Modelo 650
Saltar índice de la informaciónCómo obtener la predeclaración del modelo 650 para presentación en papel. No residentes
Si deseas presentar en papel el modelo 650 de No residentes dispones de un formulario on line en la sede electrónica para generar la predeclaración, dentro de los trámites del modelo 650.
La presentación del modelo 650 se realizará en aquellos casos en los que los contribuyentes deban cumplir sus obligaciones por este Impuesto a la Administración Tributaria del Estado y, por lo tanto, el rendimiento no se haya cedido a las Comunidades Autónomas, en virtud de lo establecido en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. El plazo de presentación es de seis meses contados desde el día de fallecimiento del causante o desde aquel en que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento.
Al acceder, se mostrará una pantalla con tres opciones:
- "Alta de predeclaración": para generar una nueva predeclaración.
- "Continuar predeclaracion": si se necesita modificar o continuar con la cumplimentación de un modelo 650 no finalizado. Será necesario indicar el NIF del presentador, el correo electrónico del presentador y la clave personal aportada al guardar el modelo por primera vez.
- "Consultar": para visualizar el detalle de una predeclaración finalizada. Será necesario indicar el NIF del presentador y el número de la predeclaración obtenida. Una vez introducidos los datos solicitados, se puede descargar el PDF generado y finalizado.
Consulta el "Aviso" y pulsa "Alta de Predeclaración" para iniciar la predeclaración.
El programa se compone de tres secciones:
- Datos previos a las autoliquidaciones
- Cumplimentación de las autoliquidaciones
- Visualización del modelo cumplimentado
1. Datos previos a las autoliquidaciones
En este primer paso encontraremos tres pestañas: "Datos generales", "Relación de sujetos pasivos" y "Relación de bienes que integran el caudal hereditario".
Ten en cuenta que los campos marcados con asterisco son de cumplimentación obligatoria.
No es necesario introducir todos los datos y efectuar todos los pasos en una sola sesión, ya que la opción "Guardar cambios" permite recuperar más adelante los datos consignados hasta ese momento. Al guardar por primera vez, hay que introducir una clave personal que servirá, junto con el NIF y el correo electrónico del presentador, para recuperar la declaración desde la opción "Continuar predeclaración" en la ventana inicial. Antes de abandonar la sesión, recuerda siempre pulsar "Guardar cambios".
En la primera pestaña "Datos generales" se debe especificar si se trata de un documento público o privado, cumplimentar los datos identificativos del causante, añadir datos de residencia desplegando la pestaña "Dirección residencia habitual del Causante" e indicar los datos del presentador y las características de la sucesión.
Los datos del presentador (NIF y correo electrónico) son necesarios para poder seguir cumplimentando la declaración más adelante; es importante indicar correctamente el correo electrónico, ya que se solicitará, junto con la clave personal elegida, para recuperar la declaración guardada para seguir cumplimentándola.
En la siguiente pestaña, "Relación de sujetos pasivos", se cumplimentarán los datos de cada uno de los sujetos pasivos del impuesto, (herederos), que suscriban la autoliquidación, con indicación de si son o no residentes en territorio español, los datos personales desplegando la pestaña "Dirección residencia habitual del Pasivo" para añadir datos adicionales, el título sucesorio (puede marcar una o varias celdas) y los datos de la liquidación (si es complementaria se deberá introducir el número de justificante de la anterior). El programa sólo efectuará los cálculos si aplica la normativa estatal. Pulsa el botón "Añadir un sujeto pasivo".
Desde esta misma pestaña también puedes eliminar y dar de alta nuevos sujetos pasivos.
En la pestaña "Relación de bienes que integran el caudal hereditario", se deberán indicar datos como el valor o porcentaje de titularidad en función de los tipos de bienes. Ten en cuenta que algunas de ellas, como las casillas "Caudal relicto" y "[16.] Valor calculado" se autocalculan y no se pueden editar.
Si la cumplimentación del primer paso no es correcta, se abrirá una ventana con los errores detectados al intentar continuar.
Pulsa "Guardar cambios" para guardar los datos introducidos hasta el momento. Si es la primera vez que se pulsa este botón, habrá que introducir una clave personal que se solicitará posteriormente, junto con el NIF y correo electrónico, en caso de no haber finalizado la cumplimentación y querer recuperarla más tarde. Ten en cuenta que distingue entre mayúsculas y minúsculas.
Cuando no existan errores en el paso 1, se podrá acceder al siguiente paso: "Cumplimentación de las autoliquidaciones".
2. Cumplimentación de las autoliquidaciones
Pulsando sobre el número de orden o sobre el nombre del sujeto pasivo se accede al detalle de la autoliquidación para completar la cumplimentación.
En esta misma ventana, se encuentra el botón "Simular", con el que se puede obtener un PDF con el resultado de la autoliquidación, que no es válido para la presentación. Se podrán visualizar tanto las autoliquidaciones individuales de los sujetos pasivos, como el modelo completo.
El PDF generado se guarda por defecto en la carpeta AEAT, aunque se puede seleccionar una ruta alternativa.
3. Visualización del modelo cumplimentado
Una vez comprobada la declaración, hay que pulsar sobre "Paso a 3. Visualización del modelo cumplimentado" para obtener el modelo en PDF ya cumplimentado y presentarlo en papel.
Al avanzar al paso 3 se quedarán bloqueados los datos consignados hasta este momento, impidiendo cualquier modificación posterior. Pulsa "Sí" en el aviso.
Se obtendrá un número de predeclaración que servirá para poder visualizar el documento en cualquier momento desde la ventana inicial del modelo 650 en el apartado "Consultar".
El botón "Visualizar el modelo cumplimentado para imprimir" permite obtener el PDF ya validado. Se puede abrir directamente el documento PDF o guardarlo en la ruta se prefiera.
Se generan los ejemplares correspondientes para los interesados, la Administración y el documento de ingreso para la Entidad Colaboradora, además de las instrucciones detalladas que se deben seguir para la efectiva presentación de la declaración.