Acuerdo Interino UE-Mercosur
El Acuerdo Interino entre la Unión Europea y MERCOSUR, (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) se aplicará provisionalmente a partir del 1 de mayo de 2026.
El Acuerdo establece en su artículo 3.16 que la solicitud de trato arancelario preferencial se basará en una comunicación sobre el origen.
Los exportadores de la UE, a partir del momento de la aplicación provisional del Acuerdo, solo emitirán las comunicaciones sobre el origen conforme al modelo establecido en el anexo 3-C y utilizarán el sistema REX de Exportadores Registrados.
Los importadores de la UE podrán solicitar el trato arancelario preferencial para productos originarios de Mercosur en base a una comunicación sobre el origen conforme al modelo establecido en el anexo 3-C del Acuerdo. No obstante, el Anexo 3-D sobre Medidas Transitorias establece que, durante un periodo transitorio de tres años, prorrogables por dos años más, la UE aceptará también como comunicación sobre el origen un "certificado de origen" cuyo formato se publicó en el DOUE del día 17 de abril de 2026 y que encontrareis adjunto a este correo.
Los 4 países de Mercosur han confirmado que emitirán comunicaciones sobre el origen según establece el Anexo 3-D (formato tipo certificado), mientras que Argentina, Brasil y Uruguay además emitirán las comunicaciones según el formato del anexo 3-C.
Al cumplimentar la comunicación sobre el origen conforme al formato establecido en el anexo 3-C, los exportadores de los países de Mercosur deberán indicar siempre, independientemente del valor del envío, su número de registro nacional de exportador, de la siguiente manera:
Argentina: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) (11 dígitos).
Brasil: Registro Nacional de Personas Jurídicas (14 dígitos).
Uruguay: Registro Único Tributario (RUT) (12 dígitos).
Además, todas las comunicaciones sobre el origen emitidas por los exportadores de estos tres países de Mercosur deberán incluir su nombre y su firma manuscrita, electrónica o digital.
Los elementos de datos (D.E) y códigos que deben utilizarse en la UE para la declaración en aduana de despacho a libre práctica son:
- D.E. Región o país de origen preferencial / estatus 16 09 000 000:
El código identificador general asignado a Mercosur en el TARIC es 5500.
Código ISO de país «BR», «AR», «PY» o «UY» para Brasil, Argentina, Paraguay o Uruguay, respectivamente.
- D.E. Preferencia 14 11 000 000:
Código de preferencia 300
Código de preferencia 320 para las cuotas preferenciales.
- D.E. Tipo de documento justificativo 12 03 002 000:
U126 Comunicación sobre el origen