios Web de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema AES (Automated Export System). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de Exportación (AES), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
El calendario de implantación previsto para el sistema es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema AES, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 10 de noviembre de 2021 y en el entorno real desde el 18 de octubre de 2022.
Se recuerda que desde el 09/05/2023 los Servicios Web del sistema AES serán de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema ECS.
Desde el 1 de enero de 2023 la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero de bienes previamente importados y vinculados a dicho régimen determina el hecho imponible importación para todos los bienes salvo los que sean objeto de impuestos especiales. Esto es resultado de la incorporación de un nuevo apartado Tres al artículo 18 de la Ley 37/1992 del IVA llevada a cabo por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Para garantizar la coordinación en la Unión Europea y una transición adecuada de ICS2 de la fase 1 a la fase 2 y para facilitar las operaciones comerciales, la Comisión Europea ha permitido que los Estados miembros autoricen a que los operadores económicos afectados se conecten gradualmente al sistema hasta el final de una ventana de despliegue. En relación a esta cuestión se ha emitido la nota informativa 1/2023 por la Subdirección General de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
El próximo 22 de marzo a las 11 de la mañana tendrá lugar un seminario web en el que se dará respuesta a las cuestiones planteadas en relación con la puesta en producción del Sistema electrónico de exportación (AES)
Se publica nueva versión de las especificaciones funcionales de las declaraciones G3 y G4, en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU) y adaptadas al Anexo B de los reglamentos que lo desarrollan: Delegado (UE 2015/24462) y de Ejecución (UE 2015/24473).
Asimismo se publican nuevas versiones de las guías técnicas de G3 v2.1 y G4 v0.4 alineadas con los cambios en las especificaciones funcionales e incluyendo la definición y diseño definitivo de todos los web services necesarios para las operaciones con ambas declaraciones aduaneras.
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El próximo miércoles 1 de marzo se pondrá en producción la declaración de los códigos 1313, 1403 y 1404 en el sistema de exportación.
Se publica una nueva versión de la guía de declaraciones de envíos de escaso valor (H7). Se pueden ver las modificaciones introducidas en el control de versiones. Esta nueva versión será de aplicación desde el 27 de febrero de 2023.
Nuevo Certificado 1417 "CONTROL ROS-RAEE. Declaración responsable que presenta el importador"
Con fecha 9 de Febrero se ha dado de alta el certificado 1417 "ROS-RAEE. Para esta partida se admitirá una DECLARACIÓN del importador haciendo constar que, bajo su responsabilidad, los productos que se importan no están sometidos al Control SOIVRE ROS-RAEE".
Este código podrá declararse en la casilla 44 del DUA para aquellas posiciones arancelarias sujetas a control por la medida ROS-RAEE y que estén afectadas por la remisión 02 608 "ROHS/RAEE Para esta partida se admitirá una DECLARACIÓN del importador haciendo constar que, bajo su responsabilidad, los productos que se importan no están sometidos al Control SOIVRE ROS-RAEE". Es decir, no requieren tramitación con el organismo competente.
Actualmente solo se aplica a las posiciones arancelarias afectadas también por la remisión 02 606 ROHS/RAEE Exclusivamente para aparatos eléctricos y electrónicos diferentes de los componentes destinados a formar parte de un medio de transporte (incluida la automoción)
Se publica nueva versión 4.10 de la guía EDIFACT de Sumarias de Descarga (Declaraciones de Depósito Temporal) adaptada a la declaración como documento previo de una referencia al documento de transporte y/o MRN de una declaración sumaria de entrada ENS/ICS2.
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Se publica una nueva versión de la guía técnica de importación adaptada al Código Aduanero de la Unión (CAU): Guía técnica de Importación CAU V3.0. Junto a esta nueva versión de la guía técnica de importación adaptada al CAU, se incluyen los documentos complementarios siguientes:
- Escenarios Importación CAU V3.0
- Información Complementaria Importación CAU V3.0
- Reglas y Condiciones Importación CAU V3.0
- Servicio de Consulta de Importación CAU V2.0
El calendario de pruebas será el siguiente.
2023:
- Junio: Pruebas de declaraciones H1 con tipo de procedimiento { A , D, Z }.
- Septiembre: Prueba de declaraciones con tipo de procedimiento V. Declaraciones con mas de un GoodShipment.
- Diciembre: Prueba de declaraciones con tipo de procedimientos simplificados { B ,C, E, F} y complementarias de las anteriores { X, Y ,U }
Calendario en fase de puesta en PROducción:
La entrada en producción se prevé en 2024. Más adelante se darán más detalles.
