Adaptación del sistema DIVA a los nuevos tipos impositivos
Se adapta el sistema DIVA para la admisión de los decimales que incluyen los nuevos tipos impositivos en sus dígitos. A partir del 23 de septiembre de 2024 se podrán realizar pruebas para comprobar su correcto funcionamiento.
-
Tipo impositivo aplicable temporalmente a alimentos básicos incluido el aceite de oliva
Desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024, se aplicará el tipo del 2% del IVA y el tipo del recargo de equivalencia del 0,26% a los siguientes productos:
-
El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
-
Las harinas panificables.
-
Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT , evaporada y en polvo.
-
Los quesos.
-
Los huevos.
-
Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
-
Los aceites de oliva.
-
-
Tipo impositivo aplicable temporalmente a aceites de semillas y pastas alimenticias
Desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024 corresponderá el tipo del 7,5% del IVA y el tipo del recargo de equivalencia del 1%.