Errores en declaraciones de tránsito despachadas en la aduana de partida
Se recuerda a los operadores que una vez despachada la declaración de tránsito en la aduana de partida, dicha declaración no puede ser objeto de rectificación.
En caso de error en la misma, que afecte a la naturaleza de la operación, y que deba ser subsanada, los operadores tienen la opción de solicitar a la aduana de partida, a través del Registro electrónico, la invalidación de dicha declaración, al objeto de presentar la correcta.
Solo en situaciones excepcionales y siempre que la mercancía objeto de declaración se encuentre en la misma ubicación declarada inicialmente, podrá el operador recibir el tránsito y solicitar permiso para descargar en dicha ubicación. Una vez ultimado el tránsito podrá proceder a presentar la nueva declaración correcta.
Se consideran situaciones excepcionales las siguientes:
- Necesidad de embarque fuera del horario de atención del recinto correspondiente.
- Plazo de ultimación muy próximo al vencimiento establecido en la propia declaración de tránsito.
- Cualquier otra autorizada expresamente por la aduana de partida.
En caso de que se haga uso de esta posibilidad, el operador deberá tener en cuenta lo siguiente:
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Será necesario justificar a posteriori el motivo de tal urgencia y que la mercancía se encuentra en la ubicación declarada inicialmente mediante la aportación de la correspondiente documentación acreditativa por Registro General de Entrada (RGE). Para ello en dicho RGE el asunto será: JUSTIFICACIÓN ULTIMACIÓN EN UBICACIÓN DE EXPEDICIÓN+MRN de la declaración de tránsito.
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Si se encuentra en ubicación pública no podrá solicitar ultimación automática a la aduana. (INDICADOR 007 Ultimación automática U no deberá rellenarse, dado que existen discrepancias al tener algún error la declaración).
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Si se encuentra en ubicación privada sin permiso a la descarga, al enviar el mensaje CC044 deberá incluir las discrepancias correspondientes al error en la declaración.
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No es posible hacer uso esta posibilidad sin antes haber presentado RGE solicitando la invalidación, si nos encontramos en horario de atención del recinto correspondiente.