Sistemas electrónicos adaptados al CAU: Calendario de implantación sistemas AES P1, EXS v4 y NCTS P5
Nueva prohibición de importación de productos petrolíferos originarios o que se exporten desde Rusia, a partir del próximo 5 de febrero
Nueva información relativa a la ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2 en el ámbito aéreo
La Comisión ha permitido que los operadores puedan acogerse a una ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2 de la entrega 1 a la entrega 2, con un plazo máximo hasta el 2 de octubre de 2023, plazo que no puede ser ampliado. Consulta en este enlace las fechas para poder acogerse a dicha ventana y el procedimiento a seguir.
Se han publicado las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Este nuevo sistema estará en pruebas en el entorno de preproducción desde el 14 de marzo de 2023 . La apertura de servicios en el entorno de producción será el 16 de enero de 2024. El sistema actual de T2L previo al CAU, seguirá estando disponible hasta marzo de 2024. La fecha exacta se confirmará de acuerdo a la fecha finalmente acordada con el sistema central europeo.
Se publica la revisión 1.11 de la guía de los Servicios Web de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema AES (Automated Export System). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de Exportación (AES), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU). El calendario de implantación previsto para el sistema es el siguiente:
Los Servicios Web del nuevo sistema AES, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el pasado 10 de noviembre de 2021 y en el entorno real desde el 18 de octubre de 2022. Se recuerda que desde el 09/05/2023 los Servicios Web del sistema AES serán de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema ECS.
Se publica la versión 4.7 de la guía técnica ampliando el número máximo hasta 500 partidas por declaración.
Modificado esquema IE615V4Ent.xsd de la versión 4 del servicio web IE615V4 empleado para la presentación de Declaraciones EXS, Notificaciones de Reexportación y de Reexpedición.
Se recuerda que la versión 4 de EXS (IE615V4) entró en producción el pasado 3 de Octubre y que el cierre de las versiones v2 (IE615V2) y v3 (IE615V3) se producirá el próximo 9 de Mayo de 2023
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Información sobre rebaja del tipo de IVA superreducido del 4% al 0% (Actualización)
La publicación del RD Ley 20/2022 de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la Isla de La Palma y de otras situaciones de vulnerabilidad, ha establecido la rebaja del tipo de IVA superreducido del 4% al 0% para los productos básicos de alimentación con entrada en vigor el próximo 1 de enero de 2023, así como la prorroga hasta el 30 de junio de 2023 de la aplicación del tipo impositivo del 0 % del IVA para determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2.
A los efectos de implementar ambas medidas en las declaraciones de importación, ya se permite declarar el tipo de IVA 0% en dichas declaraciones sin la necesidad de puntualizar el código 126 en la casilla 37.2. Por todo ello, el código 126 no se podrá declarar desde el 17 de enero de 2023 en la casilla 37.2 .
De acuerdo con la NI GA 21/2022 de 21 de diciembre de 2022, se contemplan los nuevos códigos a utilizar en dúa de importación a partir del 16 de enero de 2023.
Se publica la versión 4.6 de la guía técnica. La única novedad es la obligatoriedad para versión 4 (IE615V4) de la declaración del email del declarante (elemento de datos "EmailPLD1"). Con el fin de que los declarantes tengan tiempo para adaptar sus sistemas cliente no se exigirá este dato durante un mes. A partir del próximo 13 de febrero el sistema informático validará su cumplimentación.
Se recuerda que la versión 4 de EXS (IE615V4) entró en producción el pasado 3 de Octubre y que el cierre de las versiones v2 (IE615V2) y v3 (IE615V3) se producirá el próximo 9 de Mayo de 2023
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Se publica nueva versión 4.9 de la guía EDIFACT de Sumarias de Descarga (Declaraciones de Depósito Temporal) adaptada a la declaración como documento previo de un G5 cuando el ADT de destino de éste no se encuentre en el mismo recinto aduanero que la Sumaria de Descarga declarada. En este caso se tratará de un G5 que continúa, con posterioridad a su trayecto vía marítima o aérea comprendido en la declaración sumaria de descarga. Téngase en cuenta que a la llegada de la mercancía al recinto de destino del G5 no se deberá declarar Sumaria de Descarga alguna, puesto que ésta se genera automáticamente por el G5.
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Se publica nueva versión 2.7 de la guía EDIFACT de las declaraciones de Manifiestos de Carga adaptada al embarque de notificaciones G5 que inician o continúan el trayecto por vía marítima. En este caso se declarará como documento asociado de las partidas correspondientes del Manifiesto de Carga empleando la clave de tipo de documento "DG5" y como referencia el MRN asignado al G5.
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