Renta 2016
Saltar índice de la informaciónCómo presentar una rectificación de autoliquidación o una declaración complementaria de Renta 2016 si la original no se presentó en Renta WEB
Cuando se detecten errores u omisiones en una declaración ya presentada, será posible solicitar la rectificación de su autoliquidación o presentar una declaración complementaria accediendo nuevamente a su expediente de Renta. Para modificar la declaración se permite el acceso a Renta WEB 2016 con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve PIN o la referencia del expediente de Renta actual.
Acceso al expediente
Accede a la página de trámites del modelo 100 en la Sede Electrónica a "Modificación de una declaración ya presentada 2016".
Confirma que tu declaración está presentada; en "Historia del Expediente" dispone del enlace "Grabación de la declaración". Para acceder a la modificación, en "Servicios Disponibles", puedes utilizar tanto el enlace "Modificación de declaración" como "Borrador/Declaración (Renta WEB)".
El funcionamiento general de Renta WEB permite recuperar la declaración ya presentada para, desde esta declaración, corregir o añadir la información necesaria. Al acceder, Renta WEB muestra una ventana con las siguientes opciones:
- "Continuar sesión" para proseguir con la última sesión guardada
- "Nueva declaración" para generar la declaración desde cero
- "Modificar declaración presentada" para trabajar con la declaración presentada.
No obstante, esta opción no aparecerá en los siguientes casos:
- Si la declaración original no fue presentada mediante Renta WEB sino mediante fichero, por lotes, en una plataforma de Renta o a través del sistema automático de voz. En este caso tendrás que utilizar el botón "Continuar sesión" o iniciar una nueva declaración.
- Si la declaración fue presentada desde una sesión distinta a la que está utilizando para acceder a la modificación, por ejemplo si se utilizó la sesión del cónyuge. No obstante, podrá trabajarse sobre la declaración presentada si se accede a Renta WEB con los datos del contribuyente "propietario" de la sesión desde la que se presentó la declaración. Así se reconocería la declaración presentada y se recuperarían las declaraciones individuales y conjunta que se confeccionaron en esa sesión.
Si no tienes disponible esta opción de modificación, desde "Continuar sesión", o incluso si se inicia una nueva declaración, para acceder a la página de cumplimentación del tipo de declaración complementaria o de rectificación de la declaración, pulsa el botón "Apartados", en el desplegable "Datos generales".
Después, haz clic en "Declaración complementaria del ejercicio 2016. Solicitud de rectificación de autoliquidación en 2016".
La rectificación de la autoliquidación podrá realizarse:
- Siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
- Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si ésta se presentó fuera de dicho plazo.
- Si la declaración ha sido presentada previamente a través del "Servicio de tramitación borrador / declaración Renta WEB" (no mediante fichero).
Al incluir estos datos aparecerá un aviso en el que se informa de que si la declaración se ha de presentar en modalidad conjunta, la introducción de estos datos en la declaración, debe realizarse también desde esta modalidad.
En el caso de una declaración complementaria, marca la casilla que corresponda en función de la causa que motiva la presentación de la declaración complementaria.
Modificación o inclusión de datos
Para seguir cumplimentando la declaración, puedes navegar por los distintos apartados desde las flechas disponibles o accediendo a "Apartados".
Por ejemplo, si has de incluir atrasos en rendimientos del trabajo del ejercicio 2016 para presentar una declaración complementaria, accede a la página correspondiente y en la casilla 001, haz clic en el icono del lápiz para modificar los datos.
Tras subsanar los errores u omisiones de la autoliquidación recuerda que puedes verificar los cambios desde "Resumen de declaraciones" y comprobar también el resultado de la declaración modificada.
Presentación de la declaración modificada
A continuación, puedes verificar los datos utilizando el botón "Validar" y confirmar si la declaración está correctamente cumplimentada. Por último, pulsa el botón "Presentar declaración" para finalizar el procedimiento. Ten en cuenta que si has accedido mediante referencia y el resultado de la declaración complementaria es un ingreso, puesto que la domiciliación del pago ya no es una forma de ingreso admitida al haber finalizado la campaña, tendrás que obtener el NRC justificante del ingreso contactando antes con tu Entidad Bancaria, ya que el acceso a la pasarela de pago sólo está disponible si accedes con certificado electrónico o Cl@ve PIN.
Si accedes con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve PIN, el programa te facilita la opción de realizar el ingreso mediante la pasarela de pago de la AEAT.
Al acceder de nuevo a tu expediente podrás visualizar la declaración original presentada y la rectificación posterior.