Formas de pago y presentación del modelo 200
Saltar índice de la informaciónPresentación del modelo 200 de 2023 con ingreso mediante domiciliación
Los contribuyentes o entidades representantes del grupo fiscal cuyo periodo impositivo coincida con el año natural y por tanto hayan indicado en la declaración que ha finalizado el 31 de diciembre de 2023, podrán utilizar como medio de pago la domiciliación bancaria en la entidad de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Banco, Caja de Ahorro o Cooperativa de crédito) en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que se domicilia el pago. También se podrá seleccionar una cuenta abierta en el extranjero pertenecientes a entidades no colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal que se encuentren dentro de la zona UE/SEPA.
La presentación con domiciliación bancaria podrá realizarse desde el día 1 de julio hasta el 22 de julio de 2024, ambos inclusive.
La Agencia Tributaria comunicará la orden de domiciliación bancaria a la Entidad Colaboradora señalada, la cual procederá a cargar en cuenta el importe domiciliado en la fecha en la que se le indique, que coincidirá con el último día de pago en periodo voluntario, 25 de julio de 2024 con carácter general.
Los pagos se entienden realizados en la fecha de cargo en cuenta de las domiciliaciones, considerándose justificante del ingreso realizado el que a tal efecto expida la entidad de depósito.
Las personas o entidades autorizadas a presentar por vía electrónica declaraciones en representación de terceras personas también podrán, por esta vía, dar traslado de las órdenes de domiciliación que previamente les hayan comunicado los terceros a los que representan.
Si quieres domiciliar el pago del modelo 200, una vez que la declaración está validada sin errores, pulsa el botón "Presentar declaración". En el desplegable "Seleccione el tipo de Declaración", escoge "Domiciliación del importe a ingresar" e indica el IBAN de la cuenta en la que deseas que se realice el cargo.
Es importante asegurarse de que el IBAN informado sobre el que se va a domiciliar el importe a ingresar se corresponde con una cuenta en vigor a la vista (corriente o de ahorro), y de que el NIF del contribuyente figura como titular en la misma. La entidad financiera sólo admitirá el pago si se cumple este requisito. Para presentar la declaración, pulsa "Firmar y Enviar".
Si no existen errores, aparecerá un aviso de confirmación de firma y envío. Si deseas consultar los avisos pendientes haz clic en "Cancelar". Para seguir con la presentación pulsa "Continuar".
Para finalizar el proceso, marca "Conforme" y pulsa "Firmar y Enviar".
Si la presentación se ha efectuado correctamente, se mostrará una página de respuesta con un documento PDF del justificante de la presentación y de la copia de la declaración, junto con el código seguro de verificación (CSV) que te permitirá verificar la autenticidad del documento a través del servicio de "Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación".
En esta opción de pago, si el IBAN no es reconocido por la AEAT, se mostrará un aviso en el que se indica este hecho y se ofrece la posibilidad de "Rectificar cuenta".
Podrás recuperar la copia de la declaración presentada si accedes con el certificado electrónico al trámite "Consulta de declaraciones presentadas".